Si una persona de nacionalidad extranjera, ingresa al pais legalmente en noviembre de 2011, se da de alta en hacienda bajo el regimen de sueldos y salarios, obviamente la empresa para la cual empieza a trabajar en noviembre le retiene como cualquier asalariado y no le hace calculo anual de acuerdo al 116 LISR debido a que sus ingresos por esos 2 meses no excedieron los 400 mil pesos e inicio la prestacion de servicios posterior al 1 de enero de 2011.
Esta persona tiene que presentar declaracion anual por su cuenta por este ejercicio 2011?
no encuentro nada al respecto para ver si esta obligado a presentar la anual.
solo como nota esta persona con su salario mensual si hubiera trabajado los 12 meses si excederia los 400 mil por lo que en su guia de obligaciones si tiene como obligacion la presentacion de declaracion anual.
Alguien tiene alguna fundamentacion al respecto sobre persentar su anual por su cuenta
Buen dia, efectivamente no hay obligacion de presentar declaracion anual, pero si la presenta ( ya q tiene la opcion) lo mas seguro es q le quede saldo a favor.