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Tópico: devolucion de iva
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: devolucion de iva
A ver vamos por partes como diria jack el destripador: En el escrito vas a describir con la mayor presicion posiblo tu actividad, y en que supuesto estarias segun la ley del IVA (10%, 15%, exento, o lo que sea) con la explicacion de tu saldo a favor (si exportaste, si realizaste actividades al 0%, si el iva acreditable es mayor al iva causado, si no cogbraste iva causado, o lo que sea, llevate originales y copias de las facturas, cheques, estados de cuenta y en la relacion de facturas trata de poner alguna referencia para que identifiquen rapido contra el edo de cta, por ejemplo la hoja en que aparece el cobro, o bien, cruzalos. Si debes de hacer la relación lo mas especifica y detallada posible, con RFC, nombre, no de factura, importe, iva, no de cheque, cta de cheque, fecha en que se cobro, etc. claro que solo pones los cheques que aparecen en el edo de cta por que son los que consideraste para el IVA acreditable (o si consideraste alguna otra forma de extincion de las obligaciones sustentalo) y en cuanto a los depositos no te preocupes, solo te piden aclarar el IVA acreditable, por lo que veo en tu correo. Saludos y ojalá me entiendas.
Tópico: Error del impresor, RAZÓN SOCIAL INCOMPLETA, sirve un Sello
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: Error del impresor, RAZÓN SOCIAL INCOMPLETA, sirve un Se
Creo que no cabe duda, las opiniones no son discrepantes... los apoyo a todos
Tópico: Contabilizacion de Retenciones
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: Contabilizacion de Retenciones
OK, mira en la sucursal tienes el siguiete saldo: debe haber Retenciones por enterar 1000 Asiento: Retenciones por enterar 1000 Acreedores,(matriz y sucursales, o como 1000 quieras) Y en la matriz estaria así el saldo: retenciones por enterar 1000 Asiento: Retenciones por enterar 1000 Deudores (matriz y sucursales, o como 1000 quieras) nota: la cuenta de retenciones por enterar de la matriz esta en saldo negativo por que pagaste mas retenciones de las que tenias registradas ahi, es decir las de los empleados de la matriz nada mas y pagaste las de los dos establecimientos.
Tópico: Despacho contable ¿SC? ¿SA de CV?
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: Despacho contable ¿SC? ¿SA de CV?
Claro que es correcto de las dos maneras, solo tienes que darle la forma que tiene cada cual al momento de constituir la sociedad, puedes checar las caracteristicas de las sociedades civiles en el Código Civil y en la Ley General de Sociedades Mercantiles para las S.A.
Tópico: QUE SUCEDE CON EL IVA DE LAS CONSTRUCTORAS QUE SE DEDICAN A?
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: QUE SUCEDE CON EL IVA DE LAS CONSTRUCTORAS QUE SE DEDICA
Considera las cantidades de IVa que estas pagando... si son montos muy considerables te propongo que investiges MUY a fondo el asunto, existen empresas como la tuya que han solicitado una confirmación de criterio a la autoridad para que sus proveedores no les trasladen el IVA, suena descabellado, pero las grandes constructoras de casa habitacion en mexico lo estan haciendo. Seria conveniente que te acercaras con un especialista en el tema.
Tópico: Ignaguracion de Empresa
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: Ignaguracion de Empresa
No no hay limites, ahora deberias de verificar el art. 38 de la LISR ya que menciona los gastos preoperativos como una inversion, y a demas es muy especifico en las conceptos por los cuales realizas las erogaciones, para considerarlas como gasto preoperativo. Yo considero que mejor lo metas como propaganda y publicidad, ahora que si necesitas platicarlo mas a fondo... pues invitanos a la inaguración ¡¡ Saludos.
Tópico: Contabilizacion de Retenciones
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: Contabilizacion de Retenciones
Hola ¡ Aunque tengas contabilidades separadas el contribuyente es uno solo, por tanto las retenciones que tengas como pasivos todas son tuyas, tal ves tengas en tu balance una cuenta con la que hagas operaciones con la matriz, con esta cuenta podrias cancelar estos pasivos. Si no la tienes, lo que podrias hacer es crear una cuenta de pasivo con el nombre de la matriz y manejarlo como si fuera un prestamo que ella te hace, ya que ella esta cubriendo una deuda tuya (contablemente hablando), y con esta cuenta cancelar las retenciones al momento en que la matriz realize los pagos. Ahora la otra cara de la moneda va a estar en la matriz, ya que esta a pesar de que si tiene una cuenta de retenciones estas van a ser inferiores a las que en realidad entera, la solucion seria una contracuenta en pasivo de la sucursal como deudor. Saludos y espero haber sido claro.
Tópico: Urgente---Requsitos de comprobantes!!??
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: Urgente---Requsitos de comprobantes!!??
Yo considero que la mejor opción es que tu se la pongas, no estas alterando el comprobante, lo estas complementando y la Ley nunca te dice que seas tu o el proveedor o bien ambos quien llene la factura, solo te dice los requisitos que esta debe de tener. Saludos.
Tópico: Monto mínimo para devolución de IVA
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: Monto mínimo para devolución de IVA
[quote:ac3774232d="cpfpatyaguilera"]Hola, quisiera saber si existe un monto mìnimo para pedir una devoluciòn de IVA... Gracias por su respuesta!!![/quote:ac3774232d] Paty: en efecto como te contestaron anteriormente no lo hay, aunque deberias de considerar la opcion de acreditarlo contra IVA a cargos de otros periodos, ya que por la cantidad no sea conveniente realizar todo el tramite y esperar la autorización, o bien si siempre tienes saldo a favor podrias compensarlo contra otros impuestos federales an base al articulo 23 del Código Fiscal.
Tópico: IVA PERSONA MORAL ES CORRECTO?
pablocastro

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2005 Asunto: Re: IVA PERSONA MORAL ES CORRECTO?
Estimado: La parte del IVA que te puedes acreditar, es unicamente la parte retenida, es decir, si en un mes te facturan 2,000 mas IVA de 300 y retienes 200, solo te acreditas por flujo los 100 pesos, y los 200 te los acreditas cuando efectivamente los enteres por medio de tu portal bancario, la mecanica que estas manejando en los demas conceptos, considero que son correctos. Saludos

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