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Tópico: duda en el planteamiento
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 20, 2008 18:16:21 Asunto: duda en el planteamiento
tengo el siguiente planmteamiento una persona moral en 2008 vende un terreno q adquirio en 2005 los datos son los siguientes: precio de venta 59,400,000 costo fiscal 8,654,000 utilidad 50,736,000 menos perdidas x amort 2007 15,911,185 igual utilidad vta 34,824,815 por tasa isr 28% isr pagar anual 2008 9,750,948.20 Se hizo el supuesto para efectos de comparacion de aplicarle a esta venta toda la perdida q tenia por amortizar sin tomar en cuenta los datos de su operacion normal, no genera pagos provisionales en 2008 porque no tiene coeficiente de utilidad. Mi duda radica ahora cuando se junta en el ietu ahi si hay pago provisional en el mes que se venda p.venta 59,400.000 deduccion puede aplicar alguna deduccion para ietu? utilidad base ietu 59,400,000 tasa ietu 16.5% ietu pago provisional 9,801,000 Lo q nome queda claro tambien es la anual de 2008 voy a tener un pago de 9801000 de ietu en provisionales, voy atener que pagar a parte 9750948.20 que es el isr que me da en la anual? no me queda claro no s esi estoy omitiendo algo . gracias por su ayuda.
Tópico: reparto de dividendos
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 09, 2008 10:07:41 Asunto: reparto de dividendos
Buenos dias que utilidad contable se toma para ver si se puede repartir dividendos de la cufin que se genera, los resultados acumulados contables antes de reexpresion (b10) o los resultados contables ya incluidos el importe reexpresado. gracias [i]Editado: Octubre 09, 2008 10:08:21[/i]
Tópico: oficio invitacion sat
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2008 18:17:20 Asunto: Re: oficio invitacion sat
buenas tardes muchas gracias por sus valiosas opiniones y el fundamento saludos
Tópico: oficio invitacion sat
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2008 18:17:20 Asunto: Re: oficio invitacion sat
buenas tardes muchas gracias por sus valiosas opiniones y el fundamento saludos
Tópico: oficio invitacion sat
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2008 14:03:03 Asunto: oficio invitacion sat

Buenas tardes el dia de hoy notificaron un oficio invitacion que en resumen dice lo siguiente "con motivo del analisis de la informacion contenida en sus declaraciones correspondientes a los ejercicios 2006, 2007 y 2008, esta administracion local de servicios al contribuyente detecto decrementos en los pagos efectuados y omisiones de pagos, razon por la cual me permito formular a usted una atenta invitacion para que acuda a la cale xxx a las 11 horas del 10 de septiembre del año en curso, con la documentacion necesaria que aclare los pagos de sus impuestos determinados en dichos ejercicios. Lo anterior, a fin de que se aclaren los comportamientos de sus pagos con base en los elementos que aporte" cabe aclarar lo siguiente:

1)es una empresa dictaminada por lo que dicen de omision depagos no puede existir ya que en el dictamen se revisa el calculo y que todos los impuestos esten declarados

2)2008 no ha terminado el ejercicio y ahi hablan de un ejercicio

Alguien a  recibido algun oficio parecido , como han sido esas revisiones saludos

Tópico: nuevo programa f3241 electronico
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2008 Asunto: Re: nuevo programa f3241 electronico
Esta es la regla que esta vigente en este momento ya que en la primera resolucion la modificaron pero esa modificacion entrara en vigor hasta el 1 de agosto de 2008: Aviso de compensación II.2.2.7. Para los efectos del artículo 23 del CFF, el aviso de compensación se presentará mediante la forma oficial 41, acompañada según corresponda, de los Anexos A, 1, 1-A, 2, 3, 5 y 6 de las formas oficiales 32 y 41. Los contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes, y que tengan saldo a favor en materia del IVA, ISR e impuesto al activo, deberán presentar el aviso de compensación utilizando adicionalmente, los dispositivos ópticos (disco compacto) que contengan los archivos con la información de los Anexos A, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15, según corresponda. Dicha información deberá ser capturada para la generación de los archivos, a través del programa electrónico disponible al efecto en la página de Internet del SAT. El llenado de los Anexos se realizará de acuerdo con el Instructivo para el llenado del programa electrónico, mismo que estará también disponible en la citada página. En caso de que dichos contribuyentes presenten los Anexos A y 7 antes referidos, quedan relevados de presentar los Anexos 1 y 1-A a que se refiere el primer párrafo de la presente regla. Por lo que se refiere a las personas morales que dictaminen sus estados financieros y sean competencia de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, en materia de ISR e impuesto al activo, además de presentar la forma oficial 41, deberán presentar los Anexos A y 8 mediante los dispositivos ópticos (disco compacto), generados con el programa electrónico a que hace referencia el párrafo que antecede. Tratándose de saldos a favor del IVA, deberán presentar adicionalmente, los medios magnéticos a que se refiere el rubro C, numeral 8, inciso d), punto (2), del Anexo 1 que contengan la relación de sus proveedores, prestadores de servicios y arrendadores, que representen al menos el 80% del valor de sus operaciones, así como la información correspondiente a la totalidad de sus operaciones de comercio exterior, operaciones de importación y exportación. La documentación e información a que se refiere esta regla deberá presentarse en términos de la regla II.1.2. de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes plazos................................................... mi duda como les planteaba es que es una empresa dictaminada pero no pertenece a grandes contribuyentes el titulo del anexo 8 es confuso "determinacion del saldo a favor del isr e impac para el sector financiero y otros grandes contribuyentes que no consolidad", al dar de alta a la empresa y el aviso de compensacion en ese programa en automatico habilita este anexo y por ejemplo si estoy compensando un saldo a favor de iva contra el ietu no veo el porque tenga que llenar la informacion ya que es el desglose de todos los pagos provisionales de isr etc etc. saludos
Tópico: nuevo programa f3241 electronico
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2008 Asunto: Re: nuevo programa f3241 electronico
pregunta?
Tópico: nuevo programa f3241 electronico
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2008 Asunto: nuevo programa f3241 electronico
Buenos dias sobre el nuevo programa electronico f3241 en cuanto al anexo 8 "determinacion del saldo a favor del isr e impac para el sector financiero y otros grandes contribuyentes que no consolidad", lo tiene que llenar una persona moral dictaminda pero que no pertenece a grandes contribuyentes ya que la regla miscelanea me confunde con el titulo del anexo y al dar de alta a la empresa y el aviso de compensacion en automatico habilita este anexo .....gracias y saludos
Tópico: deben retenerle iva!!
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2008 Asunto: Re: deben retenerle iva!!
Gracias por sus observaciones la distribuidora le va cobrar el flete en la nota de cargo al cliente , mi observacion suposicion o duda como quieran llamarle es que la distribuidora para hacer esto contrato una fletera para que haga esto por su cuenta y mi duda es que la distibuidora al cobrarle este servicio al cliente no tiene como actividad principal la de hacer los traslados o fletes si se tiene que poner en el concepto de la nota de cargo que es un flete o traslado lo cual generaria la retencion. saludos y gracias a los colegas por interesarles mi duda
Tópico: deben retenerle iva!!
sosaarceo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2008 Asunto: Re: deben retenerle iva!!
Mi opinion es que no debe ponerse retencion en la nota de cargo porque no tiene una actividad de auotransporte terrestre de bienes pero precisamente ahi surgio mi duda si es correcta o no mi apreciacion o si es correcto que se modifique el concepto de la nota de cargo para que no haya retencion de iva....saludos

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