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Tópico: FLETE MEX-USA
loerasergio

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto: Re: FLETE MEX-USA
[b:b0f3ba5fcb] Hola: No confudir los siguientes terminos: 1. Residencia 2. Domicilio 3. Establecimiento permanente La empresa de Estados unidos por lo que comentan no tiene residencia en méxico ni establecimiento permanente por lo que no cae en el supuesto del artículo 1 fracciones I y II.Pero si entra en el supuesto de la fracción III del artículo 1. Pero al existir un tratado internacional para evitar la doble tributación se aplicara el artículo 7, beneficios empresariales. Saludines[/b:b0f3ba5fcb]
Tópico: ISR vs CAS=0, complement. Causa Recargos y Act.???????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto: Re: ISR vs CAS=0, complement. Causa Recargos y Act.???????
[b:3ef95b36a9] Hola: Les dejo la regla famosa, la consegui del 2000, espero conseguir la del 2001. 3.17.5 Para efectos de los artículos 80-B y 81 de la Ley del ISR, en materia del crédito al salario, los retenedores podrán disminuir las cantidades que entreguen en efectivo a los trabajadores, del ISR a su cargo o de las retenciones del mismo efectuadas a terceros, del IMPAC o del IVA, excepto en este último caso, tratándose de las retenciones a que se refieren los artículos 1o.-A y 3o. de la Ley del IVA. Los retenedores podrán disminuir en la siguiente o siguientes declaraciones las cantidades pendientes de disminuir o solicitar su devolución; inclusive el del remanente pendiente de disminuir. Cuando los retenedores apliquen el crédito al salario contra un impuesto a su cargo que se entera en forma extemporánea, disminuirán el crédito al salario efectivamente pagado contra las contribuciones a cargo, antes de realizar su actualización, en el entendido de que el crédito al salario y las contribuciones a cargo corresponden a la misma declaración de pago. Saludines[/b:3ef95b36a9]
Tópico: ISR vs CAS=0, complement. Causa Recargos y Act.???????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto: Re: ISR vs CAS=0, complement. Causa Recargos y Act.???????
[b:cd4eea5611]La regla que aluden dejo de existir desde el 2002 como consecuencia del ISCAS. Saludines[/b:cd4eea5611]
Tópico: GRAN DUDA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 17, 2005 Asunto: Re: GRAN DUDA
[b:0beab75d09]Que sea considerado aportación para futuros aumentos de capital. esto en caso de ser de capital fijo. Protocoliza lo antes posible. Saludines[/b:0beab75d09]
Tópico: PROPUESTA PARA DEROGAR EL IMPTO. AL ACTIVO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2005 Asunto: Re: PROPUESTA PARA DEROGAR EL IMPTO. AL ACTIVO
[b:cb95c8fab9]Hola: Has acertado colega Vicente. El impuesto al Activo más que un mero impuesto recaudatorio debe ser un castigo para aquellas empresas que no son productivas, mide la utilización de los activos en utilidad, al no existir esta castiga con este impuesto, al ser productiva y pagar ISR se recupera este impuesto. En España no se llama impuesto al activo, sino mal recuerdo impuesto minimo de la empresa. Saludines[/b:cb95c8fab9]
Tópico: LIQUIDACION DE UNA PERSONA MORAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2005 Asunto: Re: LIQUIDACION DE UNA PERSONA MORAL
[b:f503712ff9]Se desinga un liquidador y se revocan todos los poderes, es decir, cualquiera puede ser el liquidador de la sociedad , no tiene por que ser el representate legal, ya que el acta de disolución se revocan todos los poderes, todos y se designa al liquidador. Saludines.[/b:f503712ff9]
Tópico: PROPUESTA PARA DEROGAR EL IMPTO. AL ACTIVO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2005 Asunto: Re: PROPUESTA PARA DEROGAR EL IMPTO. AL ACTIVO
[b:c9d79f73a3]Colega: :lol: Te pregunto, cuál es la función del IMPAC, sólo recaudar, si es así realmente que lo derogen. Si su función a aparte de recaudar es otro, es importante analizar cuál es esa otra función. Saludines[/b:c9d79f73a3]
Tópico: Fundamento para no presentar declaraciones "Dictaminado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2005 Asunto: Re: Fundamento para no presentar declaraciones "Dictami
[b:4f5d973a6d]Hola: 8O primera vez que lee esto de la declaratoria para IVA que sustituye la declaración del saldo a favor, para nada. No existe fundamento de esto, la declaratoria es para agilizar la devolución en menor tiempo. :P De hecho te piden la declaración con el saldo a favor del IVA para verificar el importe de la devolución, fecha de presentación, número de operación, etc. Saludines[/b:4f5d973a6d]
Tópico: Posibilidad de demanda x asesoria deficiente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2005 Asunto: Re: Posibilidad de demanda x asesoria deficiente
[b:7029696b01]Hola: Es importante dejar en claro en el contrato que tipo de trabajo se va a realizar, el objetivo del mismo, sus alcances y los informes que resulten del trabajo. Ya que la experiencia me lo da, en muchas ocasiones nos agarran a los asesores fiscales de todologos y piden que se hagan trabajos jamás comtemplados. Cuando existen diferencias a cargo y no las paga el contribuyente, no hay problema, el problema es cuando el contribuyente tiene problemas con hacienda, entonces al asesor quieren matarlo, pero si entregaste en tiempo y cuentas con la firma de recibido, no debe haber problema. Ahora del lado del cliente, es cierto que existen malos contadores que no hacen con cuidado y diligencia su trabajo, ven al cliente como una mera mercancía y deja en el olvido la etica, Los que nos dedicamos a la asesoría nuestro compromiso es dar un mejor servicio, poner todos nuestros conocimientos y capacidad para desempeñarnos mejor. Saludos[/b:7029696b01]
Tópico: PRESTACION DE SERVICIOS AL EXTERIOR ¿REQUEIREN PEDIMENTO?
loerasergio

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto: Re: PRESTACION DE SERVICIOS AL EXTERIOR ¿REQUEIREN PEDIMENTO
No. Debes verificar que al llenar el formato 32 con su anexo existe una parte en donde te pide la actividad y el fundamento legal de la tasa 0% de exportación de servicios. Si no lo pones te rechazan la devolución. Si es por el pedimento puedes interponer un medio de defensa, ya que en la ley aduanera no se comtempla esto. Saludines

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