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Tópico: declaraciones en ceros
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2005 Asunto: declaraciones en ceros
buenos dias, espero que me puedan ayudar en una duda que tengo, el año pasado cuando un contribuyente (persona fisica) presentaba una declaracion en ceros y las declaraciones siguientes eran tambien en cero, ya no se presentaban estas para este año el articulo 31 del CFF cambio y ya no aparece esta facilidad, existe esta facilidad en alguna otra parte(reglamento, resolucion, etc) les agradesco de antemano su respuesta, gracias
Tópico: VENTAJAS Y DESVENTAJAS...
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2004 Asunto: Re: VENTAJAS Y DESVENTAJAS...
hola, respondiendo a tu pregunta tendriamos que considerar los siguentes factores el costo administrativo.- bueno para el contador(pagan mas) costoso para la empresa el control interno.- bueno para la empresa (si se lleva bien) malo para el contador (mas trabajo) la posicion financiera.- un negocio requiere un cierto nivel de capital, asi como un posible nivel de ventas para poder ser una PM el punto no es que la ley te lo impida pero si no tienes esto a un determinado nivel la empresa va a fracasar. de lo anterior tengamos en cuenta que una SA no es una figura juridica que podamos manejar como se nos de la gana, es una figura juridica crada para poner de acuerdo a dos o mas personas de una manera legal para que realicen una empresa, y no fue creada para maquillar un negocio familiar con las iniciales SA pues lo unico que se va a provocar es que ese negocio familiar que en muchas ocasiones tienen una vida de 10 o 15 años o mas se acabe en uno o dos años por cargas administrativas inesesarias.
Tópico: Que hacer contribuyente con dos RFC?
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2004 Asunto: Re: Que hacer contribuyente con dos RFC?
la mayoria de estos casos parten de un problema con los papeles de identidad del contribuyente es decir en algunos casos los contribuyentes tiene dos actas de nacimiento en las cuales tiene fechas de nacimiento diferentes o el fulano se llama jose asencion y en una acta tiene J. asencion y en otra jose Asencion esto proboca en algunas ocasiones que la persona se registre en dos ocaciones, si el problema es este yo te recomiedo que verifiques cual es la identidad correcta es decir en la que el contribuyente tenga mas relacion si tiene credencial de elector o papeles de estudios verifiquen que datos aparecen con mayor frecuensia y esa identidad tomen para evitarle problemas al contribuyente y la otra identidad desechenla en pocas palabras si yo soy jose Asencion y el problema empeso por que tengo una acta que dice J. asencion y esta identidad solo aparece en esa acta unicamente pues yo la desecho y si alguien quiere imponerme alguna sancion pues va a estar dificil por que yo soy jose asencion no j. asencion. ahora otro caso que se presenta es que exista otra persona con mi mismo nombre y con mi misma fecha de nacimiento pero este caso solo lo he visto una vez y era entre una persona de mi estado y una persona de otro estado es muy dificil que coincida en el mismo estado pero podria ser es decir verifica que ambos registros si sean de tu cliente por que podria ser que tu cliente se dio de alta en 1985 y otra persona con los mismo datos se dio de alta en 1995 en este caso es responsabilidad de hacienda el cambiar el registro a uno de los dos contribuyentes y por lo general van a hacerle el cambio al que se registro al ultimo pero me parece dificil que este sea tu caso. lo que puede ser es que sea un error de hacienda considera que en 1995 no tenian los programas que hoy tienen y en 1985 pues tal vez ni computadoras tenian en la actualidad hacienda maneja un programa no se si sea a nivel nacional llamado "dario" en el cual tiene la base de datos de las contribuyentes si el caso es este en el que fue un error de hacienda( en cuyo caso tendrias que demostrar que los datos proporcionados por el contribuyente en 1985 y 1995 fueron los mismos y que fue culpa de hacienda al calcular las homoclaves) hacienda tiene la obligacion de verificar cual es la homoclave correcta y cambiar todo. pero el problema aqui es el tiempo(pues han trascurrido muchos años y tal vez te sea dificil demostrar ciertas cosas) yo opino que si hagas parte de lo que te pide hacienda pero el detalle es el siguiente si tu suspendes al registro de 1985 tienes que indicar una direccion en donde vas a recivir notificaciones despues da suspension y si ese registro tiene un problema pues esto es equivalentee a echart la soga al cuello, yo antes que hacerle caso a hacienda verificaria los puntos que te señalo anteriormente y de ahi partiria, pues este caso puede ser sumamente simple o podria traer alguanas consecuensias, mejor en lugar de seguir extendiedo este comentario, escribe si el caso en el que te encuentras es alguno de los señalados anteriormente y de ahi extendere este comentario un poco mas
Tópico: ¿Cual es el tratmiento que se le da a la nota de credito?
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2004 Asunto: Re: ¿Cual es el tratmiento que se le da a la nota de credito
hola partamos del hecho de que es una compra de contado y supongamos que la compras el dia de hoy 26 de junio la compra y el iva son deducibles para el mes de junio pero ahora agregamos la nota de credito y supongamos que en esta compra del dia 26 de junio que ya pagamos descubrimos que una parte de la mercancia comprada no es la que nosotros pedimos entonses vamos al dia siguiente es decir el 27 de junio con el proveedor y le regresamos esa parte de la mercancia, el se da cuenta de su error nos pide disculpas y nos dice que la mercancia que nosotros queremos no la tiene por lo tanto nos regresa el dinero que pagamos por esa mercancia equivocada y hace una nota de credito la cual se registra ese dia (27 de junio) en tu contabilidad y entonses los acientos quedarian asi 26 de junio compras 1000 iva acred. 150 bancos 1150 27 de junio bancos 345 compras(dev/compras) 300 iva acreditable 45 de esta manera vemos que en tu calculo de junio no hay problema pues tanto en la compra como en la devolucion son del mismo mes pero tambien observamos que no se registran en fechas diferentes asi pues si la devolucion se hubiera hecho en el mes de julio el efecto del iva hubiera pegado hasta el mes de julio y no en junio lo mismo ocurre en el caso de que la compra sea a credito solmente cambian las cuentas por el hecho de que en lugar de afectar bancos afectas a provedores y con lo de los ivas depende de que cuentas manejes en tu caso supongo que manejas una cuenta de iva pendiente de acreditar para el caso de las operaciones a credito y esta seria la que se afecta. Es decir el tiempo en que la nota de credito se afecta yo la consideraria en primer lugar por su fecha, en segundo lugar si la fecha de la nota de credito y la de la factura es la misma yo la registraria en el mismo asiento e incluso podrias si este es tu caso disminuirla la nota de credito de la factura sin registra la nota en contabilidad simplemente dejarla junto a la factura.
Tópico: ustedes que opinan?
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2004 Asunto: Re: ustedes que opinan?
hola, gracias a sus comentarios, esta duda si me interesa mucho pero en los ultimos dias me perdi un poco pero ya estoy aqui, ampliare un poco mas el caso para que puedan seguir opinando al respecto y me ayuden un poco mas: la PM es una radio base de taxis su fin principal es agrupar a sus socios con la finalidad de prestarles entre otras cosas el control del equipo de comunicacion que por lo general los taxis tienen, ademas les presta el servicio de controlar el seguro del coche esto es normal y si solamente la PM se fuera a dedicar a esto no existiria ningun problema en que fuera una persona moral con fines no lucrativos, el punto radica en que los socios que formaron esta base consiguieron algunas empresas a las que les prestan servisios, y estas empresas quieren que sea una PM quien les facture en lugar de las personas fisicas (el por que de esto no lo se simplemente es una especie de condiscion de estas empresas) el servicio de taxi al publico en general es exento pero no cuando se realiza a una persona directa en cuyo caso es un servicio gravado, pues en la mayoria de los casos es un servicio de transporte de personal, y es ahi en donde el problema radica pues hacienda no quiere aceptarlo por lo del IVA segun lo he estado checando con los conocidos de hacieda el caso esta bien planteado pero por ser una situacion que no es usual (yo creo que nunca les habia pasado) dicen que el tramite de la alta de la PM va a ser rechazada por que cuando vacien los datos de la forma R-1 a sus cuestionarios (en un programa de computo) automaticamente no va a dejar que se marque la obligacion del iva si es una persona moral con fines no lucrativos, asi pues solamente me estan dejando dos opciones la primera es hacer una consulta y si es a mi favor ya la hise u otra es que formara una asociacion en participacion entre los socios para que esta AP facturara y la AC se dedicara a sus fines normales (los no lucrativos) espero que emitan mas opiniones o que si alguien hubiera pasado por un caso igual me comentara si existe alguan otra opcion.
Tópico: ustedes que opinan?
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2004 Asunto: ustedes que opinan?
hola, me gustaria que me dieran su opinion acerca del siguiente caso: una persona moral (ac) sin fines de lucro quiere expedir facturas con iva desglosado a fin de proporcionarles a sus socios un respaldo ante las empresas para las cuales trabajan sus socios las cuales prefieren que sea una parsona moral la que facture en lugar de una o varias personas fisicas(los socios) el problema es que hacienda opina que si una persona moral con fines no lucrativos expide facturas desde ese momento empiesa a lucrar el punto es que segun el articulo 93 si permite que una PMNL realise operaciones (venda o preste servicios) y que en este supuesto calcule el impuesto segun el titulo II pero sin dejar de ser una PM con fines no lucrativos esta pm no recibe donativos (por si este dato sirve de algo) y ademas la cantidad que facture sera la misma que los socios le facturaran a ella, es decir no tendra utilidades ni diferencias que enterar por iva ustedes que opinan, cualquier comentario me reultara util gracias.
Tópico: REGIMEN INTERMEDIO???
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2004 Asunto: Re: REGIMEN INTERMEDIO???
hola, en principio si puedes tributar en regimen intermedio solamente tienes que considerar que tus ingresos no superen los 4000,000.00 al igual tienes que considerar que la actividad que realises sean unicamente por actividades empresariales y no por profesionales no tengo en estos momentos el sustento pero me parece que para ser considerado que realizas actividades empresariales unicamente el 80 o 90 porcinto de tus ingresos deven de provnir de una actividad empresarial. espero que esto te sirva de base para tomar tu decision.
Tópico: sociedad mutualista
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2004 Asunto: sociedad mutualista
hola espero que alguien me pueda definir que es una sociedad mutualista, para dar una idea del por que esta pregunta les comentare que estoy dando de alta a una PM con fines no lucrativos pero entre los supuestos de este tipo de PM no encuentro uno en el que esta PM entre de una manra directa y estoy un poco indesiso de hecho si este tipo de sociedad mutualista no me sirve la pondre en el supuesto de asociasion patronal, espero que alguien me pueda definir que es una sociedad mutualista para saber si la descarto o no de antemano gracias por sus respuestas. o dicho de otra manera en donde colocarian ustedes a una persona moral (AC) que se creo para ser la base de radio de una agrupacion de taxistas?
Tópico: ACTIVO FIJO A LA BASURA
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 21, 2004 Asunto: Re: ACTIVO FIJO A LA BASURA
me imagino que te auditan para efectos fiscales, asi que si es muy probable que tengas problemas con los auditores pero aqui el cuestionamiento es por que si es una empresa que se tiene que auditar para fienes fiscales no tiene una asesoria adecuada para este tipo de casos en fin supongo que si las cosas ya se hisieron se hisieron ahora para arreglar la situacion parte de lo que realmente paso por que mira si era maquinaria me parece extraño que solamente la hayan tirado realmentge no lo creo pues por lo general debe de ser pesada y eso cuesta y tambien tiene un precio inclusive por ser fierro viejo tiene un precio yo quiero suponer que la vendieron como desperdicio industrial y la persona que se las compro simplemente no les cobro el flete de dicho fierro a cambio del valor del mismo quiero suponer que asi fue si este es el caso o es algo parcido podrias arreglar un acuerdo por ahi en el cual ustedes emitan una factura por el valor del activo (muy bajo como si fuera fierro viejo) y luego la otra persona (si es la que lo compro mejor )que esta emita una factura por el gasto de llevarselo o tirarlo con esto quiero decirte que se arregle de tal manera que la venta del activo sea igual al gasto que provoco su desecho pues supongo que no fue facil desacerse de una maquinaria que supongo deve de ser pesada en fin el arreglo que sugiero es que la transaccion de como resultado un "0" recuerda que los auditores casi siempre opinan que "pienas mal y acertaras" pero en este caso lo que tienes que hacer es que la operacion cuente con los documentos(facturas) que respalden que la operacion dio como resultado un cero o si da como resultado una utilidad paga el impuesto que se derive de la misma y listo, como mensiono el auditora va a querer encontrar algo ilicito en esta operacion pues le va a resultar extraña pero puede indagar mas aya y no va a descubrir nada( es decir parte desde el hecho que las transaccion que se supone es real, este respaldada con las pruebas fisicas y que emita una evidencia comprobatoria suficiente y consistente)
Tópico: multa a una persona fisica
el_jefe

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 11, 2004 Asunto: Re: multa a una persona fisica
hola, me parece que no hay mucho problema, la multa no deve ser por una cantidad muy elevada por lo tanto espera a que te llegue la multa pero no la olvides podria ser que llegue yse pierda de todos modos espera y al final del año checa la situacion del requerrimiento asi pues si a fines del año existe una multa y no te la han cobrado seguramente podras optar por lo que ya se esta haciendo una costumbre año con año que es la canselacion de los creditos por montos inferiores a cierta cantidad o bien puedes checar de una vez si existe multa e intentar hecharla para abajo que es algo que en la mayoria de los casos se puede sea como sea creo que no tendras mayor porblema

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