Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8

Mensaje Autor

Arriba
03/Mar/11 11:34
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

En lo personal veo algo que NO CUADRA.........


Pregunto...¿ Cual es la LEY que rige el 2% Nomina de N.L?.........la ley estatal...O.....la LEY DE ISR?..........................



saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/11 12:25
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

Es obvio que la Ley estatal
 
Perfil

Emprendedorfiscal
Mayor

Mensajes: 1092
Ingresó: Noviembre 17, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/11 12:26
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

En lo personal veo algo que NO CUADRA.........


Pregunto...¿ Cual es la LEY que rige el 2% Nomina de N.L?.........la ley estatal...O.....la LEY DE ISR?..........................



No entiendo.............
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/11 12:37
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

Porsupuesto la Ley estatal....¿ entonces que injerencia tiene el 110 LISR respecto a la subordinación?, si para la ley de ISR es solo una facilidad que otorga la ley, NO así la Ley estatal.........por eso referí anteriormente que NO debemos distinguir...............


saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/11 13:49
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

Estimado lobozac, Por tu comentario, trato de entender, que te refieres a la obligacion de afiliar al IMSS...........NO, EN NINGUN MOMENTO ME HE DESVIADO DEL TEMA PRINCIPAL........

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/11 13:50
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

Hola mi estimado vabdo.

Respecto a por qué cité el Art. 110 de LISR fue solamente como referencia a la situación fiscal/laboral del trabajador, en cuanto a que:

.-Recibe la totalidad (mas del 50% por supuesto) de sus ingresos de ese mismo patrón,
.-Recibe una remuneración fija, Etc..

Los anteriores conceptos también son mencionados en el Impuesto del 2% s/e Nóminas.

El Art 154 del Impuesto al 2% s/e Nóminas ya lo había 'anotado' en forma completa y me resultó ocioso el repetirlo nuevamente, ya que prácticamente son los mismos conceptos que se 'manejan' en el 110 de LISR, sin embargo por atención a ti lo vuelvo a anotar y voy a señalar con color azul las 'coincidencias'.

Impuesto Sobre Nóminas del Estado de Nuevo León

ARTICULO 154.- Es objeto de este impuesto la realización de pagos en efectivo, en
servicios o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal, prestado
bajo la subordinación a un patrón
, dentro del territorio del Estado.


Para los efectos de este gravamen se consideran remuneraciones al trabajo personal,
todas las contraprestaciones, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, ya
sea ordinarias o extraordinarias, incluyendo viáticos, gastos de representación,
comisiones, premios, gratificaciones, fondo de ahorro, donativos, primas, aguinaldo,
tiempo extra, despensas, alimentación y otros conceptos de naturaleza semejante, aún
cuando se eroguen en favor de personas que, teniendo su domicilio en Nuevo León, por
motivo de su trabajo, presten trabajo personal subordinado fuera del Estado. Son
también objeto de este impuesto los pagos realizados a los Directores, Gerentes,
Administradores, Comisarios, Miembros de los Consejos Directivos o de Vigilancia de
Sociedades o Asociaciones.

También son objeto de este impuesto, los pagos que se realicen por concepto de
honorarios a personas físicas que presten servicios personales preponderantemente a
un prestatario,
siempre que por dichos servicios no se pague el impuesto al valor
agregado.


Para los efectos del párrafo anterior se entiende que una persona presta servicios
preponderantemente a un prestatario, cuando los ingresos que hubiera percibido de
dicho prestatario en el año de calendario inmediato anterior, representen más del 50%
del total de los obtenidos por la prestación de servicios independientes.


Antes de que se efectúe el primer pago de honorarios en el año de calendario de que se
trate, las personas a que se refiere el párrafo anterior, deberán comunicar por escrito al
prestatario en cuyas instalaciones se realice la prestación del servicio, si los ingresos que
obtuvieron de dicho prestatario en el año inmediato anterior excedieron del 50% del total
de los percibidos en dicho año de calendario. En caso de que se omita dicha
comunicación, el prestatario estará obligado a efectuar el pago del impuesto
.


Con esta aclaración, doy por concluida mi participación en este foro, salvo que tu vabdo desees aclarar algún comentario vertido por un servidor.



Saludos cordiales





Editado: Marzo 03, 2011 15:36:21
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
Perfil

CHAVALON
General de Brigada

Mensajes: 5795
Ingresó: Abril 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/11 13:52
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

DIJISTE.................La pregunta en concreto:


Se esta obligado, a pagar el Impuesto sobre Nominas (2%), en el Estado de Nuevo Leon, sobre los pagos a Asimilados a Salarios.?

TE HE VENIDO DICIENDO.....QUE SI EXISTE SUBORDINACION.......PORQUE ESA PALABREJA.........ES LA ENFATICA, ES EL CONECTOR JURIDICO PARA DEFINIR SI ESTAS OBLIGADO O NO.............Y EL ARTICULO MENCIONADO..........DICE QUE

MIENTRAS EXISTA SUBORDINACION....PORQUE PAGUES SALARIOS.....PAGARAS ISN

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/11 13:55
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

Estimado lobozac
Volviendo a releer, tu comentario, te regieres a que SI debe causar el Impuesto al gobierno del Estado?


SALUDOS Y GRACIAS POR PERMITIRME INTERACTUAR CON USTEDES .


Al contrario es un gusto leer tus comentarios.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/11 14:05
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

Mi estimado CHAVALON,

Respecto a por qué cité el Art. 110 de LISR fue solamente como referencia a la situación laboral del trabajador,

Desde un principio asi lo entendi.


Por eso le comente a Hugo, Que no entendia su mensaje


Es cuestion de cada quien, por la forma de leer e interpretar, lo que ralmente se quiere decir.

Porque tambien, a veces nos desgastamos mucho discutiendo, temas muy intrsedentes.
(P.EJ.;decimos: 'si observas con detenimiento, YO anote.............').
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/11 14:17
Re: IMPUESTO SOBRE NOMINAS; ASIMILADOS A SALARIOS

Estimado lobozac
Volviendo a releer, tu comentario, te regieres a que SI debe causar el Impuesto al gobierno del Estado?

EN BASE A LO QUE COMENTAS DESDE UN INICIO Y POSTERIORMENTE...........CON LOS DATOS QUE OTORGAS, CORRELACIONANDO ESTOS CON LO VERTIDO..............SIN DISTINGUIR LA LEY...........APLICANDO SOLO LO QUE DICE,........Y DICES...

SI, ......SI DEBERAS PAGAR ISN

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3 4 5 6 7 8