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Tópico: Determinacion de inventario acumulable
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Determinacion de inventario acumulable
Que opinan lo amigos profesionistas acerca de la dichosa reforma en donde cambia la deduccion de las compras por el costo de lo vendido. Si una empresa elije la acumulacion y tiene los siguientes datos: INVENTARIO BASE 100,000 MENOS INVENTARIO POR DEDUCIR 86 80,000 PERDIDAS FISCALES 300,000 INVENTARIOS IMPORTADOS 20,000 INVENTARIO ACUMULABLE 0 ¿Que debo restar primero? ¿podre restar primero las perdidas fiscales que es lo que me conviene ya que caducan este año? ¿Deber primero restar el inventario importado ya que ese no se difiere y se debe acumular en los pagos provisionales? Los amigos de la SHCP los tengo hechos bolas y ni ellos saben lo que quisieron hacer.
Tópico: NECESITO OPINIONES!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: NECESITO OPINIONES!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Todos los procedimientos legales de la autoridad en contra de cualquier contribuyente deben atender lo que dice el ordenamiento que citas a partir del dia siguiente a su publicacion, si en el procedimiento se realizo algun acto va en contra de los derechos adquiridos por el contribuyente en virtud del mismo ordenamiento entonces puedes utilizarlo en su defensa. Saludos GFL MTY
Tópico: Sistemas se consideran activo fijo?
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: Sistemas se consideran activo fijo?
Emiti una consulta hace dos años y la respuesta es que el software computacional es una adquisicion de derechos de uso y su deduccion puede efectuarse como gasto en el ejercicio, pero tratandose de hardware como monitores , impresoras, cpu, servidores etc su adquision representa una inversion para la empresa por lo que se debera aplicar el porcentaje de depreciacion correspondiente en los terminos del articulo 40 fraccion VII o 41 fraccion XIII segun corresponda. Acuerdate que si califica como inversion puedes aplicar la deduccion inmediata del articulo 220 con sus limitantes y conbinarla con el decreto en materia de deduccion inmediata con sus beneficios adicionales. GERARDO FLORES Monterrey NL
Tópico: Sistemas se consideran activo fijo?
gerafis

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 29, 2005 Asunto: Re: Sistemas se consideran activo fijo?
Emiti una consulta hace dos años y la respuesta es que el software computacional es una adquisicion de derechos de uso y su deduccion puede efectuarse como gasto en el ejercicio, pero tratandose de hardware como monitores , impresoras, cpu, servidores etc su adquision representa una inversion para la empresa por lo que se debera aplicar el porcentaje de depreciacion correspondiente en los terminos del articulo 40 fraccion VII o 41 fraccion XIII segun corresponda. Acuerdate que si califica como inversion puedes aplicar la deduccion inmediata del articulo 220 con sus limitantes y conbinarla con el decreto en materia de deduccion inmediata con sus beneficios adicionales. GERARDO FLORES Monterrey NL

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