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Tópico: Acreditamiento de IVA
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 21, 2012 13:54:20 Asunto: Acreditamiento de IVA
Hola que tal. Estoy en una discusion con el fiscalista de mi empresa, Reusulta que debemos el IVA de todo el ejercicio 2012 Nos llega rerquerimiento de IVa de junio de 2012 En febrero de 2012 tenemos saldo a favor de IVA La opcion que se comenta es acreditar el saldo a favor de febrero de 2012 contra el iva de junio de 2012. Yo digo que si se puede, pero el 'fiscalista' dice que se tiene que aplicar en dado caso contra marzo. Yo me baso en el 6 de IVA que solo dice contra los meses siguientes hasta agotarlo. Que dicen ustedes ya me hicieron dudar
Tópico: ISR pagado en el extranjero acreditable contra IETU
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 24, 2012 16:51:18 Asunto: ISR pagado en el extranjero acreditable contra IETU
Que tal pues aqui traigo en discusion con el fiscalista de mi trabajo un punto. Tenemos ISR retenido por pagos al extranjero en el ejercicio 2010 y 2011 En la anual del ejercicio 2011 se pretende aplicar ese ISR contra IETU de acuerdo al art 8 7mo parrafo. Estamos concientes de las limitaciones que marca el art 6 LISR El punto es que el fiscalista pretende acreditar el ISR por pagos al extranjero del 2010 y del 2011 contra el ietu de 2011, y yo le digo que solo se puede acreditar el ISR del extranjero del 2011 solamente. El argumenta que tenemos 10 años para acreditarlo sin embargo yo le debato que ese plazo es unicamente para ISR. Cabe mencionar que en el ejercicio de 2011 se amortizaron perdidas fiscales por lo que en ISR no podemos acreditar ese isr del extranjero. Uds que opinan, a mi no se me hace logico que se pueda acreditar el isr pagado en el extranjero de 2010 contra ietu del 2011
Tópico: RISR 238
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 18, 2012 18:51:00 Asunto: Re: RISR 238
pero tendre saldo a favor, lo solicito y no tendre problemas?
Tópico: RISR 238
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 18, 2012 16:20:53 Asunto: Re: RISR 238
Ok de acuerdo. Pero donde me sigue brincando la duda es. El RISR 238 dice que las personas que no tengan la obligacion de presentar la anual (Este es el caso) podran hacerla siempre que de un saldo a favor a consecuencia de las deducciones personales (no tiene deducciones personales) Es por eso la duda, si me dara saldo a favor es un hecho pero no derivado de las deducciones personales. Se que me dara saldo a favor y si excede de 13970 se debe solitar con fiel. pero no estoy seguro que proceda por lo que dice el 238 de reglamento. No se si presentarla ...
Tópico: RISR 238
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 18, 2012 12:50:35 Asunto: RISR 238
Una persona fisica se acerco a mi para que le presente su declaracion anual de PF correspondiente al ejercicio 2011 Datos: Esta por sueldos y salarios Empezo a laborar en nov 2011 por lo que solo trabajo 2 meses. Los ingresos no excedieron 400 mil pesos El patron le dio su constancia y viene reflejado que no le realizo calculo anual. No tiene deducciones personales Ya me chute el 117 y veo que no esta obligado a presentar anual. sin embargo esos 2 meses laborados fueron calculados con tablas mensuales, al hacer calculo anual a fuerzas me va a dar saldo a favor por la tabla anualizada. Pero el RISR 238 me dice que solo se presente la anual cuando el saldo a favor de derive por deducciones personales. Interpreto que por el ejerccio de 2011 NO debe prersentar anual, es correcto? Supongo que si le solicito su saldo a favor me lo rechazaran ... que me dicen uds???
Tópico: Declaracion Anual PF
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 12, 2012 19:05:59 Asunto: Declaracion Anual PF
Si una persona de nacionalidad extranjera, ingresa al pais legalmente en noviembre de 2011, se da de alta en hacienda bajo el regimen de sueldos y salarios, obviamente la empresa para la cual empieza a trabajar en noviembre le retiene como cualquier asalariado y no le hace calculo anual de acuerdo al 116 LISR debido a que sus ingresos por esos 2 meses no excedieron los 400 mil pesos e inicio la prestacion de servicios posterior al 1 de enero de 2011. Esta persona tiene que presentar declaracion anual por su cuenta por este ejercicio 2011? no encuentro nada al respecto para ver si esta obligado a presentar la anual. solo como nota esta persona con su salario mensual si hubiera trabajado los 12 meses si excederia los 400 mil por lo que en su guia de obligaciones si tiene como obligacion la presentacion de declaracion anual. Alguien tiene alguna fundamentacion al respecto sobre persentar su anual por su cuenta
Tópico: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 03, 2011 12:45:38 Asunto: RETENCION POR PAGOS AL EXTRANJERO
Hola que tal En la empresa se le pagaran servicios independientes a un persona fisica chilena. de acuerdo a lisr la retencion es del 25% Pero en tratado dice que no excedera del 10% Cual es el cálculo correcto de la retencion????. Si se le da un cheque por 3500 usd Sacar el 10% a el neto percibido Pago 3,500 usd Ret 350 usd o bien piramidarlo pago 3,500 usd ret 388.90 usd podrian ayudarme con el fundamento sobre el correcto calculo de la retencion a extranjeros GrACIAS
Tópico: Legal estancia de licencias y software
Jos

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Agosto 12, 2011 11:04:12 Asunto: Legal estancia de licencias y software
Hola que tal: Resulta que acabo de entrar a trabajar y en la empresa donde laboro se dedica a las telecomunicaciones y dentro su giro, llegan a comprar licencias o software al extranjero, sin embargo por ser intangibles no pasan por aduana sino que se los mandan por correo o les mandan un link. La empresa llega a vender estas licencias a empresas nacionales pero, uno de los clientes nos pide que le demostremos que esos sitemas tienen una importacion legal al pais, o su legal estancia en el mismo. En este caso que podemos hacer?? o como se manejan estas situaciones ayuda!!
Tópico: es valida
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2011 14:13:06 Asunto: Algun moderador favor de borrar este topico creado por error
. [i]Editado: Junio 10, 2011 14:14:30[/i] [i]Editado: Junio 10, 2011 14:15:06[/i]
Tópico: Condonacion de deuda a un trabajador
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 10, 2011 13:52:25 Asunto: Condonacion de deuda a un trabajador
Hola que tal. Una de las empresas a la que le llevo la contabilidad, le descuenta por nomina una cierta cantidad a un trabajdor a cta de un automovil que la misma le vendio. yo lo registro como un anticipo y reflejo el iva cobrado. El dia de hoy la empresa factura el vehiculo al trabajador pero los anticipos no cubren la totalidad de la factura, y la empresa ya no le cobrará esa diferencia. Fiscalmente, que procede? Entiendo que ese costo lo tiene que absorver la empresa, y tengo que acumular el ingreso de la factura asi como enterar el IVA, pero la diferencia no cobrada representa para mi un gasto no deducible? o hay otra alternativa? Para el empleado leyendo el 167 FI seria ingreso acumulable correcto?? O hay algo mas que no estoy contemplando fiscalmente hablando Saludos

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