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Tópico: Software para calculo de curp de aplicarh
criskras

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2004 Asunto: Re: Software para calculo de curp de aplicarh
En la pagina de internet de Offix Fiscal (www.offixfiscal.com.mx) ahi viene el procedimiento, tanto el acceso a la pagina de "AplicaRH" para bajar el archivo de calculo de CURP, como las instrucciones y el acceso para bajar un archivo adicional para poder utilizarlo, pero mas simple, solo da click en las siguientes dos direcciones: la primera, para bajar el programa: http://www.aplicarh.com/Descargas/utlfree/CalcCURP.exe la segunda, para poder utilizar el programa, siguiendo las siguientes instrucciones: "Para poder utilizar el verificador del cálculo del RFC y CURP es necesario bajar a la carpeta SYSTEM que se encuentra dentro de la carpeta WINDOWS el archivo MSCOMCT2.OCX" da click en la siguiente direccion para bajar el archivo MSCOMCT2.OCX: http://www.offixfiscal.com.mx/varios/mscomct2.ocx ya que lo bajes ponlo en la carpeta SYSTEM que se encuentra dentro de la carpeta WINDOWS que esta en C:// o bajalo directamente a esa ubicacion.
Tópico: SABEN DE UNA FACILIDAD PARA PAGAR FLETES EN EFECTIVO ?
criskras

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2004 Asunto: Re: SABEN DE UNA FACILIDAD PARA PAGAR FLETES EN EFECTIVO ?
Yo quisiera saber si se pueden pagar parcialmente los fletes en efectivo y el resto con cheque y si aun asi es deducible el total del recibo (para persona fisica regimen general), lo que sucede es que muchas veces el importe del flete es mayor a $2,000.00 y entonces tengo la obligacion de pagarlo con cheque para abono en cuenta, pero el chofer del transporte me pide que le de: 1) una parte del pago en efectivo para sus gastos (segun eso la empresa transportista no les da dinero para gastos) o 2) cheque que no sea para abono en cuenta (sin cruzar), para que lo puedan ir a cambiar de inmediato al banco y asi ya tener efectivo para sus gastos.
Tópico: ¿Solo se presentan una vez las DECLARACIONES ESTADISTICAS??
criskras

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2004 Asunto: Re: ¿¿Y SI LA PRESENTO??
Y si por si las dudas se presentaran dos declaraciones estadisticas, es decir, no nada mas la primera por la que se tiene obligacion, sino tambien la segunda aunque no tuviera la obligacion, entonces ya tendria que seguir presentando mes por aquello de que una vez elegida la opcion no se puede variar durante el año?? :?:
Tópico: ¿Puedo COMPENSAR IMPAC vs IVA?
criskras

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2004 Asunto: ¿Puedo COMPENSAR IMPAC vs IVA?
Resulta que hice un pago provisional indebidamente de impuesto al activo en un ejercicio anterior, en aquel en que el decreto que exime a ciertas personas fisicas de pagar dicho impuesto, salio publicado en el Diario Oficial de la Federacion con un mes de retraso. Hasta hace poco solicite la devolucion de este impuesto al activo pero hasta el momento aun sigue en tramite dado que me han estado solicitando documentacion y algunas aclaraciones. Ahora me enterado que hace poco salio publicado que ya era posible compensar un saldo a favor de un impuesto con el saldo a pagar de otro impuesto diferente. Mi duda es la siguiente: ¿puedo desistirme de la devolucion de el impuesto al activo, es decir, ya no contestar la ultima solicitud de documentacion que me hacen, y mejor compensar este pago provisional indebido de Impuesto al activo de aquel ejercicio contra alguna cantidad a pagar del impuesto al valor agregado que me resulte durante algun mes de este año?? De antemano muchas gracias por su ayuda.
Tópico: ¿Solo se presentan una vez las DECLARACIONES ESTADISTICAS??
criskras

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2004 Asunto: ¿Solo se presentan una vez las DECLARACIONES ESTADISTICAS??
Publicidad Tengo una duda urgente que ojala me puedan resolver: Salio publicado que no era necesario estar presentando mes con mes declaraciones estadisticas de personas fisicas siempre y cuando no cambiara la situacion que dio origen a la declaracion estadistica y que era suficiente con presentarla una vez. Mi duda es la siguiente: Durante este año 2004 no he tenido ISR a pagar porque estoy disminuyendo perdidas de ejercicios anteriores y solo presente declaracion estadistica en Enero, es esto suficiente y ya no debo presentar declaraciones estadisticas si persiste la misma situacion?? mi duda se presento porque un contador me comento que dada la fecha en que fue publicada esa facilidad entonces tambien tenia que haber presentado la declaracion estadistica de febrero y ya las demas no,¿cual es la forma correcta: 1) presentar solo enero o 2) presentar enero y febrero Muchas gracias

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