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Tópico: compensacion de impuestos
serfico

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 16, 2005 Asunto:
Si puedes hacerlo en virtud de la "compensación universal". la única´límitante es que la declaración del saldo debe estar presentada antes que la declaración en donde se compensa.
Tópico: Pago a accionistas que tambien es el represent. Legal
serfico

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
[quote:af80637888="jernesto"]Que Hacer, Urgente? Mi jefe "representante legal" esta dado de alta en la SHCP (dio un domicilio en en DF) tiene su cia aqui en méxico que es una sociedad anonima es accionista de la misma. sin embargo tambien tiene domicilio en los EUU y su familia esta alla. Por ello realiza gastos como son gastos medicos, celular, etc. pero estos estan a nombre de él y con el domicilio de EUU y los quiere deducir en mexico, pero tambien realiza gastos en mexico a nombre de la Cia. Adicionalmente, se le pagan anticipos "como honorarios de consejo" pero no esta en nomina. Que tengo que hacer para que deducir los pagos que le hacemos? cuanto le tengo que retener ? Tengo que hacer algun contrato especial como Honorarios?, asimilados? ó sueldos? Si fuera asi tienen algun formato especial? Y el que debe hacer para hacer deducible sus gastos en EUU. Como saber cuanto le debo pagar para que el alcance a cubrir sus gastos personales ? y bajo que regimen fiscal le conviene estar y no estar en falta con SHCP Espero que no sea demasida. Me gustaria contactar a por este medio. Gracias de antemano y recibal coridales saludos[/quote:af80637888]Algunos comentarios: .-Primerodebes determinar su residencia fiscal. .- Sus pagos son asimilables a salarios. Pero cuida de cumplir los requisitos de retnción al % máximo y de los límites en relación a otros gastos. .- En méxico las deducciones personales deben ser por gastos efectuados en la republica mexicana. .- Nececitas asesoría uregente.
Tópico: Caso de Visita específica, que opinan
serfico

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
En veracruz tenemos el mismo problema, sin embatgo, las notificaciones son pesimas, nunca son personales, hay datos llenados por el mismo notificador, sin citatorio, etc. En este caso no las contestamos, pues no pueden surtir efectos legales. No hemos tenido problemas. Finalmente podrían enviarte una órden de auditoría (mal notificada también), y entonces a lo mejor se contestá.
Tópico: INCAPACIDAD
serfico

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
Es incorrecto el comentario de que no se presenté el aviso de modificación al haber incapacidad, pues la modificaión opera para el siguiente bimestre, y si el imss le pago en base a un salario mayor es porque es un derecho que ya habia devengado el trabajador. Si se debe presentar el aviso. Caso distinto que quisieras hacer cambios de salarios retroactivamente.
Tópico: MAL EL DOMICILIO DEL QUE EXPIDE LA FACTURA.
serfico

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
No tienes problemas. Si bien es cierto que la ley te establece la obligación de verificar los datos de tu proveedor, también es cierto que te dice que tendrás por cumplido el requisito si pagas con cheque nominativo para abono en cuenta, o con transferencia. Supongo que este sea tu caso.
Tópico: Iva en opern con mon. extr.(cual es su tratamiento)
serfico

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
ES SENCILLO. EL IVA ES FLUJO DE EFECTIVO, LO ACREDITAS HASTA QUE PAGUES. POR TANTO ACREDITARAS EL IMPORTE DEL MONTO PAGADO EN PESOS, AUNQUE LA FACTURA ESTÉ EN DOLARES, O EN SU CASO LO QUE TE COSTO LA MONEDA, O EN SU DEFECTO EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PUBLICADO POR EL BANCO DE MEXICO SI NPAGASTE EN DOLARES.
Tópico: FACTURAS CON DOMICILIO DE SUC.
serfico

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
NO TIENES NINGÚN PROBLEMA, EL 29-A NO SEÑALA COMO REQUISITO EL DOMICILIO DE LA MATRIZ O FISCAL, SOLO LOS DATOS DEL CONTRIBUYENTE. MIENTRAS TENGAS DADAS DE ALTA LAS SUCURSALES NO TIENES PROBLEMA.
Tópico: DETERMINACION DE INGRESOS POR DEPOSITOS BANCARIOS
serfico

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
No creo que te lo acepten como prueba, por normatividad te lo asimilan a ingreso, y las deducciones estrictamente no deben beneficiarte al contarrio, pues "deducciones no registradas se presumen infresos omitidos", así que preparate para el juicio de nulidad. En este caso llevas las de ganar, hay tesis en donde para que te asimilen los depositos a ingresos debe la autoridad determinar hasta de quien fueron los depósitos. Sin embargo, si planeas manejarlo como prestamo, recuerda que en 2004 debiste manifestar los prestamos recibidos en tu anual, sino, se te convierten en ingresos acumulables.
Tópico: GASTOS MENORES 8%
serfico

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
Dicha decucción deberá aplicarse a partir de 2006, puesto que por este año se calcula de acuerdo a las reglas vigentes hasta 2004. Aunque si bien es cierto esto no está muy claro en la Ley. Conservadoramente no lo aplicará hasta 2006.
Tópico: Declaracion complementaria por Dictamen
serfico

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
Presentas la complementaria, pero recuerda que como fecha de la dec. anterior debes manejar la fecha del dictamen. No tendrías multa sino está requerida. Los dies dias de plazo son "para enterar contribuciones". en este cao no las hay.

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