16/Jun/05 18:27
Claro que se puede hacer, con base en los art. 30 y 34 de la Ley del Seguro Social en lo que se refiere a percepciones variables.
No estoy de acuerdo con lo que Padawan comenta que es un elemento previamente conocido, ya que tu mencionaste que este bono se entrega siempre y cuando el trabajador cumpla con ciertos requisitos y entonces si no los cumple, pues no tiene derecho a esta percepción, por ello sí debe ser un elemento variable y debes hacer lo siguiente (a manera de ejemplo):
Bono 2000.00 pagado en junio
Divides el bono entre los días del bimestre (sin considerar días de faltas e incapacidades en su caso)
Suponiendo 2000 / 61 = 31.79
Con fecha 1 de julio deber presentar una modificación de salario que obtendras como sigue:
SBC (es el fijo que tienes actualmente) 104.87
más el promedio anterior obtenido 31.79
entonces tu nuevo SBC es de 136.66
este salario estará vigente del 1 de julio al 31 de agosto, y lo que debes de hacer porteriormente...
Con fecha 1 de septiembre haces una nueva modificación de salario (considerando que ya no haya otra prestación variable) por $ 104.87 y con esto regresas a tu salario fijo original.
Espero haber sido de ayuda, Saludos
P.D. Tal vez lo que también puedas hacer es modificar a tu contadora.
Edgar
ACE,S.C.