Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de playense

Autor Mensaje
Tópico: PROPINAS. NO FORMAN PARTE DEL SALARIO CUANDO EL TRABAJADOR ES GERENTE...
playense

Mensajes: 18
Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 30, 2010 13:10:27 Asunto: Re: PROPINAS. NO FORMAN PARTE DEL SALARIO CUANDO EL TRABAJADOR ES GERENTE...
CONTADOR: MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION SALUDOS
Tópico: Beneficios fiscales al comprar un vehiculo por arrendamiento financiero
playense

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2010 15:49:33 Asunto: Re: Beneficios fiscales al comprar un vehiculo por arrendamiento financiero
CONTADOR: El arrendamiento financiero es bueno porque no desenbolsas el 100% de costo del automovil, si es que no tiene todo el dinero. O no quieres desviar todo el dinero para eso porque tienes otros planes de operacion .. Te recuerdo que para el IETU, no podras deducirle todo al 100% porque no lo pagas todo al 100%, tampoco para el IVA podras acreditar todo al 100%, Para ISR , tienes que irte a los articulos 44 y 45, para que determines el valor o monto de inversion del activo para que le apliques el % a depreciar. tu amigo te dice que hay estrategias para iva , que te diga cuales y los fundamentos legales saludos
Tópico: activos de transporte
playense

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2010 14:45:44 Asunto: Re: activos de transporte
SERIA UNA ENAJENACION DE BIENES POR LO TANTO ESTARIA AFECTA PARA ISR, IETU, E IVA. PARA QUE NO SEA UNA ENAJENACION TENDRIA QUE OPCUPAR LA FIGURA DE ESCISION O DE FUSION SALUDOS
Tópico: activos de transporte
playense

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2010 14:45:43 Asunto: Re: activos de transporte
SERIA UNA ENAJENACION DE BIENES POR LO TANTO ESTARIA AFECTA PARA ISR, IETU, E IVA. PARA QUE NO SEA UNA ENAJENACION TENDRIA QUE OPCUPAR LA FIGURA DE ESCISION O DE FUSION SALUDOS
Tópico: RECHAZO DE LA AUTORIDAD POR CORRECION DE PAGO
playense

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2010 14:39:58 Asunto: Re: RECHAZO DE LA AUTORIDAD POR CORRECION DE PAGO
contadora. 1.- debes presentar delcaracion anual complementaria donde aparezca el saldo a favor del ietu 2008, que son los pagos que hicistes 2.- tienes que pagar el isr retenido de los asimilados que no hicistes con act y recargos, porque ademas es requisito para ser deducible, enterar las retenciones. art. 31 LISR 3.- una vez que presentes la declaracion anual complementaria del ietu, entonces ya puedes compensar ese saldo a favor del ietu 2008, contra ISR, IETU, IVA , ETC QUE HAGAS EN 2010. 4.- El aviso de compensacion lo puedes hacer por internet que es muy sencillo reuniendo todos los requisitos que pide el sat.
Tópico: CONTABILIDAD EXTRAVIADA
playense

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2010 14:28:40 Asunto: Re: CONTABILIDAD EXTRAVIADA
contador: independientemente que se levante una acta ante el ministerio publico, en mi opinion deberia de solicitarle a tu cliente que vaya al banco y solicite una copia de los estados de cuenta de los meses que te hagan falta. Los bancos si te dan copias nada mas que se tardan. Una vez que los tengas ahi aparecen los ingreos y los gastos que hizo. Eso te ahorra ir al sat para que te estimen porque de esa forma las cantidades a pagar van a ser altas. Tambien puedes hacer lo que dice uno de los foristas que solicites copia a los clientes que el sabe les expidio recibo de honorarios. Ya nada mas faltaria sobre los gastos que ahi si los tendrias que estimar, tomando encuenta la declaracion del año pasado para que veas el % de utilidad. Debes informarle a tu cliente sobre la problematica de elaborar la diot, sobre las posibles multas Nos mantienes informados de como tu caso, saludos
Tópico: CERTIFICACIONES EXPEDIDAS POR EL IMSS
playense

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 23, 2010 14:07:45 Asunto: Re: CERTIFICACIONES EXPEDIDAS POR EL IMSS
contador Lobozac: Gracias por la informacion, es importante estar al dia, saludos
Tópico: PERDIDA INFORMACION CONTABLE
playense

Mensajes: 13
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2010 13:35:02 Asunto: Re: PERDIDA INFORMACION CONTABLE
contador: 1.- lo primero que debes hacer es levantar una acta de hechos ante el ministerios publico o notario publico, porque notario publico porque una vez pregunta por aca y me dijieron en el ministerio publico que ya no lo hacian ellos, que tenia que ir con un notario publico, checalo en tu ciudad. 2.- la autoridad del sat te va decir que estas obligado a reconstruir la contabilidad, asi que hay que volver a capturar la informacion, no te qued otra. 3.- Checa con los ingenieros en sistemas de los buenos porque yo se que luegon si pueden recuperar los datos del disco duro. recomendacion siempre haz respaldos saludos
Tópico: PERDIDA INFORMACION CONTABLE
playense

Mensajes: 13
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2010 13:35:02 Asunto: Re: PERDIDA INFORMACION CONTABLE
contador: 1.- lo primero que debes hacer es levantar una acta de hechos ante el ministerios publico o notario publico, porque notario publico porque una vez pregunta por aca y me dijieron en el ministerio publico que ya no lo hacian ellos, que tenia que ir con un notario publico, checalo en tu ciudad. 2.- la autoridad del sat te va decir que estas obligado a reconstruir la contabilidad, asi que hay que volver a capturar la informacion, no te qued otra. 3.- Checa con los ingenieros en sistemas de los buenos porque yo se que luegon si pueden recuperar los datos del disco duro. recomendacion siempre haz respaldos saludos
Tópico: ALTA TRABAJADOR JORNADA REDUCIDA
playense

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 23, 2010 13:20:02 Asunto: Re: ALTA TRABAJADOR JORNADA REDUCIDA
contador: el reglamento de la ley del seguro social en su art. 62 procedimiento para determinar el SBC, en su fraccion II, DICE: EN TRABAJADORES CON SEMANA REDUCIDA II.- Si el trabajador labora semana reducida y su salrio es fijado por dia, determinar el salario base de cotizacion sumando los salarios que perciba por los dias trabajados en una semana, mas el importe de las prestaciones que lo integran y la parte proporcioanl del septimo dia y los dividira entre siete; el cociente sera el salario base de cotizacion. Si el salario asi calculado resultara inferior al minimo de la region respectiva debera ajustarse a este. te recuedo que debes calcular las prestaciones de ley federal de trabajo como son vacaciones y prima vacaional , se la sumas a los $ 50.00 y el septimo dia es el dia de descanso. saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26