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14/Jun/10 15:32
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Artículo 2o CFF.- Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera:

I. Impuestos son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que sean distintas de las señaladas en las fracciones II, III y IV de este Artículo.

II. Aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.

III. Contribuciones de mejoras son las establecidas en Ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas.

IV. Derechos son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u organos desconcentrados cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

Cuando sean organismos descentralizados los que proporcionen la seguridad social a que hace mención la fracción II, las contribuciones correspondientes tendrán la naturaleza de aportaciones de seguridad social.

Los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del Artículo 21 de este Código son accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de éstas. Siempre que en este Código se haga referencia únicamente a contribuciones no se entenderán incluidos los accesorios, con excepción de lo dispuesto en el Artículo 1o.


------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Entonces CONTRIBUCION es un concepto generico y en globa a IMPUESTOS, APORTACIONES, DERECHOS Y CONTRIBUCIONES DE MEJORAS. Ademas de los accesorios de los anteriores.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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14/Jun/10 16:14
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Tema interesante





Veamos

1-. ¿Cual es la ley máxima que rige a todas las leyes secundarias en nuestro país y que estipula el goce de una vivienda digna?, el 4 de la CPEUM, y el OBJETO de este tributo de VIVIENDA yace en este numeral,.conjuntamente con el 5 CFF.


Del numeral citado en el punto 1, nos remite al 136 LFT , que DICTA lo siguiente…

Artículo 136.- Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, está obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Para dar cumplimiento a esta obligación, las empresas deberán aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su servicio.


En Otro orden de ideas, veamos lo que estipula el numeral 30 de la Ley de Infonavit…

Artículo 30.- Las obligaciones de efectuar las aportaciones y enterar los descuentos a que se refiere el Artículo anterior, así como su cobro, tienen el carácter de fiscales

Y lo que establece el CFF en su numeral 2 F-II.


Artículo 2o.- Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, las que se definen de la siguiente manera:

II. Aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.


Es correcto que las “ aportaciones “ que haga una entidad, quien funge como un intermediario, si, hacia el trabajador y cuyo beneficio es únicamente de el, y cuyos recursos los maneja Infonavit , ahora bien, esta “ prestación “le es otorgada como una prestación complementaria de previsión social con el objeto de coadyuvar a dotarle de una vivienda de interés social propia y así consolidar un patrimonio familiar aportación o tributo considerada por las propias leyes fiscales y de seguridad social nacionales como “gastos de previsión social” de la empresas empleadoras, quienes bimestralmente los aportan al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, pero una vez que el trabajador exige su dinero, bien ganado y acumulado por todos sus años laborados, el Infonavit en forma arbitraria utiliza esos recursos para pagar o complementar una pensión, aquí es donde el trabajador NO tiene su dinero completo., aún y el sea el beneficiario.



Pregunto.. Si el INFONAVIT es un organismo autónomo, ¿tendrá facultad de exigir en cantidad liquida, propiamente una contribución omitida e incumplida y exigirla como CREDITO FISCAL al contribuyente con sus respectivos accesorios, derivado de las “aportaciones “que NO entero el contribuyente?

Concluyo que las aportaciones en seguridad social SON CONTRIBUCIONES por todo lo antes señalado.


saludos
 
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CPhugoocejo
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14/Jun/10 17:25
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

LAS CONTRIBUCIONES EN MÉXICO

POR C.P.A. MARCELO HERNÁNDEZ MENDEZ

……………………..

'Art. 31 CPEUM.- Son obligaciones de los mexicanos:

Fr. IV.- Todos los ciudadanos mexicanos tienen la obligación de contribuir para los gastos públicos y el sostenimiento de la nación, en la forma justa y equitativa que establezcan las leyes respectivas.'

Como podemos observar, el mandamiento constitucional hace énfasis en la equidad y la justicia, situaciones que, en muchas de las ocasiones, al menos en México, no son perfectamente respetadas cuando se hace un análisis exhaustivo de nuestras leyes fiscales.

También de este mandamiento, podemos derivar la palabra contribución, que el código fiscal de la federación vigente para México en su articulo segundo clasifica de la siguiente manera:

'las contribuciones en México pueden ser de cuatro tipos:

A) impuestos

B) derechos

C) contribuciones de mejoras

D) aportaciones de seguridad social'

…….

En México, existen tres grandes entidades que brindan servicios de seguridad social:

El instituto mexicano del seguro social (imss), que brinda servicios a los trabajadores privados.

El instituto de servicios social y salud para los trabajadores del estado (issste), que brinda servicios a los trabajadores del gobierno.

La secretaria de salubridad y asistencia, que brinda servicios a las personas de escasos recursos.
.......

Como puede observarse el INFONAVIT no se encuentra contenido dentro de las Instituciones arriba referidas, por lo cual LAS APORTACIONES AL INFONAVIT, NO SON CONTRIBUCIONES

LIGA:

http://actualicese.com/editorial/2003/03104.html

Saludos





Editado: Junio 14, 2010 17:33:10
 
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CHAVALON
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14/Jun/10 17:43
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

JOJOJOJO.........PUES , AQUI DICE QUE SI........

http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1766/18.pdf PAGINA 503 FINAL, 504 INICIO.....


SALUDOS
 
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14/Jun/10 17:50
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Contribuciones de
Seguridad Social

PricewaterhouseCoopers

Las cuotas obrero patronales al Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) y
las aportaciones al Instituto del Fondo
Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores (INFONAVIT
), representan
una carga importante para las empresas
y su adecuado cumplimiento permite,
además de dar certeza a la empresa en
caso de revisiones de la autoridad, el
asegurar que sus trabajadores obtengan
los beneficios correspondientes,
logrando un clima de trabajo que ayude
en las relaciones laborales así como un
incremento en la productividad y lealtad
hacia la empresa.
Las disposiciones de las leyes,
reglamentos, criterios y acuerdos
correspondientes, contienen ciertos
aspectos complejos e involucran

http://www.pwc.com/es_MX/mx/servicios-impuestos-legales/archivo/imss-0908.pdf



JEJEJEJEJE........AQUI TAMBIEN


SALUDOS
 
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lobozac
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14/Jun/10 17:55
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

INFONAVIT... LAS APORTACIONES
PATRONALES TIENEN EL CARÁCTER
DE CONTRIBUCIONES Y SE RIGEN
POR EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV,
CONSTITUCIONAL.

Del examen de lo
dispuesto en el Artículo 2o. del Código Fiscal
de la Federación y 30 de la Ley del Instituto
del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, se desprende que las
aportaciones patronales son contribuciones
,
tanto por la calificación formal que de ellas
hace el primero de los preceptos citados al
concebir como aportaciones de seguridad
social a cargo de las personas que son
sustituidas por el Estado en el cumplimiento
de las obligaciones establecidas por la Ley en
materia de seguridad social, o de las personas
que se benefician en forma especial por
servicios de seguridad social proporcionados
por el mismo Estado, pues las aportaciones
son gastos de previsión social y tienen su
origen en la obligación que el Artículo 123,
apartado A, fracción XII, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
le
impone a los patrones de proporcionar
habitaciones cómodas e higiénicas a sus
trabajadores, obligación que se cumple a
través de tales aportaciones que son
administradas por el instituto a fin de
establecer un sistema de financiamiento que
permita otorgar a los trabajadores crédito
barato y suficiente, como porque el Instituto
del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores constituye un organismo fiscal
autónomo, investido de la facultad de
determinar créditos a cargo de los sujetos
obligados y de cobrarlos sujetándose a las
normas del Código Fiscal de la Federación,
por lo que en su actuación debe observar las
mismas limitaciones que corresponden a la
potestad tributaria en materia de
proporcionalidad, equidad, legalidad y
destino al gasto público.

El Tribunal Pleno, en su sesión privada
celebrada el seis de julio en curso, aprobó,
con el número 35/1998, la tesis
jurisprudencial que antecede. México,
Distrito Federal, a seis de julio de mil
novecientos noventa y ocho.


INFONAVIT. EL INSTITUTO TIENE
FACULTADES PARA LIQUIDAR LAS
APORTACIONES OMITIDAS
. Del

Artículo 123, apartado A, fracción XII, de la
Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, se advierte que es obligación de los
patrones proporcionar habitación a sus
trabajadores, obligación que cumplen
mediante sus aportaciones al Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, que tiene el carácter de
organismo fiscal autónomo
; por otro lado,
la referida obligación de efectuar
aportaciones así como su cobro tienen el
carácter de fiscal de conformidad con el
Artículo 30 de la Ley de dicho Instituto
, en
consecuencia, éste puede liquidar las
aportaciones omitidas sin que dicha facultad
contravenga el citado dispositivo constitucional,
pues únicamente viene a reforzar la
posibilidad de alcanzar su objetivo.
El Tribunal Pleno, en su sesión privada
celebrada el tres de diciembre en curso, aprobó,
con el número CVIII/1998, la tesis aislada que
antecede, y determinó que la votación es idónea
para integrar tesis jurisprudencial. México,
Distrito Federal, a tres de diciembre de mil
novecientos noventa y ocho.


saludos
 
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CPhugoocejo
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14/Jun/10 17:57
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

JUAR JUAR JUAR........Y ACA !!!!!!!!


http://www.google.com.mx/url?sa=t&source=web&cd=11&ved=0CBMQFjAAOAo&url=http%3A%2F%2Fanalistasfiscalesudg.com%2FdoctoImp%2FIMPUESTOS%2520III%2FFacetas%2520institucionales%2520del%2520IMSS%2520e%2520INFONAVIT.ppt&rct=j&q=CONTRIBUCIONES+SEGURIDAD+SOCIAL+INFONAVIT+MEXICO&ei=HrMWTPizPMGCnQehzYC7Cg&usg=AFQjCNHa2UL1F7Z9HD807dw3MMk2ORJtOw
 
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lobozac
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14/Jun/10 18:03
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

chispas........y aca tambien


http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lec/de_l_n/capitulo1.pdf

pero ya........


RESPETABLES LAS OPINIONES......AUNQUE NO COMPARTIDAS.......


SALUDOS
 
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lobozac
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14/Jun/10 18:27
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

Pues mi estimado lobozac, con el debido respeto, pero salvo la primera liga que hace una 'tibia' referencia, las demás en ninguna parte señalan explícitamente que las Aportaciones al INFONAVIT, SEAN CONTRIBUCIONES..

Y repito, para un servidor, las CONTRIBUCIONES según la CPEUM, son aquéllas que aportan o contribuyen al Estado, para 'ayudar' al Gasto Público y el INFONAVIT, no lo hace, fue creado con otro fin y es propiedad de los trabajadores.

Con este comentario doy por concluída mi participación en este tópico




Saludos
 
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CHAVALON
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14/Jun/10 18:37
Re: Aportaciones al Infonavit son deducibles?

GRACIAS MI ESTIMADO CHAVALON POR TUS ACERTADAS PARTICIPACIONES......

RESPETABLE COMO SIEMPRE TU OPINION.....

RECORDANDO QUE .......NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA......


SALUDOS
 
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lobozac
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