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Tópico: Cual es el ISR propio en este caso?
aldofizcalizta

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2010 20:27:05 Asunto: Cual es el ISR propio en este caso?
Que tal compañeros, tengo una duda que no puedo sacar de mi cabeza desde ya dias, tengo problema para identificar el isr propio debido a lo que dice la ley del IETU sobre que el isr propio se formara por el ISR retenido al contribuyente ademas del ISR efectivamente pagado, sin embargo (aqui es donde tengo duda), dice que no se considerara isr efectivamente pagado el isr que se hubiere cubierto con acreditamientos. Por lo que yo entiendo que el ISR propio es la suma del isr retenido mas la cantidad que sale luego de sumar la cuota fija, pero la verdad no logro entenderlo bien. Por ello para exponer mejor el caso pongo 2 ejemplos donde sin que sea mucha molestia les pido si podrian ayudarme a identificar el isr propio. ejemolo: CASO 1 + cuota fija 20 = ISR a cargo 100 - Pagos Prov. 20 = ISR Pago Prov. 80 - ISR Retenido 50 = ISR a pagar 30 Pregunta. ¿cual es el ISR propio del periodo en este caso? CASO 2 + cuota fija 20 = ISR a cargo 100 - Pagos Prov. 20 = ISR Pago Prov. 80 - ISR Retenido 90 = ISR a pagar 0 ¿En este caso cual es el ISR propio del periodo? AT. ALDO
Tópico: M doy d alta en Jul.´09 uso las tablas de enero? (PP ISR)
aldofizcalizta

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 30, 2009 00:06:40 Asunto: Re: M doy d alta en Jul.´09 uso las tablas de enero? (PP ISR)
muchas gracias!
Tópico: M doy d alta en Jul.´09 uso las tablas de enero? (PP ISR)
aldofizcalizta

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 28, 2009 23:38:17 Asunto: M doy d alta en Jul.´09 uso las tablas de enero? (PP ISR)
Que tal compañeros.. La situacion es la siguiente: Me doy de alta en hacienda como P.F. Servicios profesionales, el 1ero de Julio de 2009, y voy a realizar mi calculo de pagos provicionales, por el correspondiente mes. Resulta que tengo una base de 13,000 a la cual debere aplicarle la tarfia del 113. Para lo cual me ayudare de las tablas proporcionadas por el SAT. La incognita es: debere usar las tablas del mes de Julio ó las tablas del mes de enero? Mi pregunta deriva del fundamento de que como no tengo ingresos acumulados, debido a que recien me di de alta, no me corresponde una tarifa donde se esten tomando encuenta limites acumulados. Claro por mi seria mejor usar la de julio, asi me sale un impuesto a cargo mucho menor, que si usara las de enero. Bueno esa es mi duda espero me puedan auxiliar. Gracias. at. aldo

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