Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de ricardojsmx

Autor Mensaje
Tópico: Decreto de maquila para 2004
ricardojsmx

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 15, 2005 Asunto: Decreto de maquila para 2004
Colegas: Alguno de ustedes me podria decir si el decreto publicado el dia 30 de octubre de 2003, donde se otorga diversos beneficios fiscales (reduccion de ISR para maquila), aun es aplicable en 2004, o ya no aplica este decreto y en 2004 o 2005 se publico algo referente a este beneficio. Saludos !!!
Tópico: Qué factor de subsidio Utilizar?
ricardojsmx

Mensajes: 7
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto:
para efectos de la prima de riesgo esta la encuentras en la ley. Para el factor, en ley no hay estipulado nada al respecto, pero de manera conservadora deberas hacerlo como un Pago provisional, es decir, deberas ir calculando un factor con los pagos que hagas desde que inicio operaciones la empresa y hasta la primer quincena y el resultado será tu factor, para la segunda quincena acumula los pagos que hagas (por salarios) desde el primer dia y hasta qel dia que estas pagando y vuelve a determinar un nuevo factor y asi te vas hasta que cumplas el año en el cual ya estarás de acuerdo a ley. Por consíguiente tu factor será distinto cada nomina, pero tu cálculo anual será más real. Saludos !!!
Tópico: COMO SE APLICA UNA DEV. DE PAGO DE SEGURO DE AUTO
ricardojsmx

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2005 Asunto:
Como te devolvieron solo la parte del seguro que aún no utilizaste (los meses que te faltan para cumplir el plazo que cubria el seguro) ese importes aun no lo has deducido, por lo tanto no tienes por que acumular nada. De hecho si sacas el importe neto de lo que tienes registrado en los seguros pagados x anticipado y su amortización, ese importe debería corresponder al importe que se devuelve y unicamente deberas CARGAR a bancos y ABONAR al saldo que tengas (el neto del que te hablo) y por consiguiente no hay acumulación alguna puesto que nunca hiciste deducible ese monto. Por otro lado, donde yo veo lo complicado es en el efecto del IVA, puesto que ya te hiciste acreditable el importe que te cobraron al pagar x adelantado, por consiguiente, al importe que te devuelvan deberás desglosar el IVA correspondiente (divide el importe entre 1.15 y obtendras la base) y será la base la que deberás afectar a seg. pag. x anticipado y el IVA como IVA acreditable cancelado. Espero haberte ayudado. saludos !!!
Tópico: ALguien tendra un cogigo fiscal version en ingles
ricardojsmx

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto:
jajajaja el hecho de que trabaje aqui no significa que yo en lo particular deba contar con esa información. Y respecto a como contestamos a sus consultas, ten por seguro que somos lo suficientemente profesionales como para saber lo que te contestamos. Tan es asi que "YO" no te estoy solicitando una consulta, solo te pido una información con la que no cuento en este momento. Me parece que "TU" eres de las personas frustradas que estan en contra de lña gente que trabaja en las Big Four, y que pena que te auntonombres FCAUNAM, ya que gente como tu pone en mal a la grandiosa institución de la cual yo tambien soy egresado.
Tópico: ALguien tendra un cogigo fiscal version en ingles
ricardojsmx

Mensajes: 15
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: ALguien tendra un cogigo fiscal version en ingles
Hola!!! Si alguien lo tiene me lo podria enviar a ricardo.juarez@mx.ey.com Mucho se los agredecere. Saludos !!!!
Tópico: Su ayuda por favor!
ricardojsmx

Mensajes: 17
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto:
Hola colegas: De una lectura a todas las respuestas a los Topicos me queda claro que no hay demasiadas respuestas que puedan ayudar. Además creo que este pais necesita de gente que cumpla sus obligaciones fiscales y no de evasores; creo que estamos aqui para opinar sobre la mejor solución y no pára eludir impuestos. Muchos se quejan de por que no tienen agua potable, luz o alcantarillado cuando no se atreven a tributar bajo la legalidad. En el caso en cuestión, creo que el riesgo lo adquiriste desde el momento que quisiste pagar menos impuestos y ahorarrte unos pesos del IVA y comprar a un menor precio; ahora llego el momento de aclarar las cuentas y regularizarte. A pesar de ser una simple invitación, puede ser el principio de una revisión formal por parte de la autoridad, y no es por espantarte, pero SI PUEDEN FINCARTE UN CRÉDITO Y FINCARTE UN DELITO FISCAL Y PENAL, creo que esto es serio. Yo te recomiendo contratar un contador (y por supuesto que te va a cobrar por sus servicios) y que realice la contabilidad y haga los cáñculos de los impuestos omitidos, con actualización y recargos. Si es demasiado y no tienes los recursos para pagar, acude a la autoridad y solicita pagos parcializados, pero haz todo esto de forma expontanea para que no te apliquen multas por las omisiones fiscales. Y la más importante, te recomiendo que de ahora en adelante solicites facturas a tus proveedores y si ellos no te dan facturas, busca quien si te pueda dar dichos comprobantes para evitarte estos problemas. Yo soy contador (y no me estoy vendiendo ok) y tal vez no tenga la idea de lo que es tener un negocio como el de tu esposo y por eso se me hace facil decir que pagues, pero los que si se es que he visto a personas que por quererse ahorrar unos centavos, al final salen perdiendo verdaderos miles de pesos. En lo personal te invito a que te regularices y no te arriesgues por que si queremos cambiar este pais, hay que empezar por un mismo. Saludos!!!!
Tópico: requisitos compensacion remanentes
ricardojsmx

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto:
jajajaja la verdad mejor pregunta que número de control debe llevar, por que aki en el DF, las 4 administraciones que hay aplico lo que dice el formato, debes anotar el primer número de control para todos los demás consecutivos del mismo remanente. Saludos !!!
Tópico: pregunta ? requisitos para dev. de iva
ricardojsmx

Mensajes: 6
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto:
En efecto si quieres solicitar una devolución por tramite normal: 1- Presenta formato 32 2- Presenta anexo 1-A (aplica para 2005) 3- Presenta anexo A1A (aplica para 2004 y anteriores) 4- LLeva copia de la declaración donde presentas tu saldo a favor 5- Llevar copia de identificación del reporesentante y su original para cotejo 6- Copia del acta constitutiva certificada y poder notarial (poder otorgado al representante para actos generales y de administración) asi como copia y original para cotejo 7- Integración del 80% de los clientes y 100% del IVA acreditable de operaciones con comercio exterior (mejor lleva el 100% de ambas si es que te aplica) 8- Baja el programa de devoluciones y compensaciones version 3.7 (donde capturas los datos del punto anterior y generas el disco de 3 1/2 para entregar a la Admon local) 9- Copia de los comprobantes (cruzado con estado de cuenta) de la integración de los puntos anteriores. Si eres dictaminado, unicamente presenta: - Los doctos de los puntos del 1 al 6, el 9 es opcional si es mucho el importe a solicitar (para que sea más agil la devolución) - Escrito libre donde manifiestas bajo palabra de decir verdad de donde obtuviste los importes a favor. - Declaratoria de contador publico (mismo que te dictamina) Nota: deberas presentar 3 ejemplares del escrito libre y de la declaratoria. Saludos <!!!!
Tópico: BAJA ARRENDADOR , ALTA PEQ. CONTRIBUYENTE.
ricardojsmx

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto:
Efectivamente, no vayas a expedir facturas con requisitos fiscales (IVA desglosado), solo comprobantes simplificados o con caja registradora, recuerda que el IVA se paga de acuerdo al procedimiento estipulado en el art. 2-C de la ley del IVA que en pocas palabras consiste en estimar los ingresos (por ser de nueva creacion la actividad) y aplicarle una factor según la actividad (15% a enajenacion de bienes) y al resultado le aplicas la tasa afecta de IVA (15%) y el resultadol es el IVA x pagar, a los REPECOS no les aplica ningun acreditamiento de IVA. Saludos.
Tópico: BAJA ARRENDADOR , ALTA PEQ. CONTRIBUYENTE.
ricardojsmx

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto:
Hola !!!! Respecto a la pregunta número 1 sinceramente no tengo la menor idea. Pero respecto del IVA te comento lo siguiente: A mi parecer, la enejenación de Helados estaría gravada al 15%. Te recomiendo leer la RFM 5.3.2 y los criterios 95/2004/IVA y 96/2004/IVA. De una interpretación de estos ordenamientos infiero que si son gravados al 15%. Saludos !!!!

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10