25/Jun/11 10:32
Re: efectos fiscales al pago vigencia
Buenos días..
estimado; Juez de Hierro..... comentas:
Mi estimado CP Sergio, lamento mucho tu comentario, ya que segun lo argumentado en este topico, no es perdida de tiempo, ni darle rodeos al asunto.
Lo que comenta a_cano, tiene mucha razon, sin embargo, ese tema trata de que no expidas comprobantes fuera de vigencia y es en forma generalizada, ya que aplica para todos, o en la tesis ves alguna salvedad????. si tus comprobantes tienen fin de vigencia agosto 2010 y lo expides con fecha de noviembre 2010, a esto se refiere la tesis.
la duda que plantea el forista es;
Una persona fisica expide recibo de honorarios con la leyenda efectos fiscales al pago, al momento de expedirlo estaba vigente, pero el pago se le hizo fuera de la vigencia, seria un no deducible para quien lo paga en este caso una empresa.
En primer lugar, Juez, dices que el tema consiste en no expedir comprobantes fuera de vigencia...MAL, muy MAL, el forista señaló claramente;
Una persona fisica expide recibo de honorarios con la leyenda efectos fiscales al pago, al momento de expedirlo estaba vigente... si conoces la tesis puedes darle el alcance correcto..
Segundo, se ve que no conoces la tesis del TFJFA debido a que en la misma se ventió el caso concreto en el que un contribuyente realizó una operación con fecha anterior al inicio de entrada en vigor del periodo de validez del comprobante fiscal; es decir..... por ejemplo, puso en la factura 1 de septiembre de 2007, siendo que el documento fiscal empezaba su vigencia el día 27 de septiembre.... por lo tanto; el mencionado organo jurisdicional consideró que no es válida la deduccion ni el acreditamiento, debido a que el comprobante fiscal no estaba dentro de periodo de validez de los mencionados comprobantes.
Tercero; si el forista menciona; Una persona fisica expide recibo de honorarios con la leyenda efectos fiscales al pago,
al momento de expedirlo estaba vigente,
pero el pago se le hizo fuera de la vigencia, seria un no deducible para quien lo paga en este caso una empresa.
de lo anterior se desprende; a).- Recibo de Honorarios que vence este año; es decir es de los impresos en las imprentas autorizadas hasta del 31 de diciembre de 2010, o también llamados por algunos foristas 'tradicionales'...... por lo tanto, PARA EFECTOS FISCALES......si se pagan fuera de la vigencia de ese comprobante; no lo puedes deducir ni acreditar fiscalemte, .....la tesis que cito acertadamente A_CANO, es aplicable debido a que los comprobantes fiscales tienen sus efectos durante el periodo de validez en que los emitas, pero tambien; tienen eficacia en el periodo en que son pagados, porque es durante este último acto, donde se le otorga al contribuyente la prerrogativa para deducirlos.
Cuarto; Memoli, acertadamente fundamento el caso en particular, al citar Art. Décimo Transitorio:
FII:
'Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigor de la reforma al art. 29 del CFF, tengan comprobantes impresos en establecimentos autorizados por el SAT ...podrán continuar utilizándolos HASTA QUE SE AGOTE SU VIGENCIA, por lo que ÉSTOS PODRAN SER UTILIZADOS POR EL ADQUIRENTE DE LOS BENES O SERVICIOS QUE AMPAREN, EN LA DEDUCCION O CREDITAMIENTO, A QUE TENGAN DERECHO CONFORME A LAS DISPOSICIONES FISCALES...'
Para mi, pese que memoli y chavalon, hacen buenos analisis en el presente foro, pasan por desapercibo la fraccion III del artículo 31 de la Ley del ISR, que es el requisito de estar amparadas las deducciones con documentación que reúna los requsitos fiscales, entre ellos que el comprobante fiscal, este vigente en el momento de la deduccion.
Quinto; por eso mi estimado Juez; creeo que no ameritaba tanta perdida de tiempo aclarar esta situación, pues ya en foros pasados se habia hablado del artículo 31 de la a ley del ISR.
Por ultimo, creeo que presente caso sería no deducible ni acreditable..
Saludos Cordiales
Sergio Guerrero
-Gracias doy al cielo por la merced que me hace, pues tan presto me pone ocasiones delante donde yo pueda cumplir con lo que debo a mi profesión, y donde pueda coger el fruto de mis buenos deseos. "Don Quijote de la Mancha".