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11/Mar/10 10:11
Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

Buenos días:

Recientemente la empresa donde trabajo contrató a un despacho para que asesore a nuestra abogada en asuntos laborales.

Una de sus propuestas es que cuando un trabajador se vaya de la empresa sin firmar renuncia ni finiquito (generalmente por conflictos no por ausentismo) NO metamos su baja ante el IMSS hasta después de 2 MESES.

Desconozco si existe algun fundamento y beneficio en el ámbito laboral para ésta medida, ya que desde mi punto de vista (no soy abogada) cuando un trabajador demanda dá lo mismo si ya procedió su baja en el IMSS o no, y ésta medida sólo nos hace perder dinero al pagar más cuotas de seguridad social.

Agradecería sus opiniones y comentarios a cerca de éste tema y si existe algún fundamento les pido por favor que me lo hagan saber..

Quedo a sus órdenes

Saludos!
 
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vera1504
Cabo

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11/Mar/10 15:12
Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

Vera, efectivamente hace unos años vi la tesis en donde presentar la baja ante el imss era prueba de que el patron habia tenido algo que ver en la terminacion de la relacion laboral. Varios abogados se van a la facil y te dicen no lo des de baja en el imss; pero a ellos no les importa todo el gasto que esto se lleve. Recomendaria cambiar de asesores porque existen algunas otras tecnicas para manejar los asuntos que comenta.

Saludos
 
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juancarm
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11/Mar/10 15:56
Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

'..desde mi punto de vista (no soy abogada) cuando un trabajador demanda dá lo mismo si ya procedió su baja en el IMSS...'


Ese es el punto vera1504, y por esa misma razòn me parece un desacierto este comentario: lo mismo si ya procedió su baja en el IMSS o no, y ésta medida sólo nos hace perder dinero al pagar más cuotas de seguridad social.

Es indispensable que, si contratas los serviicios de un profesionista, confies en las recomendaciones que se te hacen, salvo que tengas el conocimiento suficente para revatirlo.

Esta recomendaciòn del abogado, es una estrategia que tiene que ver con lo contenido en el artìculo 518 de la LFT, ya que, en muchas ocasiones, el trabajador deja de presentarse a su trabajo y, dias o semanas despues, el patròn recibe la demanda laboral en donde el trabajador se duele de que lo despidiò, arrojandole asi la carga de la prueba.
 
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Emprendedorfiscal
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11/Mar/10 16:59
Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

Me encuentro en la misma situación que Vera... a alguno abogados se les hace taaan fácil el decir... no los des de baja por meses... y esto cuesta!!
Obvio hay que sopesar el costo de una demanda... pero a final de cuentas se termina negociando :(
Sí me gustaría conocer también si existe fundamento para la espera de los dos meses.
Y que nos comentaran más sobre las otras técnicas :)
 
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Asmh
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11/Mar/10 17:13
Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

Buena tarde:

En relación con el tema, me permito transcribir criterio de la SCJN:

Registro No. 915483
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Apéndice 2000
Tomo V, Trabajo, Jurisprudencia SCJN
Página: 282
Tesis: 346
Jurisprudencia
Materia(s): laboral

OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. LA BAJA DEL TRABAJADOR EN EL SEGURO SOCIAL POR DESPIDO, EN FECHA PREVIA AL JUICIO LABORAL EN EL QUE EL PATRÓN LE OFRECE REINTEGRARSE A SUS LABORES, IMPLICA MALA FE.-

La oferta de trabajo, externada en un juicio laboral por el patrón demandado, cuando que previamente ha dado de baja en el Seguro Social al empleado actor por haberlo despedido, revela que, en realidad, el patrón oferente carece de voluntad para reintegrar al trabajador en las labores que venía desempeñando, lo cual conduce a concluir que el mencionado aviso de baja del actor en el Seguro Social determina que el ofrecimiento de trabajo es de mala fe, ya que no puede considerarse como recto e íntegro proceder que, mientras que en el juicio laboral el patrón ofrezca al empleado que se reintegre a sus labores porque, en su opinión, no existe el despido alegado, sino que subsiste la relación de trabajo, ante el Instituto Mexicano del Seguro Social haya dado de baja al trabajador por causa de terminación de la relación laboral por despido, pretendiendo también de esta manera evitar el cumplimiento de su obligación de aportar las cuotas obrero-patronales y restringiendo, en consecuencia, el derecho del trabajador a las prestaciones de la seguridad social, derivadas de su inscripción en el citado instituto, condiciones todas estas con base en las cuales se arriba a la convicción de que la circunstancia de que el demandado, a la vez que ofrezca el trabajo en los mismos términos y condiciones en que se venía desempeñando, haya dado de baja del Seguro Social al trabajador demandante por haber terminado la relación laboral por despido, implica mala fe, por lo que dicho ofrecimiento no produce el efecto de revertir la carga probatoria al empleado sobre el hecho del despido.

Novena Época:

Contradicción de tesis 9/99.-Entre las sustentadas por el Primer y el Tercer Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito.-3 de septiembre de 1999.-Cinco votos.-Ponente: Mariano Azuela Güitrón.-Secretaria: Irma Rodríguez Franco.

emanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo X, noviembre de 1999, página 429, Segunda Sala, tesis 2a./J. 122/99; véase la ejecutoria en la página 430 de dicho tomo.

Énfasis añadido.

Editado: Marzo 11, 2010 17:14:11
 

 
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a_cano
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11/Mar/10 17:46
Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

Buenas tardes:

Entiendo que el hecho de no meter la baja en el IMSS sirva como argumento para sostener que como empresa ofrezco la reintegracion a su puesto, sin embargo por experiencia puedo decir que al menos en ésta empresa (y tenemos un índice bastante elevado de demandas en conciliación) jamás ha procedido la reinstalación.

La hemos ofrecido, pero el trabajador se niega y conciliación y arbitraje obliga a llegar a un acuerdo y siempre se termina negociando 'x' cantidad.

Y por otro lado, también la empresa está en todo su derecho de rescindir la relación laboral cuando se den más de 3 faltas de asistencia sin permiso del patrón y sin causa justificada (Art. 47 F-X) así que si meto la baja por Ausentismo yo estoy incurriendo en ningun acto de mala fé. Si posteriormente el trabajador se apareciera y demandara, aún así yo podría ofrecerle la reinstalación y se le recontrataría (cosa que jamás aceptan los trabajadores y a la que conciliación se opone ya que siempre algumentan que ya está muy dañada la relación laboral).

En fin, ojalá pudieran recomentarme buenos abogados laboralistas en Mérida, Yucatán..

Saludos
 
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vera1504
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11/Mar/10 20:13
Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

Hola vera1504:

Por lo que comentas en tu ultima participación, puedo sacar varias conclusiones.

Primero que nada, estimo que los que les hace falta en tu empresa es a pepesoto como asesor interno. Esto es, el alto indice de demandas que dices se manejan es un indicativo palpable de que no existe una adecuada conducción en lo que se refiere a recursos humanos. Se requiere pues, una serie de politicas, medidas y controles que permitan ejercer una adecuada administración de este recurso, asi como mantener, en todo momento, la información y documentación en regla que permita saliar avante en un probable conflicto laboral. Y digo probable, porque uno no es ninguno, pero dos conflictos ya es tumulto.

mencionas tambien que en los eventos que se han presentado, jamas a procedido la reinstalación..la hemos ofrecido....si ofreces la reintalación cuando ya tienes el caso perdido, es evidente que el trabajador no lo va aceptar. Es probable aqui que falte destresa (quiero pensar que es asi) por parte de tu abogado.

En lo que se refiere a ''la empresa está en todo su derecho de rescindir la relación laboral cuando se den más de 3 faltas de asistencia sin permiso del patrón y sin causa justificada (Art. 47 F-X) así que si meto la baja por Ausentismo yo estoy incurriendo en ningun acto de mala fé...' creo que por aqui pudiera estar parte del problema. Efectivamente, la empresa está en su derecho de actuar como lo mencionas, de estar en la causal que comentas, pero la resición conlleva todo un proceso que, si no se lleva a cabo o se lleba a cabo de manera deficiente, el trabajador tiene mas elementos para salir victorioso en una demanda laboral.

Finalmente, la resición del contrato se tiene que probar en juicio y, por lo que comentas, no han tenido exito en esa fase por lo que tienen que negociar.


Saludos
 
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Emprendedorfiscal
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11/Mar/10 20:43
Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

Vera, desafortunadamente no conozco algun abogado (de los buenos) que ande por esas tierras yucatecas. Para mi este es el punto importante en donde calo a los abogados que son especialistas en materia laboral y a los abogados que al no ser especialistas no dominan esta materia y hacen recomendaciones sin importar los costos que lleven.
Si en algo puedo ayudarte andamos en el Edo. de mexico.

Saludos
 
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juancarm
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11/Mar/10 22:34
Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

:neutral: Buenas noches Vera. Aquí está el 'fundamento' de la opinión de la gente del despacho a su abogada laboral de esperar dos meses para dar de baja en el imss al trabajador que no vuelve a laborar:

Code:
Ley Fed. del Trabajo. Artículo 518.- Prescriben en dos meses las acciones de los trabajadores que sean separados del trabajo.


Tampoco conozco a nadie en Yucatán, lo siento. Por cierto, agradezco a Emprendedorfiscal x su comentario... vocé no anda x esos lares que le pueda echar la mano a nuestra amiga...??

Salu2,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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12/Mar/10 00:14
Re: Posponer baja ante el IMSS por 2 meses

Hola:

Las determinaciones hay que hacerlas con mano firme. Si se despide a una persona, hay que tomar las medidas necesarias, conduciendo todos las rutas para el mismo camino, sin dudar, ni contradecirse.

Si despues de 4 dias de ausencia sin justificacion, el patron tiene el derecho de rescindir el contrato laboral. Que lo ratifique con la baja en el IMSS, pero antes debe proseguir un procedimiento previo.

El trabajador se ha negado a terminar la relacion pues que sea en la junta de conciliacion que sea el lugar para darlo por concluido.

En el caso de que se encuentre incapacitado, y luego se desconoce si prosigue, el patron esta obligado a cerciorarse ante la clinica del seguro social que ya fue dado de alta, conseguir ese documento, seria su justificacion para rescindir el contrato. Sin imputacion para con el patron, despues de 4 ausencias sin justificacion dentro de 1 mes

Y ademas debió haber obtenido la firma del trabajador, por las tarjetas de asistencia, por el tiempo que laboro y los recibos que se le cubrieron por estos tiempos que le fueron cubiertos.

Siempre al patron le toca respaldarse en pruebas... pero sino se consiguen, siempre el trabajador tendra las de ganar.

Finalmente, el despido debe de aplicarse con los procedimientos del art 47 LFT hasta las ultimas consecuencias. Situaciones que el patron no respeta, que en muchas ocasiones lo hace de manera ineficiente.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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