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20/Jul/10 09:46
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

Pues a estudiar mis estimados vabdo y vcaspe
De esto no tengo la menor duda.


En cuanto a lo comentado por el Lic.
en cuanto se publique y el imss la aplique. Y si la está aplicando antes de publicarse, es totalmente peleable.

Esa es mi mayor inquitud.

Pero hay que estar preparados......
 
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vabdo
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20/Jul/10 13:14
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

Perdonen mi ignorancia, pero..¿Ante quièn lo van a pelear?

Si se publica, se tratarìa de una Jurisprudencia emitida por la SCJN, màxima autoridad judicial en el pais, cuyas jurisprudencias son de observancia obligatoria para todos los tribunales judiciales y/o administrativos.

Dicha jurisprudencia resulta de una contradicciòn de Tesis, entre dos Tribunales Colegiados de Circuito; el decimo segundo y el decimo tercero. Uno fallò a favor y el otro en contra, siendo la SCJN,a traves de esta contradiccion de tesis que decidiò finalmente cual es la interpretaciòn correcta.

Lo anterior significa que ya hubo trabajadores que se fueron al amparo por este motivo y que, finalmente el Imss logrò imponer su criterio.

Si existe algun otro tribunal que`pueda ir legalmente en contra de esta interpretaciòn de la Corte, la verdad no lo conozco.
 
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Emprendedorfiscal
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20/Jul/10 14:35
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

Hola vabdo, como estás

Recibe un saludo.

Respecto a tu duda te comento:

La pregunta es intencional y desde luego que su respuesta es NINGUNO, pues desde la entrada en vigor de la LSS97 ya nadie cotiza con un top10SM, sino todos, TODOS, cotizan con un top25SM en cualquiera de las ramas que así lo ameritan, y es aquí, como ya lo comentó acertadamente Enrique, donde estriba el intencional error de la corte pues por una parte buscar que el instituto pague en base al top10SM pero cerró los ojos a lo que cobra y que es en base al top25SM.

Al respecto me pronuncio: la situación no será de difícil solución, sólo es cuestión de tiempo, lo veremos todos.

Un saludo

vcaspe
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
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20/Jul/10 23:49
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

Hola Emprendedor:

Los derechohabientes que trataron de aplicar su pension y que el IMSS le aplico un procedimiento que ya resulto con criterio en controversia y se hizo una jurisprudencia. Probablemente ya perdieron y dificilmente ganaran, ellos. Pues como dice ya se ampararon y les resulto mal su estrategia de su defensa, le falto habilidad a sus abogados y los del IMSS ganaron y fueron mas listos. Los jueces dieron su fallo en favor del IMSS.

Pero, esto sirve como un antecedente de cierto modo para que se den otros casos 'nuevos' y defenderse de manera distinta, entregar otros elementos de prueba y atacar los puntos debiles que argumentaron los abogados del IMSS.

Habria nuevos amparos de inconstitucionalidad, tal como lo hicieron los derechohabientes que perdieron. No es suficiente tomar la jurisprudencia a favor. Vez como perdieron. Se confiaron y pagaron el pato.

vscape es muy positivo de que se pueda ganar con facilidad, considero que no siempre seria asi, pero bueno él tiene la ventaja del conocimiento de la abogacia y me parece que tambien tu.

Los de la jurisprudencia en contra tuvieron su oportunidad de defensa, no la supieron capitalizar. Todos tendriamos en un momento nuestra oportunidad de defendernos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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21/Jul/10 01:25
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

El IMEF (Instituto de Ejecutivos de Finanzas), vislumbra un negro panorama para los jubilados en un futuro, así lo da a conocer en una nota publicada en el diario La Prensa:

Ciudad de México.- El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) indicó que es necesario aprobar las reformas pendientes, a fin de que se detone un plan de infraestructura que fomente la creación de empleos formales que otorgue una pensión digna a los mexicanos.

En conferencia de prensa, Gustavo Rodarte de la Serna, presidente nacional del organismo, indicó que la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el tope de pensiones de cesantía y vejez que otorga el IMSS provocará que en el futuro haya una generación de jubilados en condición de pobreza.

En ese sentido, expuso que la población que tiene acceso a algún sistema de pensión tiene ingresos iguales o superiores a 10 salarios mínimos, y aquellos que rebasan los 25 salarios mínimos apenas alcanzan a 200 mil trabajadores.

Ante ello, Rodarte de la Serna puntualizó que de los cerca de 30 millones de trabajadores, en su mayoría, de seguir como hasta ahora, no tendrán los medios para sobrevivir en su vejez y serán una carga para alguien.

Añadió que la SCJN determinó que el IMSS deberá referirse a los salarios diarios de las últimas 250 semanas del solicitante, al tope de 10 veces, y no las 25 veces como lo dispone la ley en la actualidad.

Esta determinación -expuso- reduce el monto de las percepciones de las personas que se jubilen, por lo que confió que este criterio no prevalezca.

Rodarte de la Serna indicó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el IMSS y la Corte están provocando una generación de jubilados pobres, a pesar de que están aportando como si fueran ricos.

Por ello, el presidente nacional del IMEF hizo un llamado para que se aprueben las reformas como la laboral y la relacionada con la competitividad, y detonar ya los proyectos con inversión pública, a fin de generar los empleos que requiere México.






Saludos

Pd.- Lo realzado con negritas es de un servidor











Editado: Julio 21, 2010 01:33:51
 
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CHAVALON
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21/Jul/10 09:22
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

Hola Emprendedorfiscal, me gustan tus comentarios.
Por ser realiztas

Sin embargo, existe gran inquietud, sobre este tema.


sobre todo si lees el post de CHAVALON, (el articulo del IMEF).

Rodarte de la Serna indicó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el IMSS y la Corte están provocando una generación de jubilados pobres, a pesar de que están aportando como si fueran ricos.


Saludos cordiales
 
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vabdo
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21/Jul/10 09:33
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

Igualmente Saludos cordiales vcaspe


como ya lo comentó acertadamente Enrique, donde estriba el intencional error de la corte pues por una parte buscar que el instituto pague en base al top10SM pero cerró los ojos a lo que cobra y que es en base al top25SM


Ahi esta el problema.

Saludos.


PD
Hay que estar preparados (por lo que comenta mi estimado CHAVALON).
Donde hay que anotarse, para recibir algun apoyo del gobierno para 'ADULTOS MAYORES'



.
 
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vabdo
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21/Jul/10 14:31
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

Es muy oportuno que esta jurisprudencia se de a conocer en este momento y antes de su publicaciòn, a fin de que se puedan tomar las medidas para minimizar sus efectos, toda ves que està en manos de quienes detentan el poder politico el realizar un cambio.

Y, ¿Cuales son los escenarios?? Veamos....

1).- Que la SCJN no publique la Jurisprudencia, lo cual es poco probable, puesto que ya es cosa jusgada.

2).- Que la SCJN modifique dicha Jurisprudencia en terminos mas 'amables', lo cual considero tambien poco probable por las mismas razones ya mencionadas.

3).- Que el Poder Ejecutivo, mediante decreto, establesca beneficios adicionales para quienes resulten afectados con esta Juris, lo cual si lo veo viable dado los tiempos electorales que se vienen.

4 ).- Que el Congreso modifique la Ley del Imss en lo que se refiere a este punto, lo cual podria ser tambien viable por razones de tiempos electorales.


Por otra parte, si el trabajador se pensiona con la Ley de 73, entonces todo lo acumulado en su cuenta de Afore a partir del 97 tendria que serle devuelto integramente, y, es en ese momento que, quien cotizo con el tope de 25 SM veria recuperada parte de esta prestaciòn.
 
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Emprendedorfiscal
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21/Jul/10 14:40
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

Explican topes en pensiones
EL NORTE.- NEGOCIOS.- (19-Jul-2010).-
MÉXICO.- Los trabajadores del IMSS que están a punto del retiro no corren ningún riesgo de recibir una pensión topada en 10 salarios mínimos, pues los topes fueron impuestos al salario base de cotización con anterioridad en las leyes del Seguro Social, señalaron especialistas.
Actualmente para los trabajadores que se vayan a jubilar bajo la ley 1973, la pensión se calculará en base a un tope de salario de cotización de 25 salarios mínimos.
En tanto, la jurisprudencia resolvió que los casos de pensionados que ya recibían una pensión bajo la ley 73 calculada bajo un límite de salario base de 10 salarios mínimos, no podrán acceder a una pensión calculada bajo una cotización con tope de 25 salarios mínimos.
Según Gloria Arellano, abogada y especialista en seguridad social del despacho Sánchez, Arellano y Abogados, la jurisprudencia no modificó ni afectó las normas legales vigentes, y se aplicaron tal como debían, reconociendo que en los casos de invalidez, vida, cesantía y muerte, su base de cálculo sí está topada a 10 veces el salario mínimo, que no es lo mismo que limitar la pensión bajo esa cantidad.
'La jurisprudencia no analizó ni limitó de ninguna manera la aplicabilidad del artículo 25 transitorio de la ley del IMSS de 1997, que ordena incrementar paulatinamente el tope de cotización para los seguros de cesantía en edad avanzada y vejez de 10 veces el salario mínimo, que estaba contemplado originalmente en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley del Seguro Social de 1973, hasta llegar a 25 veces el salario mínimo', puntualizó.
EL NORTE publicó que la Suprema Corte había resuelto 'topar las pensiones' a 10 salarios mínimos para otros 4 casos de pensionados.
Arellano aclaró que los cambios en la ley del IMSS, en cuanto a los límites de cotización, han incidido en los montos que otorga el instituto a los pensionados, por lo que ellos sí podrían ver como posibilidad que se toparan las pensiones para no destinar más gasto a este fin.
Por su parte, Odilia Ulloa, especialista en seguridad social, señaló que ni en la ley vigente, ni en la ley 73 existe un artículo en el que se señale un tope a las pensiones, sino lo que se estipulan son topes a la cotización para el cálculo de las mismas.
Indicó que la misma ley 73 establece un cálculo complejo para la pensión, basado en una cuantía máxima, y un incremento de dicha cuantía, que es como actualmente se computarizan los montos de los que se están pensionando bajo esa legislación.

Bases legales
Escenarios que enfrentan los trabajadores a punto de retiro:
Ley 1997:
• El artículo 25 establece que existe un tope del salario base de cotización de 25 salarios mínimos para los seguros de retiro, vejez y cesantía, además para invalidez y vida y enfermedades y maternidad.
• Es aplicable a los que se pensionen en la actualidad bajo la ley 73 con el salario promedio de los últimos 5 años laborados.

Ley 1973:
• El artículo 33 establecía un tope de salario base de cotización de 10 salarios mínimos para los seguros de invalidez, vida, cesantía y muerte, y de 25 salarios mínimos para el seguro de enfermedades y maternidad.
• Sólo fue aplicable para los que se pensionaron antes de 1997 con la ley 73, pero la jurisprudencia no permitió que estos jubilados accedan a los beneficios de la ley vigente.

Pensión vs. Cotización
La pensión para una persona que cotiza en el tope salarial será igual para los que superen esa cotización.
(Ejemplo: Pensión para un trabajador del IMSS en el 1o. Enero 2011, pesos)
SBC en SM SBC mensual Pensión Mensual * Tasa de reemplazo
25 SM--------- 43,095......... 32,526......... 75.50%
26 SM-------- 44,819......... 32,526......... 72.60%
27 SM------- 46,543......... 32,526......... 69.90%

SM: Salario mínimo
SBC: Salario base de cotización.
* Bajo la ley 1973 de acuerdo al artículo 167, suponiendo que el SBC se mantuvo igual en 5 años.
 
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vabdo
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21/Jul/10 16:27
Re: Aprueban topar pensiones a 10 salarios

El trabajador tiene la opciòn de elegir pensionarse con lo dispuesto en la Ley del 73 o con la vigente a partir de 97. Una u otra. Las disposiciones de estas Leyes no se mezclan, no se combinan: esto es, por ejemplo, no se toma el numero de semanas cotizadas de una Ley y el tope del SBC de la otra. No señor. La mecànica de càlculo es totalmente diferente en una y otra.
 
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Emprendedorfiscal
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