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Tópico: IDE DE PERSONAS NO INSCRITAS EN EL RFC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2010 01:55:14 Asunto: Re: IDE DE PERSONAS NO INSCRITAS EN EL RFC
contador : hay varias dudas en tu pregunta, por ejemplo no dices a que año corresponde la retencion del ide de $ 120.00 , la persona que abrio si debe tener rfc, endtonces si es asi y si estas de acuerdo que rebases los limites del ide, entonces ve al sat con la carta y que te diga como vas a pagar, si es que esa persona no esta registrada ante el sat. considero que el sat te va decir que lo registres porque son ingresos para esa persona . lo que deberias de hacer es que le hagan una transferencia electronica para que de esa manera ya no le retengan el ide. saludos
Tópico: DESCARGUE UN IMPUESTO EN UNA CUENTA EQUIVOCADA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2010 01:20:54 Asunto: Re: DESCARGUE UN IMPUESTO EN UNA CUENTA EQUIVOCADA
contador: efectivamente como dicen los colegas el pago ya se realizo al sat correctamente, ahora lo que debes hacer es documentarla y crear el pasivo en tu contabilidad para cuando le hagas la transferencia o cheque a la persona fisica se cancele el pasivo correspondiente. Te sugiero que la empresa haga una carta diriga a la persona fisica explicando lo sucedido y que quede como respaldo. por si hay una auditoria a futuro. saludos
Tópico: NO MAS DECLARACIONES INFOMATIVAS DE IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2010 01:10:44 Asunto: Re: NO MAS DECLARACIONES INFOMATIVAS DE IETU
contador: gracias por la informacion pero hay que decir las cosas completas ya que nada mas quitaron la obligacion de presentar el listado de conceptos del Ietu, pero ahora dice que la informacion va ser anual, en enero de 2011, tendremos que presentarla de forma anualizada, tambien dice que van a salir nuevas reglas en la miscelanea fiscal, esperaremos que dicen ? saludos
Tópico: Credito fiscal de IETU por perdidas aplicable a pagos provisionales ISR
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2010 01:00:30 Asunto: Re: Credito fiscal de IETU por perdidas aplicable a pagos provisionales ISR
contador: no se puede acreditar contra los pagos provisionales de isr 2009, porque no lo permite la ley del ietu. nada se permite contra isr anual del mismo ejercicio. checa el art. 11 segundo parrafo de IETU, ahi te dice que lo puedes acreditar contra pagos provisionales del ietu hasta en 10 ejercicios posteriores tambien es muy importante decirte que si no lo acredites cuando tenias las posibildades de hacerlo, pierdes el derecho articulo sexto parrafo del art. 11 IETU. saludos
Tópico: COPIAS DE FACTURAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2010 00:16:01 Asunto: Re: COPIAS DE FACTURAS
contador: Estas haciendo las cosas incorrectas ya que cuando haces la provision en mayo debes anexar una copia de la factura y cuando la pagues en junio debes anexar al cheque o transferencia bancaria la factura original, porque de esa manera el auditor o cualquier persona que revise tu contabilidad se cerciora de que pagastes. el articulo es el que señalo el compañero 29 del RCFF. Y el auditor tendria razon en parte de no considerar el iva acreditable porque no hay ningun comprobante anexo a la poliza cheque. te sugiero que les anexes los orignales a la poliza cheque sacandole una copia para la poliza de la provision. Hay que reconocer nuestros errores y corregirlos. saludos
Tópico: ietu
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 02, 2010 23:55:47 Asunto: Re: ietu
contadora: checa el art. 31, fraccion XiX, primer parrafo de la ley ISR, te señala el plazo y te dice claramente que la deduccion que quiera uno deducir debe corresponder al mismo ejercicio. Es correcto, que esos gastos de 2009 son no deducibles si los pagas en el 2010. Por esa razon hay que tener cuidado al cierre del ejercicio fiscal de las cuentas de proveedores que deberian quedar saldadas al cierre del mismo, para que sean deducibles. saludos
Tópico: COMPENSACION CANCELADA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 02, 2010 22:22:47 Asunto: Re: COMPENSACION CANCELADA
contador: Si te cancelaron la compensacion , y si ya preguntaste y te dan la solucion por la via del papel y asistir al modulo del sat, no te queda mas lo que ellos te indicaron, lastima porque donde queda la normativad, Habria que poner una queja hacia el secretario de hacienda para indicarle lo que esta sucediendo y que le den solucion, y que respeten las normas. una sugerencia podria ser que el remante del iva no lo compenses si no lo acredites contra el iva que tenga por pagar la empresa posterirmente, asi de esa manera no tienes que presentar ningun aviso de compensacion . saludos
Tópico: Baja y Reanudación de trabajadores por el patrón
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2010 20:28:00 Asunto: Re: Baja y Reanudación de trabajadores por el patrón
MUCHAS GRACIAS POR LA REFRESCADA MEMOLI CONSIDERO QUE MUY POCOS COLEGAS LO ESTEN LLEVANDO A CABO, EN LUGAR QUE HACENDA SIMPLIQUE LAS COSAS NOS CARGAN DE TRABAJO MAS. SALUDOS
Tópico: enajenacion de un terreno por una persona física
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2010 19:57:54 Asunto: Re: enajenacion de un terreno por una persona física
CONTADORA: TIENES QUE AGREAR TODA LA INFORMACION DE LA VENTA DEL TERRENO EN LA DECLARACION ANUAL Y AHI ACREDITAS EL IMPUESTO QUE TE HAYAN RETENIDO. DE HECHO EL NOTARIO PUBLICO QUE TIENE QUE DAR TODA LA INFORMACION POR LA ESCRITURA DE LA ENAJENACION. DE HECHO LOS GASTOS QUE EL NOTARIO HAYA COBRADO A TU CLIENTE SON DEDUCIBLES ADEMAS DEL AJUSTE AL COSTO DEL INMUEBLE. SALUDOS
Tópico: Qué tiempo tiene la autoridad?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2010 19:51:53 Asunto: Re: Qué tiempo tiene la autoridad?
CONTADORA: CON SOS ARGUMENTOS QUE DICES QUE NUNCA RECIBIO EL CONTRIBUYENTE LA RESOLUCION DE LA AUTORIDAD, SI LA RESOLUCION NO TE ES FAVORABLE A TU CLIENTE ENTONCES ESO SON ARGUMENTOS QUE TENDRA EL ABOGADO PARA HECHAR A BAJO ESA RESOLUCION POR HABER DEJADO EN ESTADO DE INDEFENSION A TU CLIENTE YA QUE ESTARIAN VIOLANDO SUS DERECHOS CONSTITUCIONALES. TE RECUERDO QUE SI LA AUTORIDAD NO TE HACE ACASO TENDRIAS QUE IRTE A LOS TRIBUNALES SALUDOS

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