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Tópico: Decreto Exencion de IMPAC
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2005 Asunto: Decreto Exencion de IMPAC
Ayer estuve en un foro con autoridades fiscales en Monterrey e informaron que el decreto que posiblemente salga de exencion de impac solo sera para personas fisicas con ingresos de hasta 5 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior y que va a haber una condonacion de recargos y actualizacion para todos los contribuyentes que esperaban este decreto y que omitieron el pago del impuesto. Saludos y espero les sirva esta informacion GFL MTY
Tópico: decreto de exención impac
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2005 Asunto: Re: decreto de exención impac
puedes enviar calculos y te damos algunas opciones para que bajes el pago sin compromiso, estamos para ayudar y mas a las empresas medianas y pequeñas que son las que ocupan la ayuda a menor costo. Saludos Gerafis Monterey NL
Tópico: opcional u obligatoria la disminucion de perdidas fiscales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2005 Asunto: Re: opcional u obligatoria la disminucion de perdidas fiscal
Es la ventaja de trabajar un contador con un abogado fiscalista, ya lo checamos y esta de acuerdo en la interpretacion, ademas, como me fundamentaria la prohibicion de amortizar las perdidas fiscales en los pagos provisionales la autoridad, yo soy contador y tambien veo las cosas cuadradas, pero tambien debemos considerar el aspecto legal de las disposiciones fiscales, en este caso es una omision del legislador y tendria que reformar la ley para corregirla, aun cuando se presente una regla miscelanea aclarando el detalle, la miscelanea fiscal no me puede crear obligaciones y por tanto puedo seguir sosteniendo mi argumento. Estoy de acuerdo contigo, es una cuestion de interpretacion (muy clara) y el cliente debe elegir si arriesgar o no.
Tópico: opcional u obligatoria la disminucion de perdidas fiscales
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2005 Asunto: Re: opcional u obligatoria la disminucion de perdidas fiscal
Saul tal vez a ti te queda muy claro, pero a los demas no y si todos pensamos sin temor a decir barbaridades vamos a enriquecer el conocimiento, si me equivoque en mi apreciacion y alguien con mayor claridad de pensamiento me corrige aprendere y doy las gracias. Yo creo, la autoridad piensa (aunque estoy en proceso de que me conteste por escrito , sin moche aclaro) que las disminuciones del INVENTARIO BASE cuando elijo la acumulacion son opcionales, por eso en la redaccion te dice que si las disminuiste las perdidas no las vuelvas a utilizar en la declaracion anual, pero en su fundamentacion olvido limitar la amortizacion en los pagos provisionales ya que ese derecho te lo da el articulo 14 segunda fraccion ultimo parrafo y no el 61 que es al que te remite en la prohibicion. Doble golazo porque por un lado disminuyes las perdidas de tu inventario base disminuyendo por tanto el inventario acumulable a la utilidad fiscal y por el otro sigues disminuyendo las perdidas fiscales en tus pagos provisionales. Saludos cordiales estimadisimos colegas
Tópico: opcional u obligatoria la disminucion de perdidas fiscales
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: opcional u obligatoria la disminucion de perdidas fiscal
señores Me falto el doble golazo, que pasa si el que cuestiona disminuye la perdida fiscal de sus inventario base y aparte disminuye las perdidas fiscales en los pagos provisionales, pero ya no en la declaracion del ejercicio. Ahi se las dejo de tarea, yo digo que si se puede.
Tópico: opcional u obligatoria la disminucion de perdidas fiscales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: opcional u obligatoria la disminucion de perdidas fiscal
Mi conclusion es que si es opcional la disminucion de las perdidas fiscales del inventario base, y no pierdo el derecho de amortizarlas en la declaracion del ejercicio, para determinar mi inventario acumulable solamente considero mi inventario base ya que opto por no disminuir las perdidas fiscales, de acuerdo al procedimiento de la fraccion V sumo la doceava parte del inventario acumulable determinado a la utilidad fiscal estimada y le resto las perdidas fiscales pendientes de amortizar. [color=darkblue:90d0b58685]Lo que me prohibe el transitorio es no disminuir las perdidas fiscales que disminuyo de mi inventario base en mi utilidad del ejercicio[/color:90d0b58685], [color=red:90d0b58685]pero jamas me dice que por no disminuir las perdidas de mi inventario base pierdo el derecho de disminuirlas de acuerdo al articulo 61 por tener oportunidad de hacerlo que es diferente. [/color:90d0b58685] Creo que es viable la oportunidad del que cuestiona y gana flujo en provisionales pero de todas formas al hacer acumulable el inventario base las perdidas las tendra que usar en la declaracion anual y las ira perdiendo para los siguientes ejercicios.
Tópico: como sacarle la vuelta al costo de ventas?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: como sacarle la vuelta al costo de ventas?
Creo que todos estan dejando fuera tambien el riesgo mercantil y penal que puede tener una persona fisica en comparacion con la persona moral en la operacion de una actividad empresarial, en casos de algun problema legal en el caso de personas fisicas se arriesga todo el patrimonio (AUNQUE EN UNA SC ES IGUAL EL RIESGO) en una persona moral (SA,SA DE CV, SDE RL,S DE RL DE CV) el riesgo del accionista es solo por el capital aportado asi como el patrimonio propio del ente juridico, creo que este punto tambien es relevante en la decision. Compañeros, creo en lo personal que quienes obtuvieron el fallo favorable en contra de la deduccion del costo de ventas por la inequidad con las personas fisicas pueden dejar de tener el beneficio al cambiar el regimen fiscal de las mismas personas fisicas en 2006, existen otros vicios en la reforma que podrian dar efectos mas importantes y sustanciales para las empresas que son objeto del amparo como lo seria la posible doble deduccion del inventario de diciembre de 2004, aunque cambie la ley en 2006 este beneficio es real y concreto para la empresa no asi el de seguir en el regimen de compras ya que es solo un diferimiento del impuesto hacia el futuro. GFL Monterrey NL
Tópico: Asimilables a Salarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: Asimilables a Salarios
EFECTIVAMENTE SOBRE TODO ESTO SUCEDE EN LAS SOCIEDADES CIVILES, DEBES APLICAR EL SUBSIDIO ACREDITABLE EN LA MISMA PROPORCION QUE A TUS EMPLEADOS DE NOMINA QUE A LOS SOCIOS POR EL ANTICIPO DE RENDIMIENTOS ASCIMILABLES A SALARIOS. YO LO LLAMARIA UN PERJUICIO YA QUE LOS ASCIMILABLES NO PARTICIPAN EN LOS INGRESOS EXENTOS POR LO QUE LA PROPORCION DE SUBSIDIO DEBERIA SER AL 100%, LA AUTORIDAD EN LAS REGLAS MISCELANEAS Y NORMATIVIDAD DICE QUE DEBES APLICAR LA MISMA PROPORCION PARA TODOS. SALUDOS Y EXITO
Tópico: REFORMAS FISCALES 2006
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: REFORMAS FISCALES 2006
Ahi les va una que le puede ayudar mucho y es a lo que se refiere al respetado compañero. Esta en discusion en camara de diputados una reforma a los articulos del calculo simplificado para los asalariados pretendiendo dar reversa a la nueva tarifa y dejar los mismos calculos que hacemos hasta ahora. En esa iniciativa vienen todos los motivos por los cuales los legisladores piensan que la nueva tarifa asi como el subsidio para la nivelacion del ingreso pueden resultar desproporcionales e inequitativos lo que traera una nueva lluvia de amparos. Esta iniciativa esta en favor de los trabajadores, hay otra en la que pretenden excluir la prevision social de las exenciones en el 109 y ascimilar este cambio en la Ley del IMSS asi que no se duerman raza vayanse preparandose desde ahorita despues no van a saber ni que hacer chequen la pagina WWW.DIPUTADOS.GOB.MX y metanse a iniciativas y denle click a la sesion del congreso vigente periodo junio-agosto 2005. !DESPIERTEN COLEGAS HAY QUE ESTAR ACTIVOS!
Tópico: pago i.v.a. 2003
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: pago i.v.a. 2003
Hasta la fecha solamente existen tesis aisladas yo tambien estoy esperando la jurisprudencia para salvar la contingencia desde 2003. Saludos y exito

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