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Tópico: SOLICITUD DE INFORMACION A REVISION - EXPERTO FISCAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 27, 2011 22:16:53 Asunto: Re: SOLICITUD DE INFORMACION A REVISION - EXPERTO FISCAL
Si tu cumpliste con las obligaciones para deducir esos activos fijos (Pagaste con cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario), no tienes problemas. Si los prestamos que obtuviste fueron en cantidad mayor a 100 mil pesos en efectivo, debiste informarlo a la autoridad en su momento (de lo contrario se presumen ingresos). Con respecto al pago provisional del isr de enero 2009 ese pago debió realizarce a mas tardar el 17 de febrero de 2009 como no se realizo, sino hasta el 13 de marzo de 2009, se tienen que calcular recargos y actualizacion recargos se tienen que calcular aun por fracciones de mes por lo que serian recargos del 18 de febrero al 17 de marzo (un mes) =1.13% actualizaciones, no se actualiza si el periodo transcurrido es menor a un mes (que es tu caso te debo el fundamento no tengo el codigo a la mano y no tengo acceso al modulo legislacion de fiscalia) por lo tanto tendrias Impuesto........19415 Recargos..........219 Total.............19634 Pagado.........19634 Diferencia..........00 No hay diferencia a pagar. No te dejes
Tópico: Subsidio al Empleo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2011 19:06:33 Asunto: Re: Subsidio al Empleo
Si la ley no distingue, no distingas. Claro que se puede.
Tópico: CONOCER BASE DE ARRENDAMIENTO SI TENGO EL DATO DE LA RETENCION DE IVA
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Enero 25, 2011 16:34:20 Asunto: Re: CONOCER BASE DE ARRENDAMIENTO SI TENGO EL DATO DE LA RETENCION DE IVA
hola buenas tardes, para todo lo que aplique factores otasa, se puede aplicar una regla de 3 simples ejemplo base...................iva.............ret-isr..................ret-iva.....................neto 1,000.00...........110.00.........100.00...................73.33................936.67 2,000.00...........220.00.........200.00.................146.66...............1873.34 1000 base....................73.33 ret-iva ???? base...............25700.00 ret iva se multiplican los datos cruzados y se divide entre el restante 1000 x 25700 /73.33 daria una base de 350470.48 la diferencia con la base real es por el redondeo pero siendo mas exactos la retencion es las 2/3 partes del iva (honorarios) por lo tanto el iva es 3/2 la retencion a una retencion de 25700 le corresponde un iva de 38550 en el caso de un iva de 11% a un iva de 38550 le corresponde (38550/.11) =350454.55 espero haberme explicado un poco y no haber confundido mas sse you later
Tópico: Contibuyente no localizado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 20, 2010 20:18:26 Asunto: Re: Contibuyente no localizado
hola buenas tardes precisamente, debe estar no localizado porque le llevaron (supongo) una notificacion (requerimiento de provisionales, anual, que se yo), y como no estaba, pues no localizado. Asi de facil , asi de sencillo.
Tópico: INMUEBLE ADQUIRIDO 2005 (DEUDA). DEVUELTO 2010. IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 03, 2010 16:47:14 Asunto: INMUEBLE ADQUIRIDO 2005 (DEUDA). DEVUELTO 2010. IETU
HOLA BUENAS TARDES. TENGO EL SIGUIENTE CASO,: EN 2005 UNA PERSONA MORAL ADQUIRIO 2 LOCALES, MEDIANTE UN CONTRATO CON RESERVA DE DOMINIO. AHORA EN 2010 SE CONVIENE ENTRE LAS PARTES QUE REGRESANDO UN LOCAL, LA DEUDA QUEDA FINIQUITADA. EN 2008 ENTRA EN VIGOR LA LIETU, ESTE BIEN ADQUIRIDO ME GENERA UN CREDITO POR HABERLO ADQUIRIDO ENTRE 1998 Y 2007 EL CUAL HE VENIDO UTILIZANDO EN 2008 Y 2009. LA LEY DEL IETU DICE QUE SE CONSIDERA ENAJENACION LO QUE SE CONSIDERE ENAJENACION SEGUN LIVA, Y LIVA ME MANDA AL CFF EN DONDE ME DICE QUE ENAJENACION ES TODA TRANSMISION DE PROPIEDAD AUNQUE SEA CON RESERVA DE DOMINIO. ES DECIR ¿AL REGRESAR EL LOCAL ESTOY EFECTUANDO UNA ENAJENACION SUJETA A IETU?. SI NO ESTA SUJETA A IETU, ¿QUE PASA CON EL CREDITO POR INVERSIONES DE 1998 A 2007? PARA MI SERIA MUY HONEROSO CONSIDERARLO ENAJENACION Y SEGUIR CON EL CREDITO POR INVERSIONES, CREO (NO ESTOY SEGURO QUE SEA FACTIBLE) QUE LO MAS JUSTO SERIA NO CONSIDERARLO ENAJENACION Y DISMINUIR EL CREDITO POR INVERSIONES. ESTAMOS HABLANDO DE 1,000,000 DE DOLARES, Y PUES SI NO SE TIENE PARA PAGAR EN PLAZOS EL INMUEBLE, MUCHO MENOS PARA PAGAR EL IETU. ESPERO ME PUEDAN ORIENTAR Y MUCHAS GRACIAS POR ELLO.
Tópico: ELIMINAR CAPTURA EN CONTPAQ
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Julio 02, 2010 00:54:29 Asunto: Re: ELIMINAR CAPTURA EN CONTPAQ
quiza quieras conservar la informacion en la misma base de datos. podrias en 2009 capturar: ---una poliza cancelando todos los saldos, y ---capturar otra poliza con los saldos finales deseados.
Tópico: honorarios por servicios prestados preponderantemente a un prestatario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 26, 2010 22:27:05 Asunto: Re: honorarios por servicios prestados preponderantemente a un prestatario
hola buenas tardes. Si el profesionista no te comunico la situacion de que sus ingresos fueron preponderantemente los que tu les pagaste, tu no puedes saber si se dio o no la situacion, aunque tuvieras todo el consecutivo de sus recibos, puesto que el puede tener varias series de recibos, no estas obligado a hacer ningun movimiento, incluso si el te lo comunico despues de hacerle el primer pago no estas obligado a darle el tratamiento de trabajador., Ahora que si tienes un contrato, donde dice que te cobrara lo mismo, asi le mandes 1 o mil pacientes; ese mismo contrato te sirve para defenderte del seguro, y de hacienda con demostrar que no te lo comunico (el doctor no debe tener el acuse de recibo de la comunicacion por escrito) o te lo comunico con fecha posterior al primer pago del ejercicio (con la fecha del pago y la fecha del escrito de comunicacion).
Tópico: DEMANDA LABORAL
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Mayo 20, 2010 22:21:35 Asunto: Re: DEMANDA LABORAL
Si tu tienes nominas firmadas por los empleados, excepto incluso por el, hasta la fecha de su separacion, y posteriormente las nominas firmadas firmadas por los empleados que quedaron, es una prueba de que el dejo de laborar en ese tiempo, si le pagabas por transferencia, esa es otra prueba de que no le pagaste en todo ese periodo y por lo tanto no laboro, ya que si dice que laboro hasta diciembre el tendria que demostrar que recibio pago, puesto que no esta demandando el pago de periodos anteriores. Si era en efectivo el pago, lo veo mas dificil. Ahora bien, si como dices trabajo en otra parte, habria que ver las horas laborables y tratar de emplazar a la otra empresa para que muestre la relacion de trabajo que tiene el trabajador con esa otra empresa, el horario, etc. El meollo de cualquier manera es el finiquito
Tópico: MES ANTERIOIR AL ACTUAL
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Abril 21, 2010 15:06:52 Asunto: Re: MES ANTERIOIR AL ACTUAL
SUPONGAMOS QUE TIENES EL MES Y AÑO EN LA CELDA A1 ENTONCES EN LA CELDA B1 PUEDES PONER =FECHA.MES(A1,-1) ESTA FORMULA TE DA EL MES ANTERIOR AL CAPTURADO EN A1 Y YA PUEDES USAR TU FORMULA PARA ENCONTRAR EL DATO DESEADO
Tópico: ingresos fiscales y no contables
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 28, 2010 23:12:43 Asunto: Re: ingresos fiscales y no contables
hola, buenas noches, puedes realizar lo siguiente: el asiento inicial esta bien, manejando un poco de iva por ejemplo y con numeros iva al 10% clientes.................1100 ventas x realizar........................1000 iva por realizar........................... 100 con la cobranza debes efectuar doble asiento bancos...................1100 clientes.................................1100 ventas por realizar......1100 iva por realizar.............100 ventas realizadas........................1000 iva cobrado.................................. 100 Asi las cosas en : iva por realizar tienes el que no has cobrado iva cobrado tienes como dice la cuenta el que has cobrado al final de año cada las cuentas de ventas realizadas y no realizadas se van al resultado del ejercicio, por lo que unician cada año en cero luego entonces el saldo a cualquier fecha de la cuenta ventas realizadas son las ventas fiscales. las ventas fiscales es la suma de los saldos de las 2 cuentas (resta si las manejas una como acreedora y otra deudora) por ejemplo ejemplo: cobras 100 000 del ejercicio anterior el asiento en lo referente a resultados es ventas por realizar 100000 ventas realizadas 100000 en la misma cantidad. efecto contable resultado cero, pero ya tienes en ventas realizadas las ventas fiscales. supongamos que vendes 5000 y los cobras el asiento es ventas realizadas 5000 asi hasta ahora los saldos serian ventas realizadas 105000 FISCALES ventas por realizar (100000) ..................................======= ventas contables ............. 5000 si vendes 20000 a credito es abono a ventas por realizar 20000 los nuevos saldos son ventas realizadas 105000 FISCALES ventas por realizar ( 80000) ..................................======= ventas contables ............. 5000 Espero te sirva. Gracias bye

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