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Tópico: Prescripción para el descuento de diferencias de ISR
TORREZ

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 25, 2006 Asunto:
TOTALMENTE DE ACUERDO CON UDS VABDO Y LIC, YA QUE ESTAMOS EN LA MISMA SINTONIA, A SABIENDAS QUE EL CALCULO QUE REALIZA LA AUTORIDAD ES ILEGAL, ¿EL RECURSO QUE PROCEDERIA SERIA EL DE NULIDAD Y PODIRA INTERPONERLO EL PATRON, O TENDRIA QUE FORMULARSE DE MANERA INDIVIDUAL POR CADA TRABAJADOR AFECTADO?
Tópico: Alta en el SUA
TORREZ

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 25, 2006 Asunto:
SERIA CON LA FECHA DE ALTA QUE CAPTURASTE
Tópico: Prescripción para el descuento de diferencias de ISR
TORREZ

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 25, 2006 Asunto:
SI ESTAMOS HABLANDO DE QUE EN UNA REVISION DE LA AUTORIDAD, SE DETERMINAN DIFERENCIAS EN EL CALCULO DE ISR DE LOS TRABAJADORES TODA VEZ QUE EL PATRON EFECTUO EL CALCULO ANUAL Y EN SU LIQUIDACION RESULTAN CANTIDADES A CARGO POR CONCEPTO DE RETENCIONES DE ISR NO ENTERADAS DERIVADO DEL CALCULO INCONGRUENTE A SU CRITERIO, EN ESTE CASO ¿NO TENDRIA EL PATRON EN PRIMERA INSTANCIA QUE CUBRIR LAS RETENCIONES QUE LA AUTORIDAD CONSIDERARIA OMITIDAS?
Tópico: ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES EN ZONA FRONTRERIZA
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2006 Asunto:
te sugiero efectues un traspaso virtual de mercancías a tu sucursal fronteriza y sea esta quien expida la factura y sea entregada la mercancia directamente al comprador en región fronteriza.
Tópico: Sobre que Salario diario se aplica las partes proporcionales
TORREZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 24, 2006 Asunto:
Sobre la suma de (Sueldo Base + Fondo + Vales despensa) / Dias del periodo, ya que cuando la LFT se refiere a Salaria integrado no se trata del registrado en IMSS si no todas las percepciones que devenga el trabajador
Tópico: Prescripción para el descuento de diferencias de ISR
TORREZ

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 24, 2006 Asunto:
ATERRIZANDO LA SITUACION QUE CORRESPONDE AL TOPICO EN COMENTO, SI AL MOMENTO DE DETERMINAR QUE EFECTIVAMENTE EXISTE UNA DIFERENCIA EN CONTRA DEL TRABAJADOR POR CONCEPTO DE ISR RESULTANTE DEL CALCULO ANUAL. ¿HASTA QUE CANTIDAD EL PATRON PUEDE DESCONTARLE AL TRABAJADOR Y EN QUE TIEMPO?
Tópico: Prescripción para el descuento de diferencias de ISR
TORREZ

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 24, 2006 Asunto: Prescripción para el descuento de diferencias de ISR
Estimados todos: Tengo la siguiente duda: Como se ha venido manejando el sat respecto al criterio de recalcular el impuesto marginal para efectos de determinar el impuesto a carga (o saldo a favor) de los trabajadores que tienen la "osadia" de solicitarles en devolución los saldos a favor que les resultan despues de aplicar sus deducciones personales, no quedandoles mas remedio que sujetarse al procedimiento ilegal del sat para obtener por lo menos algo de lo que debieran recuperar. Mi pregunta es: ¿Que pasaría si en una revisión de la autoridad, esta decide reivsar el renglón de sueldos y salarios, detectando la "irregularidad" de que los sueldos fueron calculados conforme a ley y no conforme a su criterio?, La responsabilidad del trabajador, no la subsana la responsabilidad solidaria del patrón, por lo que ¿Con que tiempo, en caso de fincarse un credito fiscal, el patrón contaria para cobrarle a los trabajadores las diferencias pagadas a cuenta de su impuesto anual y en que proporción de su sueldo, si es que este procediera y presumiendo que el patrón no tuviera interes en interponer ningún recurso y aceptara la liquidación derivada de la auditoría? Como veran, es bien sabido que existe jurisprudencia del procedimiento que se debe aplicar correctamente conforme a ley, sin embargo la autoridad no ha dejado de realizar el calculo aberrante del impuesto sobre la renta ventajosamente en perjuicio del trabajador. Si le presentas la declaración con el calculo correcto te tienes que ir a pelear y te sale mas caro el caldo que las albondigas, que es a esto a lo que le sigue apostando el sat. Pero ¿no es de esto de lo que nos tienen que librar nuestros diputados, sindicos, senadores, y demas burocratas??
Tópico: vacaciones se concideran los domingos
TORREZ

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 24, 2006 Asunto:
Totalmente de acuero co uds.!!
Tópico: Importacion por cuentas de terceros
TORREZ

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Octubre 23, 2006 Asunto:
EN ESE CASO EN PARTICULAR ESE TERCERO RECIBE EL NOMBRE DE "COMERCIALIZADORA" EL CUAL TENDRIA QUE FACTURAR AL COMPRADOR EL BIEN IMPORTADO
Tópico: Deduccion de factura americana
TORREZ

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Octubre 23, 2006 Asunto:
PUEDES RECURRIR A LA REGULARIZACION, SIEMPRE Y CUANDO NO TENGAS INICIADES FACULTADES DE COMPROBACION POR PARTE DE LA AUTORIDAD...(NO ES NECESARIA LA PRESENTACION FISICA EN ADUANA, BASTARA CON LA FACTURA) REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA EL AÑO 2006. 1.5.2 y 1.5.3 Regularización de mercancías (101 LEY ADUANAERA) Solo se presenta pedimento de Importacion Definitiva No hay limite de fechas

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