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Tópico: Que salario se toma para calculo de aguinaldo??? (jornada reducida)
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Diciembre 03, 2008 22:02:15 Asunto: Re: Que salario se toma para calculo de aguinaldo??? (jornada reducida)
Mil gracias a todos por sus valiosos comentarios afortunadamente el patrón consciente de la situación lo calculara con el promedio.
Tópico: Modificacion de salario con jornada reducida a 4 hrs. diarias
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 01, 2008 17:35:21 Asunto: Modificacion de salario con jornada reducida a 4 hrs. diarias
Hola que tal buenas tardes, quisiera saber su valiosa opinion respecto a una empresa que pretende hacer modificaciones de salario a partir del 01-12-08 de jornada normal (8 hrs. diarias) a jornada reducida (4 hrs. diarias) esto en virtud de la crisis que actualmente atraviesa la empresa. Al entrar a la aplicación de IDSE o SUA en jornada/sem. reduc. tiene las opciones de *semana completa *1 dia *2 dias *3 dias *4 dias *5 dias y por ultimo *menor a 8 horas, mi gran duda es que opción tomar habia pensado en que seria la ultima opción menor a 8 horas, llame al IMSS pero me indican que debo poner semana completa y que simplemente justificar con controles de horario y asistencia que los trabajadores laboran menos de 8 hrs. con lo cual no estoy del todo de acuerdo ya que el IMSS debe saber que tengo una semana completa con jornada reducida. Si me envian sus comentarios o alguna experiencia similar que hayan tenido mucho se los voy a agradecer.
Tópico: Que salario se toma para calculo de aguinaldo??? (jornada reducida)
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Diciembre 01, 2008 17:18:13 Asunto: Que salario se toma para calculo de aguinaldo??? (jornada reducida)
Hola que tal buenas tardes, requiero de su opinión respecto al cálculo de aguinaldo en una empresa que pretende modificar sus salarios a partir del 01-Diciembre-08 de ser actualmente jornada normal (8 hrs. diarias) a jornada reducida (4 hras. diarias. De antemano creo saber que cuando existen variaciones durante el año en sueldos se toma el promedio, sin embargo aqui la situación pienso se vuelve un tanto desproporcional ya que no laboraran jornada completa. Alguien me podria auxiliar al fundamento legal al respecto o alguna bibliografia para ahondar mas en este tema. Gracias.
Tópico: REMANENTE Y HONORARIOS ASIMILABLES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 04, 2008 22:05:28 Asunto: REMANENTE Y HONORARIOS ASIMILABLES

HOLA A TODOS QUISIERA SABER SU OPINION RESPECTO AL TEMA DE REMANENTE DISTRIBUIBLE EN UNA SOCIEDAD CIVIL, COMO ES BIEN SABIDO ESTE REMANENTE SE PUEDE ASIMILAR A SALARIOS EN LOS TERMINOS DEL ART. 110 F. II DE LA LISR, MI DUDA ES EN RELACION A QUE ESTA FRACCION APLICARIA UNICAMENTE PARA SOCIOS DE LA SOCIEDAD CIVIL QUE RECIBEN ANTICIPOS DE REMANENTE DISTRIBUIBLE PORQUE ENTIENDO QUE SI NO LO FUERAN EL TRATAMIENTO DE ASIMILABLES SERIA FUNDAMENTO EN EL MISMO ART. 110 DE LA LISR PERO SERIA LA F-IV

SI ME PUDIERAN DAR SU PUNTO DE VISTA Y ORIENTACION. GRACIAS

 

Tópico: REGLA PARA HONORARIOS ASIMILABLES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2008 Asunto: REGLA PARA HONORARIOS ASIMILABLES
Hola que tal, si me pueden ayudar con esta duda resulta que hasta 2007 la regla 2.4.5 F-IV nos hablaba de los casos en los que no se requiere que los comprobantes sean impresos por establecimientos autorizadas, caso de los honorarios asimilables. Ahora para 2008 según la Resolución Miscelanea publicada en la pagina del SAT es la regla I.2.4.3. sin embargo en la Resolución que publica Dofiscal y de la cual somos suscriptores maneja que sigue siendo la regla I.2.4.5 entonces deduzco que hemos contemplando equivocadamente la regla en los recibos de honorarios asimilables. Alguien sabra si existio alguna modificación al respecto? De antemano, gracias.
Tópico: Regla 17.6 IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2008 Asunto: Regla 17.6 IETU
Hola que tal, ustedes que opinan al respecto: En IETU segun el Art. 6 nos señala los requisitos de las deducciones autorizadas, hasta aqui se entenderia que las deducciones son las devengadas y pagadas en 2008, sin embargo por contra esta la Regla 17.6 donde a la letra dice: Para los efectos del artìculo 6, fracciòn IV de la Ley del IETU, también se considera que se cumpple el reauisito relativo a la fecha de expedición de la documentación comprobatoria establecido en el artículo 31, fracción XIX, primer párrafo de la Ley del ISR, cuando el comprobante respectivo haya sido expedido en un ejercicio fiscal anterior a aquél en el que se haya efectivamente expedido en un ejercicio fiscal anterior a aquél en el eque se haya efectivamente pagado la erogación deducible. De esta regla se entenderia que los comprobantes de 2007 pagados en 2008 entran como deducción para IETU? o bien no entiendo la finalidad de esta regla si no fuera asi.

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