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14/Jun/10 20:02
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Bueno si se indica que SI existen las APORTACIONES al INFONAVIT, debo comprender que se acepta el termino de aportaciones. Entonces definitivamente si son contribuciones. Puesto que solo existe una sola definicion de APORTACIONES segun el 2 CFF, y por ende, son CONTRIBUCIONES.

Ademas el vocablo 'contribuciones' proviene del verbo CONTRIBUIR segun el art 31 F.IV, el patron o contribuyente aplica estas aportaciones (contribuciones) en favor del Estado, ni modo que no sea asi. Por simple logica, si corresponden a ser contribuciones. Si no se requiere de definiciones tibias.

Todo lo que reciba el gobierno por parte de los ciudadanos simplemente son contribuciones, para terminar pronto. Las distintas formas de obtener estos ingresos por el gobierno, ya se enumeran en el 2 CFF.


Y que el fondo del INFONAVIT son de los trabajadores, no es asi. Pues si no cumplen con los requisitos por parte del trabajador, no podra ser reintegrado el fondo para con ese trabajador, es decir simplemente no se los pagan. Si de verdad fuese de los trabajadores, entonces en cualquier momento se podrian retirar y no habria necesidad de implementar alguna demanda.

El INFONAVIT es un organismo auxiliar que se encarga de la seguridad social y no solamente los 3 que se han expresado son los unicos. Habria otros organismos mas.

Por otra parte, el contribuir tiene la finalidad de aplicarse un GASTO PUBLICO. Pues los gastos del INFONAVIT en si se encuentran dentro del presupuesto de egresos. Ni modo que no se presupuesten erogaciones del INFONAVIT pero que si se erogen.

Si hay un ingreso, apareceria en el presupuesto de ingresos, posteriormente se aplica un presupuesto de gastos. En el entedido que no solo contribuciones recibe el gobierno federal. Pero de los ingresos que recibe de los ciudadanos efectivamente son contribuciones. Sino seria muy sencillo omitir los pagos al gobierno, pues si no son contribuciones, no se estaria en el supuesto de tener que contribuir al gasto publico. Y no habrian recargos, ni actualizaciones por la aportaciones al INFONAVIT y todo seria tibiamente mal configurado juridicamente. Que la mera verdad, no observo para nada lo anterior.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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14/Jun/10 20:09
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Entonce supongo que para el IETU -en el caso CHAVALON- consideraria las APORTACIONES al INFONAVIT como ¿CONTRIBUCIONES O GASTO?

Por mi parte considero que debe de aplicarse el credito fiscal de los arts 8 y 10. Ya que si corresponden a ser aportaciones y por ende contribuciones, conforme al art 2 CFF.

Si supuestamente no son contribuciones, ni impuestos

Ademas de no deducirse como credito fiscal, y Si se dice que no son contribuciones.... tampoco se deducen como contribuciones como en el caso del 2% sobre nominas.

¿Entonces se aplican como gasto?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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14/Jun/10 20:11
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

CONEXION.........A DISTANCIA.........


PRECISAMENTE ACABO DE PLANTEAR ESA DUDA ......EN OTRO TOPICO..........A FIN DE QUE SE ACLARE UN POCO MAS ESTE ASUNTO


SALUDOS
 
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lobozac
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15/Jun/10 21:30
Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Buenas noches

Desde mi muy humilde punto de vista, quiero comentar que si son deducibles las aportaciones de Infonavit, de acuerdo al articulo 29 fraccion VIII.- Cuotas pagadas por los patrones y el Art. 31 fraccion III, IV y V 1er parrafo de la Ley de ISR.

En el Art 2 CFF Muestra la Definicion de Aportaciones de seguridad social:
Son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado


Conceptos Basicos: Aportaciones.- De seguridad Social ( Cuotas Obrero Patronales ) e Infonavit ( aportaciones empresariales )

Como puede advertirse, en realidad no se trata de verdaderos tributos o contribuciones, sino de aportes económicos que deben hacerse al Estado para que éste cumpla en relación con la clase trabajadora con algunas de las obligaciones que en materia de bienestar social y vivienda establece el artículo 123 de la Constitución a cargo de los patrones. De ahí que el CFF haga referencia a 'personas que son sustituidas por el Estado'.

En tales condiciones, cabe preguntarse: ¿Por qué estas aportaciones son objeto de regulación especifica por parte del CFF?

La respuesta debe encontrarse en el hecho de que con el objeto de facilitar su cobro, por disposición de la ley, las aportaciones de seguridad social tienen el carácter de contribuciones. Dicho en otras palabras,



Aportaciones al Infonavit, CONTRIBUCIONES O NO CONTRIBUCIONES?

Las contribuciones son objeto de un procedimiento privilegiado de cobro a través de la vía económico-coactiva o procedimiento administrativo de ejecución fiscal, se ha considerado conveniente otorgarles a estas aportaciones el tratamiento legal de contribuciones o tributos, a fin de dotar al Estado de los elementos necesarios para cobrarlas en forma oportuna y rápida.

Pero independientemente de lo anterior, las aportaciones de seguridad social nada poseen en común con las demás contribuciones (impuestos, derechos, contribuciones especiales y tributos accesorios), toda vez que no derivan de la relación jurídico-tributaria sino de obligaciones constitucionales en materia laboral. De ahí que sólo se tenga que hacer una breve referencia marginal a esta clase de aportaciones, dentro del derecho fiscal.
Editado: Junio 16, 2010 00:49:01
 
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levil
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