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Tópico: El pastel grava IVA?
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 25, 2017 14:35:19 Asunto: Re: El pastel grava IVA?
El pastel Grava IVA? Todo depende donde y como lo vendas. El pastel esta sujeto a los siguientes impuestos: IVA Tasa 16%, IEPS 0 % si lo venden en un lugar donde se pueda comer en el momento, en cuyo caso de asimila a restaurante o cafeteria, pues se asimila a servicio de comida. IVA 0 % IEPS 8 % Si lo vendes en una panaderia o pasteleria, pues al ser un alimento es tasa 0 % pero al ser un alimento alta graduacion calorica derivado de harina tiene una tasa de IEPS del 8 %. Esto que te digo es por experiencia no te pongo aqui los articulos, pero dale una leida a lla ley del IVa y a la IEPS, esta facil de encontrar. AL final no te salvas de un impuesto o el otro.
Tópico: Venta de Local Comercial Persona Moral
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2017 20:39:52 Asunto: Venta de Local Comercial Persona Moral
Hola Amigos, Tengo un problema una persona moral se dedica a vender locales comerciales. El problema viene en la causacion de IVA. Después de mucho leer en este tópico viene algo: http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=48115&idCat=10&p=1# Donde menciona que la venta se debe separar en dos terreno y construcción. Y el IVA se causa sobre la construcción pero el terreno es exento. Mi problema es cual es la proporción de terreno y construcción, he leído que si no existen datos los notarios aplican la ley 80 construcción y el 20 terreno esto según el reglamento de isr y es para determinar el costo de cada uno. Mi duda, es legal que yo y el comprador pactemos una proporción diferente?. Osea si yo voy a vender en 250 mil pesos puedo decir que el terreno es de 200 y la construcción de 50? O hay algo que lo limite?
Tópico: Comision Inmobiliaria
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2017 20:31:58 Asunto: Re: Comision Inmobiliaria
En principio, todo deposito es un ingreso presuntivo. Y en caso de no ser así debe haber un contrato de por medio que desvirtue el hecho. En cuyo caso debes documentar bien los hechos para poder desvirtuar la presuntiva en caso de que el SAT te haga una revision. Y aqui es por dos problemas ingresos presuntivos y lavado de dinero. En ambos casos tu cliente debe quedar protegido. Para esto es suficiente hacer un contrato de mandato entre los clientes extrangeros y tu cliente donde estos le ordenan a nombre de ellos generar un contrato de arrendamiento, o lo que sea para que el pueda documentar el paso de dinero por su cuenta. La otra opción es separar el hecho y que a el solo le depositen la comisión. Tercero que el declare el total del deposito como ingreso y el haga el primer pago y solicite las facturas a los que rentan. Pero el debe en principio tomar todo como un ingreso, buscar la forma o de desvirtuar o de deducir.
Tópico: Estoy vendiendo un terreno con valor de 650 mil pesos y quiero pagar lo mínimo de impuestos.
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2017 20:31:59 Asunto: Re: Estoy vendiendo un terreno con valor de 650 mil pesos y quiero pagar lo mínimo de impuestos.
Opciones para pagar menos: Digan que el precio de compra-venta es menor que te pague una parte fiscal y otra en efectivo (este efectivo no lo pueden meter al banco, tendras que gastarlo o pagarlo pero no en bancos) Si estas en sociedad conyugal pedirle al notario que haga el calculo del ISR en sociedad conyugal Tienes otras actividades? estas dado de alta por algun otro motivo? Lo de 5 años es para casa habitacion, el terreno tiene construccion?
Tópico: ISR por primera venta de inmueble recibido por herencia.
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 25, 2016 18:52:33 Asunto: Re: ISR por primera venta de inmueble recibido por herencia.
Si causa, y ademas causa muchos mas de lo normal!!!! La parte exenta es al momento de trnansmitir la propiedad a un vivo. Pero entre vivos aunque proceda de herencia la cosa es diferente. En resumen y sin tanta profundidad. El notario calcula la ganacia con el ultimo costo de traslado de dominio. Como el ultimo traslado de dominio fue sin un valor honeroso se tiene que ir al anterior, en el que fue comprada en ultima vez. Y de ahi se calcula la ganancia. Se tiene el valor de referencia se actualiza y se deprecia. Y la diferencia entre este valor y el valor de la enajenacion es la base de ISR para el calculo. Aqui hay otro tema sobre ISR en herencia donde conteste con un archivo donde esta toda esta informacion mas detallada en un manual para notarios.
Tópico: alta ante el sat para socio uber?
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2016 17:56:24 Asunto: Re: alta ante el sat para socio uber?
PRIMERO COMO CONTADOR ASESORA A TU CLIENTE QUE REVISE LA RENTABILIDAD DE UBER!!!! UBER PIERDE DINERO!!! cual es la forma con mas ventajas para una pf de darse de alta ante el sat con las siguientes caracteristicas: 1) se quiere dar de alta en UBER ********Que comision le va a cobrar? 2) invertira para adquirir un automovil para la prestacion de servicio de transporte particular con chofer. *******LA depreciacion se va a comer su utilidad fiscal (Y la real) dara el enganche y el saldo sera financiado (Va a perder por los intereses del vehiculo) 3) lo dara a manejar a un chofer (que comision el va a pagar? 4) que gastos serian deducibles? Todos (gasolina, mantenimineto, IMM, depreciacion, todos los que genere el negocio, que seguramente van a ser mas que los ingresos) 5) que regimen ante el sat le conviene mas? (El de RIF para no desglosar el IVA del costo de los viajes) Un ejemplo Claro y real de una semana en UBER: 6 dias de trabajo 10 horas x dia y 1800 kms recorrdidos El Auto un Corolla con un redimiento de 13 km x Lto Un mantenimiento cada 10 mil kms de $1,500 prom Cambio de Llantas cada 100 mil kms por 8 mil pesos las 4 Costo Seguro Anual $12,000 Plan Celular $400 x mes El valor del Vehiculo de 240 mil pesos un valor de reventa del 60 % a los 3 años y una depreciacion de 35 centavos x km TOTAL INGRESOS $ 6,000 Comisión UBER (25%) $ 1,500 Sueldo Chofer $ 500 Comisión Chofer (15 %) $ 900 Gasolina *** $ 1,870 IMSS (evadiendo comisiones) $ 150 Total Gastos directos $ 4,920 Desgaste Llantas*** $ 140 Mantenimiento*** $ 270 Celular*** $ 100 Seguro*** $ 230 Depreciación*** $ 630 Total gastos indirectos prorrateados $ 1,370 TOTAL EGRESOS $ 6,290 Perdida Operativa Semanal $ 290 Todo esto si eres RIF y no pagas bien el IMSS, ya que si no hay que desglosar el IVA en el total de ingresos solamente de los gastos con *** y lo cual significaría un resultado de un iva a pagar de $380 pesos x semana y una perdida de $670 por semana. Ademas una persona va a trabajar 6 dias x 10 hrs x dia, osea 60 horas a la semana por $1,400 pesos a la semana? Tampoco se esta tomando en cuenta el costo de las refacciones del auto, la decpreciacion del celular (se supone que es el celular personal del chofer), ni los costos de un posible accidente. Ademas creo que la comision de UBER ya esta en el 30 % Tampoco toman en cuenta los posibles gastos recomendados por UBER de una botellita de Agua por viaje.
Tópico: Retencion WHITHOLDING TAX
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2016 17:13:00 Asunto: Re: Retencion WHITHOLDING TAX
OSea tu Rentas Aeronaves, por lo que entiendo tu vas a rentar una aeronave en USA para despues subarrendar? Esta confuso tu planteamiento. Pero ya sea que tu otorgues el servicios de un avion a una persona que reside en USA o que contrates el servicio de una persona residente de USA. La respuesta a los dos planteamientos se encuentra en los tratados de doble tributacion que estan publicados en la pagina del SAT.
Tópico: Impuestos en la venta de Rancho
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2016 19:01:49 Asunto: Re: Impuestos en la venta de Rancho
Primer paso, acércate a tu notario que te calcule tus impuestos. Recuerda que en venta de bienes siempre existe la deducción de el valor de compra del activo fijo actualizado. Ademas como adquiriste ese rancho?. Tiene titulo de propiedad?, puedes tener la suerte de haberlo adquirido a un ejidatario y que en su momento tu hayas hecho los tramites para volverlo pequeña propiedad, en cuyo caso no tiene valor de adquisición, por lo que al no haber según la ley el valor de adquisición es el valor de avaluó referido al año en que se adquirió y al ser tierra no sufre depreciación y al actualizarlo queda a valor de avaluó. Por lo que no pagas impuesto tampoco. Después de contestar estos supuestos vas a poder tener un mejor panorama de tu situación, te recomiendo que sigas estas instrucciones y después analizamos tu caso. Ya con mas números!!
Tópico: INGRESO ACUMULABLE EN VENTA DE CASA HABITACION
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 28, 2016 21:01:50 Asunto: Re: INGRESO ACUMULABLE EN VENTA DE CASA HABITACION
Fiscalmente debe acumular lo que le dice el notario. Y se supone que se hace un calculo especial en venta de activo fijo. Aunque haya pagado un crédito con dicho ingreso. Ejemplo: El notario Calcula el Ingreso de $1,200,000 Deducciones Autorizadas $ 800,000 Utilidad Gravable $ 400,000 Ademas hace una tabla de años en los que se genero dicha utilidad. Se divide la utilidad entre los años desde que se compro hasta que se vendió y se saca el promedio de Utilidad Anual. Hay otros post con esta información. Y lo que se refiere al pago del crédito, pues no tiene nada que ver el uso que el le de a su dinero. Pudo haber optado por hacerla un ingreso Exento, pero ya no lo hizo o si? Osea si el compro esa casa este año con un credito y ahorros y le costo $1,000,000 tiene comprobantes de gastos notariales por $65,000 entonces el tiene un ingreso gravable de $ 135,000 y el destino del 1.2 millones ya es libre de usarlo para el cliente....
Tópico: UTILIDADES PROVENIENTES DE CUFIN COMO LAS DECLARO
juanv2204

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2016 19:08:05 Asunto: Re: UTILIDADES PROVENIENTES DE CUFIN COMO LAS DECLARO
El declarasat, lo que busca es decir de donde vienen los ingresos. El cufin no es que sea un ingreso exento mas bien es un ingreso que ya pago ISR. Esto significa que si repartiste $ 1000 de CUFIN (ejemplo CUFIN 2013) la empresa no debe retener ni cobrar ningun impuesto, pues se supone que este dinero ya pago un ISR en su momento. Entonces lo que el SAT hace es que aunque en el CFDI de dividendos no tiene un ISR retenido, pues no se hizo. En la anual la persona fisica Acumula el dividendo Piramidado $1428.57 y acredita un ISR de 428.57 entonces el dividendo en efectivo real en flujo es de $1000. Entonces la persona fisica calcula sus impuestos diciendo, tuve ingresos por 1428.57, se le calcula el ISR correspondiente a dichos ingresos y se acredita el ISR de los dividendos. Ahi es donde puede salir un ISR a favor o un ISR a pagar, segun la tasa en la que tribute la PF para ese año.

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