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Tópico: Pagos a cuenta de Terceros
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 04, 2008 Asunto: Pagos a cuenta de Terceros
Hola a todos, Si pudieran ayudarme con algún material para estudiar el tema se los voy agradecer, ya que tengo en polémica el siguiente caso: Una filial (intercompañías en Argentina) nos solicita hagamos un pago en Mexico de un almacenamiento de unos muebles de un empleado suyo que se dio aquí en el país, el proveedor Mexicano emite factura fiscal con los datos a favor de la empresa mexicana por el monto de $30,000.00 incluyendo impuestos. Se han sugerido dos opciones para esto: 1.- Registar la factura del proveedor Mexicano en gastos deducibles y acreditar el IVA correspondiente? Y despues refacturar el costo/gasto a la intercompañía en Argentina y considerarse como otros ingresos. (No es una operacion propia de la empresa mexicana) 2.- Simplemente registrar vs una cuenta por cobrar de la interco el monto total de la transacción (Costo + IVA) vs bancos. Gracias por su valiosa ayuda.
Tópico: NIF D3: OBLIGACIONES LABORALES
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 05, 2008 Asunto:
Gracias Enrique por tu pronta respuesta. Que se consideraría dentro de los pasivos laborales que mencionas? se incluirian las indemnizaciones (por ejemplo: 20 días por año y los 90 días)? Saludos
Tópico: NIF D3: OBLIGACIONES LABORALES
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 05, 2008 Asunto: NIF D3: OBLIGACIONES LABORALES
Hola, tengo el siguiente problema relativo a las provisiones por el reconocimiento del boletín D3. La Compañía a la fecha no ha reconocido ningún pasivo por concepto de D3 y se pretende reconocer dicho pasivo a partir de 2007. El empleado con mayor antiguedad es de diez años. Cabe hacer mención que la empresa no cuenta con un plan de previsión social y solamente se le asignan al empleado las prestaciones de ley. Pregunta Todos los empleados deben considerarse para hacer el cálculo de la provisión por la contingencia laboral (de anitiguedad)? O hay un limite establecido, es decir los mayores a "X" años de anitiguedad? Agradezco sus comentarios al respecto. Saludos
Tópico: Retención Facturación x Servicios: Colombia a Mexico
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2007 Asunto: Retención Facturación x Servicios: Colombia a Mexico
[color=darkblue:2defb17049]Empresa colombiana (PM) que es parte relacionada de una empresa mexicana (PM), le va a facturar por concepto de "servicios por asesorias" a la mexicana. La retención que aplicaria seria la del 25% de acuerdo al art. 200 de LISR en su fraccion II? Agradezco comentarios. Saludos[/color:2defb17049]
Tópico: REEMBOLSO DE GASTOS DE TERCEROS
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2007 Asunto: REEMBOLSO DE GASTOS DE TERCEROS
[color=blue:349dc985fa]Hola, tengo el sig caso: La empresa "X", tiene que reembolsarle gastos de viaje a un tercero (llamese este abogado, asesor o consultor, etc), cual sería la forma mas correcta de pagarselos? Dudas 1.- Los gastos q realice el tercero a cuenta de la empresa "X", deben ser facturados a nombre del tercero o de la empresa "X"? 2.- Para que la empresa "X" le pague dichos gastos, debe el tercero refacturar estos gastos a la empresa "X"? Debe considerar además el IVA o retenciones correspondientes a los gastos efectuados (si las hubiera). Si es persona fisica debe considerar en su recibo de honorarios retenciones de ISR e IVA? Por ejemplo, en caso de que todos los gastos fueran deducibles y tuvieramos en total gastos de viaje por la cantidad de $115.00 incluyendo IVA, el tercero debe refacturar al tercero por los $100.00 + el 15% de IVA o debe refacturar $115.00 + el 15% del IVA...?? 3.- NO ES NECESARIO QUE EL TERCERO NOS EMITA UNA FACTURA O RECIBO DE HONORARIOS (En el caso de personas fisicas)...?? Agradezco la gentileza de sus comentarios... Y si tienen algún fundamento que pueda checar al respecto please pasenme el tip. Nota: Ya busqué en tópicos anteriores, pero no encontré algo relacionado. Saludos [/color:349dc985fa]
Tópico: Facturas en el extranjero por servicios, DEDUCIBLES??
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 08, 2007 Asunto:
Lo mas sano es formar parte del tercer grupo que menciona Mirna, pero es que a veces nosotros mismos nos complicamos y hacemos lo que no tenemos que hacer y dejamos de hacer lo que si debemos. El desconocimiento a veces nos obliga a pasar x alto detalles y terminamos haciendo mal las cosas. Lo que se busca en esto es la deducibilidad del gasto (haciendo toooooodos los tramites que sean necesarios), porque tampoco podemos estar haciendo gastos y conosideralos como no deducibles. No creen? Saludos
Tópico: Facturas en el extranjero por servicios, DEDUCIBLES??
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 08, 2007 Asunto:
En efecto, lo que menciona BR1 es muy cierto, el mantenimiento puede incluir cambio de piezas (materiales) que necesitarian ser declaradas. Y lo último que menciona BR1, el conflicto de intereses (personales/negocios) es tambien de llamar la atención.
Tópico: Facturas en el extranjero por servicios, DEDUCIBLES??
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 08, 2007 Asunto:
Si desde luego los gastos son indispensables puesto que se trata del mantenimiento de vehiculos de trabajo. Gastos de viajes o viaticos generalmente no se generan puesto que las distancias son cortas. Entonces de acuerdo a tu comentario Mirna, entiendo si deben tramitarse pedimentos por estos conceptos. Alguna otra valiosa opinion es bienvenida.. Gracias
Tópico: Facturas en el extranjero por servicios, DEDUCIBLES??
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2007 Asunto:
Fe de erratas: Disculpas inverti los conceptos, Donde dice "importado" debe decir "exportado" y donde dice "pedimento de exportación" debe decir "pedimento de importacion". Saludos
Tópico: Facturas en el extranjero por servicios, DEDUCIBLES??
Gretel78

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2007 Asunto:
Concuerdo con lo que menciona MEXTAX respecto de que la ley mexicana no puede exigir que los comprobantes del extranjero cumplan con todos los requisitos de los comprobantes mexicanos, pero no estoy segura si debido a que es un bien que se encuentra en territorio nacional tenga que ser importado temporalmente (a mantenimiento) y despues retornado al pais (con pedimento de exportación) y de esta forma declarar los aditamentos o cambios q en su caso haya sufrido el vehiculo en el extranjero, y solo así poder deducir los gastos por el servicio de mantenimiento y de reparación. Como comentaba en mi anterior msn los empleados con visa en mano cruzan el puente al otro lado sin ningun problema dejan su carro en el taller y vuelven dias mas tarde por el. Esto podria ser una practica comun, sencilla o facil, pero no estoy segura si es deducible. Aprecio sus comentarios. Saludos

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