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26/Jun/12 14:44
DIOT

HOLA BUENAS TARDES A TODOS UNA PERSONA FISICA EXENTA DE IVA, ESTA OBLIGADA A PRESENTAR DIOT? DE ANTEMANO GRACIAS A TODOS
 
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FERNANDO25
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26/Jun/12 15:47
Re: DIOT

hola

mas facil , puedes observar en su gui de obligaciones si tiene la obligacion de presentar la DIOT.



saludos
 
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GOrnelas
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26/Jun/12 21:40
Re: DIOT

en la guia no tiene esa obigacion, pero si la de la informativa de clientes y proveedores, y hasta donde tengo entendido la diot sustituye a la de clientes y proveedores. pero tambien me surge la duda que si presento la diot el, sat me pueda dar de alta la obligacion del iva .Muchas gracias por la ayuda.
 
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FERNANDO25
Capitán Segundo

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26/Jun/12 21:47
Re: DIOT

'y hasta donde tengo entendido la diot sustituye a la de clientes y proveedores'

en que te fundamentas para aserverar tu dicho???
 
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GOrnelas
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26/Jun/12 23:14
Re: DIOT

Buenas noches Fernando:

Los contribuyentes exentos de IVA, no están obligados a presentar la DIOT.

Fund.

LIVA

''Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

...

VIII. Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.''



Y...como no estás obligado a presentar la DIOT, sí estás obligado a presentar la declaración informativa de clientes y proveedores.


Espero que mi comentario sea de tu utilidad.


Saludos y buena suerte.
 
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ngm
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26/Jun/12 23:26
Re: DIOT

Fernando

ve el 86 LISR para clientes y proveedores.

No olvides consultar RM respecto a lo citado.....

si no tienes la obligacion del IVA................no busques mas.



saludos
 
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CPhugoocejo
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26/Jun/12 23:27
Re: DIOT

Complementando...

Hasta el ejericio 2011, así ha sido.

Esto es, el envío de las DIOT`s en tiempo, te libera de la obligación de enviar la informativa de clientes y proveedores.


Saludos nuevamente.




Saludos nuevamente.
 
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ngm
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27/Jun/12 06:52
Re: DIOT

Buen día FERNANDO25
...tengo entendido la diot sustituye a la de clientes y proveedores

Probablemente te refieres a lo siguiente:

RMF 2012.

Transitorios

Sexto.-Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF, durante el ejercicio fiscal de 2011, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2011.

Derivado de lo anterior, las personas físicas y morales presentarán dicha información en los términos de la regla I.5.5.3.

Coincido con la compañera ngm (un saludo afectuoso), en que en tu caso, tal como dice el Art. Transitorio anterior, como no estás obligado a presentar la DIOT, entonces por consecuencia si debes presentar la Declaración informativa de Clientes y Proveedores en forma Anual.

Los Fundamentos se señalan en el art. transitorio citado

me surge la duda que si presento la diot el, sat me pueda dar de alta la obligacion del iva

Pues no tienes por que presentarla si no estás obligado.



Saludos
 
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CHAVALON
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27/Jun/12 06:53
Re: DIOT

Buen día FERNANDO25
...tengo entendido la diot sustituye a la de clientes y proveedores

Probablemente te refieres a lo siguiente:

RMF 2012.

Transitorios

Sexto.-Para los efectos de los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF, durante el ejercicio fiscal de 2011, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2011.

Derivado de lo anterior, las personas físicas y morales presentarán dicha información en los términos de la regla I.5.5.3.

Coincido con la compañera ngm (un saludo afectuoso), en que en tu caso, tal como dice el Art. Transitorio anterior, como no estás obligado a presentar la DIOT, entonces por consecuencia si debes presentar la Declaración informativa de Clientes y Proveedores en forma Anual.

Los Fundamentos se señalan en el art. transitorio citado

me surge la duda que si presento la diot el, sat me pueda dar de alta la obligacion del iva

Pues no tienes por que presentarla si no estás obligado.



Saludos

Pd.- Por causas ajenas a mi voluntad se duplicó este comentario, ofrezco una disculpa



Editado: Junio 27, 2012 06:55:27
 
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CHAVALON
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27/Jun/12 08:47
Re: DIOT

hola ngm, sobre la presentacion a TIEMPO de la DIOT para que te libere de la de clientes y proveedores, no le hayo fundamento para que solo aplique en tiempo, de acuerdo a la regla I.5.5.3. solo habla de la global, me gustaría ampliar el tema, por si estoy equivocado, corregir y presentar mis Clientes y proveedoes, ya yo tuve algunos casos que los mandé posteriormente al mes que se tenía obligación
 
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bandido07
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