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24/Oct/06 15:37
ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES EN ZONA FRONTRERIZA

Saludos a todos a ver si alguien me puede ayudar

Conforme al Art 2o de IVA dice que el impuesto se calculara aplicando la tasa del 10% si los actos o actividades se realizan por residentes en la región fronteriza y SIEMPRE QUE LA ENTREGA MATERIAL SE LLEVE A CABO EN LA CITADA REGION. Alguien sabe si la distribución del producto la podemos hacer desde ciudad de México sin pasar el inventario por la sucursal en zona fonteriza y unicamente recibir pedidos y facturar en esa Zona

Un abrazo a todos
 
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MORFEO
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24/Oct/06 19:59

te sugiero efectues un traspaso virtual de mercancías a tu sucursal fronteriza y sea esta quien expida la factura y sea entregada la mercancia directamente al comprador en región fronteriza.
 
TORREZ & ASOCIADOS
 
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TORREZ
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25/Oct/06 0:43
Re: ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES EN ZONA FRONTRERIZA

[quote:9629b2f60f="MORFEO"]Saludos a todos a ver si alguien me puede ayudar

Conforme al Art 2o de IVA dice que el impuesto se calculara aplicando la tasa del 10% si los actos o actividades se realizan por residentes en la región fronteriza y SIEMPRE QUE LA ENTREGA MATERIAL SE LLEVE A CABO EN LA CITADA REGION. Alguien sabe si la distribución del producto la podemos hacer desde ciudad de México sin pasar el inventario por la sucursal en zona fonteriza y unicamente recibir pedidos y facturar en esa Zona

Un abrazo a todos[/quote:9629b2f60f]

CREO QUE EL ART. ES MUY CLARO, LA ENTREGA SE DEBE HACER EN LA ZONA FRONTERIZA.

SALUDOS.
 
NULLUM TRIBUTE SINE LEGE ES NULO EL TRIBUTO SIN LEY DI NO A LA EXCLUSIVIDAD
 
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ANONIMO2
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