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01/Jul/10 18:26
ietu

hola buenas tardes
tengo una duda, me acaban de decir que los pagos que hice en enero 2010
que son de proveedores de 2009 no entran para ietu
espero y alguien me pueda ayudar
gracias
bye
 
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celiasilerio
Soldado

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01/Jul/10 18:31
Re: ietu

y te dieron el fundamento legal...???

Recuerda IETU se causa conforme al FLUJO DE EFECTIVO.


Saludos
 
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lcruizuscanga
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01/Jul/10 18:44
Re: ietu

Celia:

'...me acaban de decir que los pagos que hice en enero 2010
que son de proveedores de 2009 no entran para ietu'


Hola.
Consulte el Art. 6 FIII, IV LIETU yArt. 9no. Transitorios LIETU...
Comenta?

Salu2!!!!
 
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memoli
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01/Jul/10 18:45
Re: ietu

celiasilerio:
..... los pagos que hice en enero 2010
que son de proveedores de 2009 no entran para ietu .
..
Verifica a ver si te aplica lo siguiente:


RMF 2010-2011

Comprobantes expedidos en el ejercicio anterior al pago

I.4.2.6.Para los efectos del artículo 6, fracción IV de la Ley del IETU, también se considera que se cumple el requisito relativo a la fecha de expedición de la documentación comprobatoria establecido en el artículo 31, fracción XIX, primer párrafo de la Ley del ISR, cuando el comprobante respectivo haya sido expedido en un ejercicio fiscal anterior a aquél en el que se haya efectivamente pagado la erogación deducible.

LISR 31, LIETU 6



Saludos
 
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CHAVALON
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02/Jul/10 23:55
Re: ietu

contadora:

checa el art. 31, fraccion XiX, primer parrafo de la ley ISR, te señala el plazo y te dice claramente que la deduccion que quiera uno deducir debe corresponder al mismo ejercicio.

Es correcto, que esos gastos de 2009 son no deducibles si los pagas en el 2010.

Por esa razon hay que tener cuidado al cierre del ejercicio fiscal de las cuentas de proveedores que deberian quedar saldadas al cierre del mismo, para que sean deducibles.

saludos
 
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playense
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03/Jul/10 11:57
Re: ietu

contadora:

checa el art. 31, fraccion XiX, primer parrafo de la ley ISR, te señala el plazo y te dice claramente que la deduccion que quiera uno deducir debe corresponder al mismo ejercicio.

Es correcto, que esos gastos de 2009 son no deducibles si los pagas en el 2010.

Por esa razon hay que tener cuidado al cierre del ejercicio fiscal de las cuentas de proveedores que deberian quedar saldadas al cierre del mismo, para que sean deducibles.



contador playense, la autora no esta hablando de requisitos para deducciones de personas morales en ISR ( ni hace falte que lo aclare, pues estamos en IETU ), que dicho sea de paso el mencionado articulo 31 LISR no establece que sean pagadas en el ejercicio del comprobante, solo dice q se deduscan para ISR y eso es muy diferente al tema planteado


el fundamento de la autora ya lo dio el compañero CHAVALON y memoli


SALU2



Editado: Julio 03, 2010 12:04:21

Editado: Febrero 22, 2012 09:13:02
 
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LC.GONZALEZ
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03/Jul/10 13:28
Re: ietu

Víctor, me parece que No leíste corrrectamente la Regla que expuso mi estimado Chavalón...( checa el color rojo )


RMF 2010-2011

Comprobantes expedidos en el ejercicio anterior al pago

I.4.2.6.Para los efectos del artículo 6, fracción IV de la Ley del IETU, también se considera que se cumple el requisito relativo a la fecha de expedición de la documentación comprobatoria establecido en el artículo 31, fracción XIX, primer párrafo de la Ley del ISR




Playense expuso...


checa el art. 31, fraccion XiX


Como podrás observar, SI existe relación con el numeral ya citado.


No debemos olvidar que aún estando en la ley del IETU, también EXISTEN disposiciones que NOS REMITEN a la ley del ISR...un ejemplo..es el 6 del IETU...



saludosEditado: Julio 03, 2010 13:28:58
 
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CPhugoocejo
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03/Jul/10 13:43
Re: ietu

Q tal cp hugo pero no lo corte

I.4.2.6.Para los efectos del artículo 6, fracción IV de la Ley del IETU, también se considera que se cumple el requisito relativo a la fecha de expedición de la documentación comprobatoria establecido en el artículo 31, fracción XIX, primer párrafo de la Ley del ISR, cuando el comprobante respectivo[color=red] haya sido expedido en un ejercicio fiscal anterior a aquél en el que se haya efectivamente pagado la erogación deducible. [/color]


a menos q usted este deacuerdo con esto

Es correcto, que esos gastos de 2009 ( para IETU) son no deducibles si los pagas en el 2010.


SALU2Editado: Julio 03, 2010 13:44:16
 
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LC.GONZALEZ
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03/Jul/10 13:54
Re: ietu

No se confunda mi estimado Víctor..

Le explicaré...



Una cosa es que le mencione la ' relación ' del numeral 31 F-XIX LISR, otra muy distinta a que se aplique la NO deducibilidad.

En mi opinión, la base del IETU es sobre FLUJO DE EFECTIVO, si observa, no se está hablando de una erogación del 2008, sino DEL 2009, por lo tanto aún y lo pagué en el 2010 es deducible para EFECTOS DEL IETU. en base al numeral 6 F-III del IETU.


pd-. Corté el párrafo para señalar LA RELACION del numeral antes expuesto.


espero haber sido claro.

saludos
 
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CPhugoocejo
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03/Jul/10 14:19
Re: ietu

q tal CP hugo

jajaja

creo q estamos en el mismo canal , solo q con diferentes puntos


Saludos

Buen fin de semana





Editado: Julio 03, 2010 14:21:30
 
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LC.GONZALEZ
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