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Tópico: DEDUCIBILIDAD Y ACREDITACION
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto:
con el contrato de compra , basta .... para adjudicarte el activo y realizar las deducciones que le corrsponden , inclusive para PM puedes aplicar este criterio o de otra manera carta - factura y creeme lo puedes hacer........ eso paso con la compra de unos proyectores y un mobiliario para los seguridad y se adquirieron de esa forma, el cual no hubo ningun problema..........
Tópico: EL COLMO
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto:
de antemano como estas amigo migra,. pues no creo que bien por la regañiza que te dieron, te comento lo que me paso unos dias antes, se presentaron unos avisos de compensacion ( Un auxiliar ) y chin........ que lo regresan, me explico lo sucedido, y decidi hacer el tramite, al presentar el aviso, segun la ASESORA la suma del remanente no coincidia , y le dije me puede poner la cantidad que es en lapiz y acepto ( se amolo, mi hermano ) fui directamnete con el supervisor , y le expuse lo anterioir , el relaizo la suma y digo ,.esta bien posiblemnete usted se confundio y tomala le mostre los numeros que segun ella habia puesto y claramante le comente ya molesto, inclsive levante la vos, aqui tengo un aprueba de lo DEFICIENTE de tus asores, al ver el numero ,, se puso de mil colores y fuimos a su lugar y le pregunto,,. estos son sus numeros, se quedo callada muda, yo pienso que esa es una manera de demostrar lo DEFICIENTE de los que nos asesoran ( segun )........ Un consejo. tomate una sopita calientita y un buen filete,,, acuerdete que las penas con pan son menos...... saludos.
Tópico: Criterio, Bueno o malo ?¿?¿
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto: Criterio, Bueno o malo ?¿?¿
Buenas tardes!!! Hace algunos dias la empresa ( Grupo) en donde laboro adquirio una propuesta de comprar una empresa ( escision ) la cual se dedica a la fabricacion de botellas pet, al revisar sus estados financieros y en general la propuesta... me di cuenta que en el rubro de otros ingreso e intereses ( acumulan ganacia por venta de activo, ingresos por contratos, Intereses ganados por financiamiento, intereses bancarios, etc ) la cual acumulan al final del ejercicio ( Calculo anual ) al percatarme de dicho rubro, lo analize con el director de planeacion y finanzas de la empresa otorgante ( adquirir ) ..... y me comenta que el criterio se adopto , por el motivo de que los intereses,otros ingresos son en moneda extranjera ( eso es cierto ) y los contratos que originan los interese lo pueden pagar al fin del año , al tipo de cambio que se encuentre y ese mismo criterio fue para los de monada Nacional....... Ok pagan el isr que les corresponde....... ES BUENO A MALO o USTEDES QUE OPINAN:
Tópico: PERDON. PREGUNTA ELEMENTA ¿¿
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 02, 2005 Asunto:
Gracias por la ayuda,..... les debo una a todos, y referente a los formatos editables me parece buena idea.
Tópico: PRESENTE DOS DECLARACIONES NORMALES
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2005 Asunto:
Perdon , pero se puede hacer una complementaria por error de conceptos en donde se manifieste que la segunda declaracion es complementaria.......
Tópico: P.P. PERSONA MORAL
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2005 Asunto:
Ok, estamos de acuerdo, pero tienes un impuesto menor a el isr , es el impac, debes de revisar la contabilidad y si eres afecto a IAC debes de calcularlo y pagar por el año 2005 IAC, hasta que alcances C.U. y podras posteriormente hacer tu comparativo IAC vs ISR ( hasta que alcances C.U. )
Tópico: PERDON. PREGUNTA ELEMENTA ¿¿
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2005 Asunto:
Perdon, perdon, SIN ANEXOS..........definitamente hoy no es mi dia......... Gracias.
Tópico: URGENTE PREGUNTA FUERA DE TIEMPO?????
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2005 Asunto:
Pues, creo que ya no se puede visualizar,. .. al menos que hayas guardado en tu computadora en diferente direecion ( otro archivo ).........
Tópico: PERDON. PREGUNTA ELEMENTA ¿¿
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2005 Asunto:
Ok, gracias ,. la presentare sin avisos........ esos detalles en verdad me ponen de nervios....... nuevamnete gracias.
Tópico: RETIROS DE CUFIN
Mozart

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2005 Asunto:
Referente a la cufin, promeramnete necesitas agotar el saldo de la Cufinre : Hasta 1998 se e staba obligado d ellevar y a determinar el saldo de la cuenta de utilidad fiscal neta ( CUFIN ) Apartir de 1999 y hasta 2001 en sustitucion de la CUFIN se establece la obligacion d ellevar de determinar la Cuenta de Utilidad Fiscal Reinvertida ( CUFINRE ) A partir del 2002 se establece la obligacion de llevar y determinar el saldo de la CUFIN, desaparece la obligacion de determinar la CUFINRE, pero el saldo acumulable a 2001 debe de mantenerse actualizado. Las utilidades por la que se ha pagado impuesto totalmente, se refleja en el saldo de la CUFIN. Las utilidades por la que se se ha pagado el impuesto parcialmente se refleja en la CUFINRE . La CUFINRE se integro con utilidades sobre las que se pago parcialment el impuesto como sigue: 1999 se pago un impuesto al 32% y se difirio un 3% 2000 se pago el impuesto al 30% y se difirio un 5 % 2001 se pago el impuesto al 30% y se difirio un 5 % Cuando se distribuyan dividendos sobre el saldo de la CUFINRE se debe pagar el impuesto al 3% o 5% segun sea el caso ( segun lo comnetado antes ) El dividendo se debera de multiplicar por le factor de 1.5385 y al resultado se le aplicara el 3% o 5% resultando el impuesto ISR a pagar, el cual sera a cargo de la persona moral que lo efectue la distribucion. Primeramente debera de agotarse el saldo de la CUFINRE y posterioirmente el saldo de la CUFIN. Todo esto lo regula Fraccion XLV de las disposiciones transitorias del 2002. Los saldos de la CUFIN y de la CUFINRE actualizados hasta el 31 de dici 2003 se deberan actualizar hasta el 31 de diciembre de 2004., Los datos de la CUFIN y de la CUFINRE que se deben de actualizar son los que se reflejan en la declaracion anual del 2003. En la practica se ha adoptado que sea hasta la declaracion anual del 2004, cuando se realize el reultado fiscal de 2003, forme parte de la CUFIN ya que en terminos generales en el saldo de la CUFIN no se considera la utilidad del propio ejercicio. atendiendo lo dispuesto en Art 88 LISR 2 parrafo. Aun asi esperemos mas comentarios y tus dudas.....

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