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Tópico: CFD CFDI AYUDA!
vicentino

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Mensaje Foro: Software Enviado: Julio 04, 2012 18:05:41 Asunto: Re: CFD CFDI AYUDA!
WOW! rdelaros... no sabia que existiece este programa .. muchas gracias por tu comentario e investigare! gracias
Tópico: Personas Fisicas SDyP
vicentino

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2012 16:58:20 Asunto: Re: Personas Fisicas SDyP
cv dominguez... eres muy gentil.. en responder mi pregunta .. te agradezco tu comentario Saludos cordiales y gracias
Tópico: Personas Fisicas SDyP
vicentino

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2012 16:37:22 Asunto: Personas Fisicas SDyP
Buen dia respecto a las adecuaciones alas personas fisicas apartir de agosto presentaran por medio de este 'portal' los pagos profesionales.. siempre y cuando hayan declarado 1millon de pesos en el ejercicio anterior... o si opcionalmente se ajustan a este sistema en la pagina del sat dice personas fisicas--- Asalariadas tambien? me imagino que no .. pero tengo duda...
Tópico: CFD CFDI AYUDA!
vicentino

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Mensaje Foro: Software Enviado: Julio 03, 2012 11:01:09 Asunto: CFD CFDI AYUDA!
Buen dia, en mi empresa decidieron validar al 100% los CFD y CFDI... el detalle es que son muchiisismos y tardo mucho. en vvalidar Alguien sabe si existe o si puede existir.. (checar con un ingeniero y elaborarlo) un tipo carga batch para que no nada mas me deje subir y validar 10...? o que las que son CFDI me valide varias=? ya que solo me deja una por una.. es algo estresante... Saludos y gracias espero alguien sepa algo!
Tópico: OMISION DE ENVIO MENSUAL CFD
vicentino

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2012 15:40:37 Asunto: Re: OMISION DE ENVIO MENSUAL CFD
Yo tengo una duda similar... pero a mi forma de ver las cosas no estamos incumpliendo solo cumplimos extemporaneamente... omision seria que no enviases los informes... (asi que si no as enviado .. envialos!) cuando los contribuyentes [u]incumplan[/u] con el requisito establecido en la fracción III me queda la duda...
Tópico: DIOT
vicentino

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2012 11:36:51 Asunto: Re: DIOT
hmmmm no lo habia visto desde esta perspectiva!
Tópico: No presentacion de informacion CFDI
vicentino

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2012 09:50:41 Asunto: No presentacion de informacion CFD
Buen dia, un colega emite comprobantes fiscales 'CFD' y tengo entendido que si no envias 2 reportes mensuales seguidos o 3 si no son consecutivos... tienes que emitir CFDI ... si estoy bien.. vienen a mi mente dos cuestionantes ya que este colega envio extemporaneamente dichos reportes y por ende 'se debe de ajustar a lo inevitable' (CFDI) 1.-Textualmente cito la resolucion la Regla II.2.6.2.2., 'Incumplan con el requisito establecido en la fracción III de esta regla (presentar el reporte)' Segun mi apreciacion mi colega esta enviando los informes fuera de tiempo... por ende no esta incumpliendo la obligacion. por consecuencia .. no debe de entrar a expedir (CFDI) ¿Estoy en lo correcto? 2.- De no estar en lo correcto... viene a mi mente la apreciacion que la resolucion miscelanea es para aclarar no para dar obligaciones a los gobernados... y desde mi punto de vista ami me esta otorgando esta reolucion una obligacion... asi que puedo no acatarla...? por favor su ayuda! gracias [i]Editado: Junio 28, 2012 11:31:12[/i] [i]Editado: Junio 28, 2012 15:38:00[/i]
Tópico: requerimiento y multa en mismo formato
vicentino

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 11:04:55 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Una disculpa ngm ya que en la opinion anterior quise poner 'luiguiparigy' sin ambargo ngm no coincido con lo comentado en lo siguiente 'Y pues sí, sí puede la autoridad requerir y multar en el mismo documento. Es una facultad que tienen las autoridades fiscales' Las multas fiscales se encuentran reguladas por el derecho y, por ende, sujeta al estricto control de legalidad, se supone que fomentando la cultura del pago Si! pero de cantidades justas y que sean producto de una determinación que se encuentre ajustada a derecho, evitando así que el contribuyente se encuentre obligado a enterar cantidades fijadas en un esquema de arbitrariedad o dogmatismo. Por ende y en mi muy humilde opinión, si se está requiriendo información.. y “al mismo tiempo” se está imponiendo una sanción pecuniaria por la omisión de la misma información que se le requiere.. entonces ¿en donde está el estudio y la determinación que la autoridad sancionadora debe de realizar al infractor de las leyes tributarias? Dicho estudio es de toral importancia.. y este debe de contener por lo menos los siguientes puntos: El monto del perjuicio sufrido por el Fisco, ya sea Federal o Local. La negligencia en la comisión de la infracción. La mala fé en la comisión de la infracción. La espontaneidad del infractor en la comisión de la infracción. La reincidencia en la comisión de la infracción. La capacidad económica del infractor. Si se le requiere y al mismo tiempo se le multa.. es obvio según mi apreciación que no se llevo a cabo el estudio al cual invoco.
Tópico: requerimiento y multa en mismo formato
vicentino

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2012 09:48:12 Asunto: Re: requerimiento y multa en mismo formato
Coincido con Enrique.. totalmente improcedente la imposicion de la multa la cual se encuentra viciada de origen y totalmente agena a derecho, para reforzar aun mas mi razonamiento ngm tenga la amabilidad de dar lectura a el precedente jurisdiccional que a continuación se cita : Novena Epoca Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: IX, Marzo de 1999 Tesis: VIII.1o.24 A Página: 1422 MULTAS FISCALES. REQUISITOS QUE DEBEN CONTENER PARA SU DEBIDA MOTIVACIÓN. La única forma de evitar que las sanciones puedan ser irrazonables, desproporcionadas y, por tanto, excesivas e inconstitucionales, es necesario que se tomen en cuenta los siguientes requisitos: a) La gravedad de la infracción cometida, b) El monto del negocio, y c) La capacidad económica del particular. Lo anterior significa que una multa fiscal por más leve que se considere, debe contener las razones y motivos que la justifiquen, para que de esta manera no se deje en estado de indefensión e incertidumbre jurídica al particular y quede fehacientemente acreditado por la autoridad que la multa decretada no es excesiva, pues tal obligación deviene directa y taxativamente del artículo 22 constitucional; mismo que en relación con el artículo 16 de nuestra Carta Fundamental, en el que se exige que todo acto de autoridad debe estar debidamente fundado y motivado sin excepción alguna, conduce a establecer que todo acto de autoridad que incida en la esfera jurídica del gobernado, debe contener las reglas adecuadas para que las autoridades impositoras tengan la posibilidad de fijar su monto o cuantía, tomando en cuenta como se dispuso con antelación la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor, la reincidencia de éste en la conducta que la motiva y en fin, todas aquellas circunstancias que tiendan a individualizar dicha sanción; de ahí que al no existir esos requisitos, obvio es que la imposición aun de la infracción mínima, sin estar debidamente fundada y motivada, resulta violatoria de sus garantías individuales. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO. Revisión fiscal 86/98. Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Administrador Local Jurídico de Ingresos de Durango. 13 de enero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: René Silva de los Santos. Secretario: Miguel Rafael Mendiola Rocha. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X, diciembre de 1999, página 219, tesis por contradicción 2a./J. 127/99, de rubro 'MULTA FISCAL MÍNIMA. LA CIRCUNSTANCIA DE QUE NO SE MOTIVE SU IMPOSICIÓN, NO AMERITA LA CONCESIÓN DEL AMPARO POR VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL.'.
Tópico: VALES DE DESPENSA
vicentino

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 12, 2012 12:59:02 Asunto: Re: VALES DE DESPENSA
Gracias enrique... y comprendo tus comentarios.. tienes razon... Saludos y nuevamente gracias

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