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Autor | Mensaje |
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Tópico: Inscripcion de Trabajadores | |
Serena Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto: |
[quote:527c17bcb1="VIVIPI"]DEBES DE INSCRIBIR UNICAMENTE A LOS NUEVOS, YA QUE COMO TU MISMO LO MENCIONAS EL SAT TE DIO LA FACILIDAD DE QUE AL PRESENTAR LA DECLARACION INFORMATIVA DE SUELDOS Y SALARIOS SE DABA POR ENTENDIDO QUE TUS TRABAJADORES ESTABAN INSCRITOS.[/quote:527c17bcb1]estoy de acuerdo con Vivipi, solo inscribe a los mas recientes, esto para fines de tu informativa correspondiente a 2005. | |
Tópico: SOLICITO EMPLEO | |
Serena Mensajes: 14 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto: |
Definitivamente con esa experiencia mejor pon tu propio despacho, ten confianza y quiza te vaya mejor que ahora. Quisiera aportarte alguna mejor idea, pero pues ahora si que tambien ando en busqueda de mejores oportunidades. Saludos y suerte! | |
Tópico: Declaracion complementaria por Dictamen | |
Serena Mensajes: 11 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto: |
Perdon si me equivoco pero: no esta hablando de un saldo a favor? De ser asi con fundamento en la Resolucion Miscelanea, solo debes presentar la complementaria mostrando tu saldo a favor resultado del Dictamen y respecto a esto tienes dos opciones: 1. Optar por la devolucion de saldos a favor. 2. Realizar compensaciones de este saldo a favor. Espero haber entendido la idea principal de esta pregunta. saludos a todos y buen fin de semana!! | |
Tópico: F.E.A. ? | |
Serena Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: |
Definitivamente te recomiendo que si esta persona tiene pensado estar activo fiscalmente, es conveniente la tramitacion de su firma electronica y la verdad no te quita mucho tiempo. Saludos!! | |
Tópico: COMPENSACION DE ACTIVIDADES AGRICOLAS | |
Serena Mensajes: 1 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: |
Supongo te refieres al anexo correspondiente a la determinacion de saldos a favor de IVA, y definitivamente debes manifestar la actividad y el fundamento legal por el cual aplicas la tasa del 0%. Checate el articulo 2-A. Espero haberte ayudado | |
Tópico: DECLARACION DICTAMINADA O NORMAL? | |
Serena Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: |
Resolucion Miscelanea 2005 publicada en el D.O.F. el lunes 30 de mayo de 2005. Saludos | |
Tópico: ANUAL 2003 | |
Serena Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: |
Esto es lo que menciona la Resolucion Miscelanea 2005: 2.2.8. Para los efectos de los artículos 22, 22-A y 23 del Código, las personas físicas que hubiesen marcado erróneamente el recuadro “compensación” en su declaración del ejercicio (en las formas oficiales 13 o 13-A o formato electrónico, según corresponda), en virtud de que no tendrán impuestos a cargo o créditos fiscales contra que compensar, hasta el 31 de octubre de 2005, podrán cambiar de opción para solicitar la devolución del saldo a favor en el ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2004, siempre y cuando el contribuyente presente declaración complementaria señalando dicho cambio, y proporcione los datos a que se refiere el tercer párrafo de la regla 2.2.2. de esta Resolución. Aunque esto menciona para declaraciones respecto de 2004, podria ser aplicable para 2003. Ojala pueda servirte y esperemos mas comentarios | |
Tópico: IMPOSIBILIDAD FINANCIERA | |
Serena Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto: |
Checa este link, te llevara al foro en donde con anterioridad se comento de esto: http://www.fiscalia.com/posts15626-0.html | |
Tópico: hola declaracion de sueldos y salarios 2004 | |
Serena Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto: |
Corriganme si me equivoco, pero ademas, debes de dar de baja la obligacion por concepto de retencion de ISR por asimilable a salarios, o no? Esperemos mas opiniones al respecto Saludos! | |
Tópico: claves de obligaciones fiscales | |
Serena Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2005 Asunto: |
Checa el topico "Que regimen", si mas no me equivoco este es el link, y ahi encontraras las claves fiscales http://www.fiscalia.com/postt15883.html saludos! |