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13/Jun/10 13:47
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

IJUESU..........COMO ME GUSTA BUSCARLE AL ASUNTO, CREANMELO,....ME GUSTA UN MONTON APRENDER......

ESTIMADO CHAVALON

LA LEY DE INFONAVIT DICE ESTO

Artículo 29.- Son obligaciones de los patrones:

...


II.- Determinar el monto de las aportaciones del cinco por ciento sobre el salario de los
trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y
orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los
trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la presente Ley y
sus reglamentos, así como en lo conducente, conforme a lo previsto en la Ley del Seguro Social y en
la Ley Federal del Trabajo. En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite
superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social.

Estas aportaciones son gastos de previsión de las empresas y forman parte del patrimonio de los
trabajadores.

ENTONCES DONDE DIABLOS LEI......QUE SE CONSIDERABAN DE SEGURIDAD SOCIAL.....Y POR LO TANTO ....CONTRIBUCIONES ?


SALUDOS
 
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lobozac
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13/Jun/10 14:10
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=32008&idCat=11

SI,........MI CEREBRO , AUN FUNCIONA.........

AQUI LOS COMENTARIOS........AUNQUE NO ENFATICOS, SINO PRUDENTES......

DE QUE CUOTAS INFONAVIT SON CONTRIBUCIONES DE ......SEGURIDAD SOCIAL.....

Y BUSCANDO AQUI Y ALLA........LA DOCTRINA MISMA, ASI COMO VARIOS TRATADISTAS DE LA MATERIA.....ACEPTAN DE QUE SON APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL


GRACIAS

SALUDOS
 
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lobozac
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13/Jun/10 14:27
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Entonces lobozac, retomando la duda inicial, que concluyes ?.....Es o no una Contribución ?




Saludos
 
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CHAVALON
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13/Jun/10 14:37
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

SI........Y COMO ESTAMOS EN MATERIA FISCAL ..........Y DESPUES DE HABER CORRELACIONADO LO ANTERIOR..........

CFF

Artículo 2o.- Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera:

O SEA, AL CLASIFICARSE, SUPONEMOS QUE LA CONTRIBUCION 'ENCIERRA' A LA APORTACION

Y LA APORTACION ENTONCES SE CONVIERTE EN UNA CONTRIBUCION,......


II. Aportaciones de seguridad social son las contribuciones


ES MI CONCLUSION......QUE PUDIERA NO SER LA DE OTROS COMPAÑEROS.........LO CUAL ES MUY RESPETABLE

PERO Y TU QUE OPINION AL RESPECTO TIENES ESTIMADO COMPAÑERO CHAVALON ?


SALUDOS
 
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lobozac
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13/Jun/10 14:37
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

lobozac:
....QUE LAS APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL..........INCLUIAN A LAS DE INFONAVIT.......CONVIRTIENDO A ESTAS,...EN CONTRIBUCIONES...
...
En mi participación que citas, señalé exactamente lo contemplado en la LIF en su Inciso B, jamás expresé que las Aportaciones del Infonavit, fuesen Contribuciones.

En ese Inciso, clasifica las Aportaciones del Infonavit, entre otras, independientes y en otro 'apartado' de los Impuestos y de las Contribuciones




Saludos
 
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13/Jun/10 14:40
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Mi opinión no ha variado desde un principio y sigue siendo la misma:

LAS APORTACIONES AL INFONAVIT, NO SON CONTRIBUCIONES




Saludos
 
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13/Jun/10 14:40
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

IJUESU..........ES QUE ANALOGAMENTE..........LO MENCIONASTE..................ANALOGAMENTE ASI LO ENTENDI...........

PREGUNTA: DENTRO DE LA 'SEGURIDAD SOCIAL' ENTRAN LAS CUOTAS PAGADAS A INFONAVIT ?......esto para efectos del credito fiscal por ass respecto del ietu



A LA DUDA QUE PLANTEE COMENTASTE ..........'SI ENTRAN'.........



BUEN DÍA LOBOZAC:

EN LA UNAM SE IMPARTE LA MATERIA 'DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL', EN LA MISMA SE INCLUYEN ENTRE OTRAS, LA LEY DEL INFONAVIT:

Universidad Nacional Autónoma de México

Derecho de la Seguridad Social[/b:cbdb494ce7]

Cuarta Unidad

4.-MARCO JURÍDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN MÉXICO

4.1 Ley del Seguro Social.
4.2 Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
4.3 Ley del ISSSTE.
4.4 Los riesgos del trabajo en la Ley Federal del Trabajo.
4.5 Ley del ISSFAM.
4.6 Desarrollo Integral Familiar (DIF).
[b:cbdb494ce7]4.7 Ley del INFONAVIT.
4.8 Ley General de Salud.
4.9 Facultad de los Estados de la Federación para legislar en materia de seguridad social para los servidores públicos al servicio de los Estados y Municipios.

POR ELLO MI OPINIÓN ES QUE LA SEGURIDAD SOCIAL 'ABARCA' NO SOLAMENTE ASPECTOS DE SALUD, SINO TAMBIÉN DE VIVIENDA

pues si,............me confundi.........





GRACIAS POR TUS COMENTARIOS

SALUDOS



Editado: Junio 13, 2010 14:51:35
 
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lobozac
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13/Jun/10 22:21
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

El termino generico CONTRIBUCIONES abarca otros conceptos especificos, entre ellos IMPUESTOS y las APORTACION Leer el Art 2 CFF

Asi que los IMPUESTOS o las APORTACIONES si puediesen ser CONTRIBUCIONES

La definicion establecida al art 32 con relacion a IMPUESTOS, es de que se trata de un solo tipo de contribuciones bien especificadas, SOLAMENTA IMPUESTOS A CARGO DEL CONTRIBUYENTE, dando entender que el IVA que no es un impuesto a cargo de terceros pudiese ser deducible en ciertas circunstancias, que el mismo art 32 lo establece.

Las APORTACIONES no se hace referencia en este art 32 por lo menos en la parte que se señalo, asi que la interpretacion a contrario sensus, no procede. Pues es para aplicarse a IMPUESTOS y no para las aportaciones.

Las aportaciones serian un gasto comun y corriente segun el art 31 LISR o en el 29 se establecen como deducibles.

La LI sirve para definir conceptos especificos de los IMPUESTOS, APORTACIONES, pero quien define de manera directa la definicion es el art 2 CFF. Que ninguna de las dos leyes se entreponen a sus aplicaciones de los conceptos prestablecidos en las leyes fiscales.

Cuando la ley generaliza hay que tomar ese concepto como el generico. Pero cuando la ley aplica un concepto especifico, es que debe aplicarse unicamente a la parte especifica y no para el resto de los conceptos o distinciones.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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14/Jun/10 10:11
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

lobozac:
pues si,............me confundí......
.....
Así es mi estimado, creo que te confundiste.



Saludos




Editado: Junio 14, 2010 10:12:36
 
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14/Jun/10 15:19
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Buena tarde:

Regreso con mi cometario, partiendo del concepto de previsión social, según el Diccionario Jurídico Mexicano, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Editorial Porrúa, Tomo P –Z, Páginas 3010 y 3011:

PREVISIÓN SOCIAL. I. El conjunto de acciones públicas o privadas destinadas a la protección de la población en general y de los trabajadores y sus familias en particular, contra las contingencias o desastres que provengan de situaciones imprevistas……
……………………………
IV- La previsión social en nuestro país ha alcanzado un notable desarrollo no obstante los factores negativos que en ocasiones se han presentado para dificultar su implantación y su desenvolvimiento. Desde principios del siglo XX, la preocupación por asegurar la vida de los trabajadores dio origen a las primeras reglamentaciones laborales. Históricamente, antes de surgir el derecho del trabajo entre nosotros, surgieron leyes que impulsaron el mutualismo, la seguridad social incipiente y los primeros derechos sociales. Éstos se afirmaron en la C de 1917 con la inclusión, dentro de sus normas, de aa. tan importantes como el 27, el 28 y el 123, asombro de legisladores de otros países y otra latitudes.

Es en el texto de estas disposiciones constitucionales donde está la base de la previsión social mexicana;…………………


Así pues, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Título Sexto Del Trabajo y de la Previsión Social, artículo 123 señala:

Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.
…………………………………………..

XII. Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones.
…………………………..
XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.


Ahora bien, el Artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, dispone:

Artículo 29.- Son obligaciones de los patrones:……………………………………………………..

II.- Determinar el monto de las aportaciones del cinco por ciento sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la presente Ley y sus reglamentos, así como en lo conducente, conforme a lo previsto en la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo. En lo que corresponde a la integración y cálculo de la base y límite superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social.

Estas aportaciones son gastos de previsión de las empresas y forman parte del patrimonio de los trabajadores.……………………………………………..

Significa entonces, que existen dos tipos de Previsión Social, por una parte la que constitucionalmente dispone el artículo 123 de la CPEUM, y por otra la que se establece en los artículos 8, penúltimo párrrafo y 31 Fracción XII, de la LISR, y que otorgan los patrones en beneficio sus trabajadores.

De los anteriores planteamientos se deduce que las Aportaciones al Infonavit, son un gasto deducible en términos de la fracción III del artículo 29 de la LISR, en virtud de que, se trata de un gasto de previsión social constitucional.

Saludos

Editado: Junio 14, 2010 15:22:57
 

 
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a_cano
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