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Tópico: Compensación de saldos a favor del IVA..más requisito adicional?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2010 18:40:27 Asunto: Re: Compensación de saldos a favor del IVA..más requisito adicional?
Hola Hugo Tal parece que quieren incluir la presentación de la DIOT para cualquier tramite; para las devoluciones de IVA de igual manera esta publicado ese requisito, de presentar previamente la DIOT correspondiente al periodo por el cual solicitaras el saldo a favor de IVA. Saludos
Tópico: Ya se estan tardando con las Reglas ???
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 03, 2010 18:34:12 Asunto: Re: Ya se estan tardando con las Reglas ???
Hola buenas tardes JOEGON, pues en las reglas publicadas el dia de hoy echando un clavado solo encontre esto... Opción de no presentar el dictamen de estados financieros II.13.5.2. Para los efectos de los Artículos Tercero y Sexto del Decreto a que se refiere este Capítulo, los contribuyentes que se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, de conformidad con lo establecido en el artículo 32-A, fracción I del CFF, y opten por no presentar el dictamen fiscal, lo manifestarán en la declaración normal del ISR que corresponda al ejercicio por el que se ejerza la opción de referencia; dicha opción se deberá ejercer dentro del plazo que las disposiciones legales establezcan para la presentación de la declaración normal del ejercicio del ISR. Los contribuyentes que ejerzan la opción establecida en el párrafo anterior, deberán presentar durante el mes de junio de 2011, vía Internet la información contenida en el anexo “Información alternativa al dictamen”, debidamente requisitada. En caso de que los contribuyentes no ejerzan la opción dentro del plazo mencionado en el primer párrafo de esta regla, o no presenten la información a que se refiere el párrafo anterior, deberán presentar el dictamen de estados financieros para efectos fiscales, en términos de las disposiciones fiscales aplicables. CFF 32-A, DECRETO DOF 30/JUN/10 TERCERO, SEXTO Que en resumidas cuentas dice que esperemos a que salga ese anexo de 'Informacion alternativa al dictamen'... haber como viene, no creo que este muy sencillito viendo hoy los requisitos para el dictamen de IMSS. Saludos
Tópico: Se efectua Retención de IVA o no?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 15, 2010 09:42:42 Asunto: Re: Se efectua Retención de IVA o no?
Compañero Chavalon: Muchas gracias por tu comentario. Saludos
Tópico: Se efectua Retención de IVA o no?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 15, 2010 09:17:59 Asunto: Se efectua Retención de IVA o no?
Hola buen dia compañeros: Antes que nada gracias por la molestia de leer y aun mas gracias a los que aclaren mi duda... En la empresa SA de CV en la que la laboro, ocacionalmente presta servicios por fletes (otros ingresos) a otras personas morales, a quienes expedimos factura y nos retienen el 4% de IVA, solo que en el mes de septiembre obtuvimos ingresos por ese mismo concepto de fletes pero en esta ocasión otorgados a una persona fisica... Mi duda es si tambien la persona fisica nos debe de retener el 4% de IVA, es decir que una persona fisica le retenga IVA a una moral, de antemano la factura que se emitio si incluye la retención. Gracias y saludos
Tópico: Presentar complementaria de una compensacion como resultado de la Complementaria por Dictamen con saldo a favor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 01, 2010 10:38:08 Asunto: Re: Presentar complementaria de una compensacion como resultado de la Complementaria por Dictamen con saldo a favor
[i]Que tal en efecto es compensacion complementaria pero no como lo planteas Complementaria por dictamen Impuesto a cargo del ejercicio $ 995,000 compensacion $ 995,000 Impuesto pagado con anterioridad ( 0 ) ( solo se toma lo que efectivamente salio de bancos) cantidad a cargo o a favor ( 0 ) NOTA :tu saldo a favor sera el remanente de IVA SALU2 [/i] Estoy de acuerdo con tu comentario, solo me genera una duda ya que en el Sipred que enviaron los auditores, el saldo a favor lo dejaron plasmado como $5,000 a favor pero de ISR no de IVA, osea en el anexo 11 consideran $1,000,000 pagados de ISR en la declaración anual de la siguiente manera ISR determinado por auditoria 995,000 ISR pagado en la anual 1,000,000 ISR a favor $ ( 5,000) Si presentó la complementaria en el portal como me comentas habria diferencias entre mi complementaria por dictamen y el mismo dictamen no? Crees que tenga problemas con la autoridad si presento mi complementaria x dictamen como habia mencionado anterioremente tomando como impuesto pagado con anterioridad el $1,000,000 y dejando el saldo a favor de 5,000... de cualquier manera este pequeño saldo (los 5,000) no pensamos ni solicitarlos en devolución, ni compensarlos por la carga administrativa que nos llevaria tramitarlos, ademas por la poca importancia del monto 'a favor'... como ven?
Tópico: Presentar complementaria de una compensacion como resultado de la Complementaria por Dictamen con saldo a favor
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2010 13:47:59 Asunto: Presentar complementaria de una compensacion como resultado de la Complementaria por Dictamen con saldo a favor
Hola colegas, mi duda es si tengo que presentar de nueva cuenta aviso de compensación o no?... en mi declaración anual Normal por el ejercicio 2009 de ISR me salio a cargo un impuesto de $ 1,000,000, los cuales los compense contra un resto de saldo a favor de IVA provenientes de un pago provisional de enero 2010, lo presenté de la siguiente manera en portal bancario: Declaracion Normal ISR a cargo del ejercicio 2009 $ 1,000,000 (-) Compensaciones (Saldo a favor de IVA enero 2010) (1,000,000) Cantidad pagada 0 Ahora que se presento el dictamen el resultado fiscal se modifico asi como el impuesto a cargo de ISR por dicho ejercicio, quedando un Impuesto anual 2009 por $ 995,000 y con ello resultando un pequeño saldo a favor de $5,000. En portal bancario puedo presentarlo de la siguiente manera: Complementaria por dictamen Impuesto a cargo del ejercicio $ 995,000 Impuesto pagado con anterioridad 1,000,000 Saldo a favor $ (5,000) O como efectivamente en la normal no se pago nada pues se compenso, tengo que volver a presentar aviso de compensación o complementaria de dicho aviso por ese saldo a favor que se compenso desde la declaración normal? Bueno espero me puedan ayudar, espero sus comentarios y ayudas. Saludos.

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