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21/Ago/12 13:54
Acreditamiento de IVA

Hola que tal.

Estoy en una discusion con el fiscalista de mi empresa,

Reusulta que debemos el IVA de todo el ejercicio 2012
Nos llega rerquerimiento de IVa de junio de 2012
En febrero de 2012 tenemos saldo a favor de IVA

La opcion que se comenta es acreditar el saldo a favor de febrero de 2012 contra el iva de junio de 2012.

Yo digo que si se puede, pero el 'fiscalista' dice que se tiene que aplicar en dado caso contra marzo.

Yo me baso en el 6 de IVA que solo dice contra los meses siguientes hasta agotarlo.

Que dicen ustedes ya me hicieron dudar
 
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Jos
Sargento Segundo

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21/Ago/12 14:27
Re: Acreditamiento de IVA

BUEN DIA

NO HE VISTO NADA QUE DIGA QUE SI TIENES UN SALDO A FAVOR DE IVA, TE LO TENGAS QUE ACREDITAR AL MES INMEDIATO POSTERIOR EN QUE LO PUEDAS USAR, POR CONSIGIENTE ESTA A TUS NECESIDADES (CRITERIO), SI LO OCUPAS EN MARZO, O SI LO QUIERES ACREDITAR HASTA JULIO

SI ALGUIEN TIENE UN FUNDAMENTO PARA SU CORRECTO ACREDITAMIENTO, SERIAMOS 2 LOS AGRADECIDOS



SALUDOS
 
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VAFE760604
Soldado

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21/Ago/12 14:42
Re: Acreditamiento de IVA

Hola, buen dia, es correcta tu interpretacion , recuerda q las declaraciones de IVA son definitivas y q el saldo a favor q determines en un mes lo puedes acreditar en cualquier mes siguiente. Mejor dile a tu asesor q te diga donde dice lo q el afirma q tiene q ser contra marzo. O mejor aun y si en marzo tuvieras otra vez saldo a favor q harias con el saldo a favor de iva de febrero.?
 
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grupoimper
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21/Ago/12 15:28
Re: Acreditamiento de IVA

En cuestion de IVA son pagos definitivos, sin embargo los saldos a favor los vas llevando en papales de trabajo..

ahora bien, ciertamente la ley de IVA no te dice e que mes aplicarlo...pero si te especifica que lo apliques a elección del contribuyente en los meses siguientes hasta agotarlo.

Texto de ley.

Artículo 6o.LIVA Cuando en la declaración de pago resulte saldo a favor, el contribuyente [color=blue]podrá acreditarlo contra el impuesto a su cargo que le corresponda en los meses siguientes hasta agotarlo,[/color] solicitar su devolución o llevar a cabo su compensación contra otros impuestos en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación................


saludos
 
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CPhugoocejo
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21/Ago/12 16:15
Re: Acreditamiento de IVA

JOS: La Ley es muy clara y hablá de acreditar el saldo a favor en 'MESES POSTERIORES' y no exige que sea en el siguiente mes...
 
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CP_PACO
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