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Tópico: PAC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 29, 2010 16:41:24 Asunto: Re: PAC
Hola cperic y demas foristas. Quiza esten listos el 31 de Diciembre a las 11:59 p.m. Saludos
Tópico: Facilidades de comprobación en Adquisición de combustibles
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 29, 2010 15:32:10 Asunto: Re: Facilidades de comprobación en Adquisición de combustibles
Hola lobo buenas tardes. Asi es, lobo la facilidad menciona lo que tu expones. Solo que el autor del topico menciona que solo sera deducible el 30 %.
Tópico: Facilidades de comprobación en Adquisición de combustibles
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 29, 2010 12:04:45 Asunto: Re: Facilidades de comprobación en Adquisición de combustibles
buenos dias, un saludo a todos, esperando se encuentren bien con sus respectivos seres queridos. si estoy mal les pido su correccion. leyendo la facilidad administrativa menciona CONSIDERARAN CUMPLIDA LA OBLIGACION del segundo parrafo fraccion III del articulo 31, la cual a su letra dice: TRATANDOSE DEL CONSUMO DE COMBUSTIBLE PARA VEHICULOS MARTITIMOS, AEREOS Y TERRESTRES, [color=purple]EL PAGO DEBERA EFECTUARSE MEDIANTE CHEQUE NOMINATIVO DEL CONTRIBUYENTE, TARJETA DE CREDITO, DE DEBITO O SERVICIOS, A TRAVES DE LOS MONEDEROS ELECTRONICOS A QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR, AUN CUANDO DICHOS CONSUMOS NO EXCEDAN DE 2,000.00.[/color]continuando con la facilidad dice' cuando los pagos por consumos se realicen con medios distintos a los que se mencionan en el articulo citado SIEMPRE QUE ESTOS NO EXCEDAN DEL 3O % DEL TOTAL DE LOS PAGOS EFECTUADOS POR CONSUMO DE CONMBUSTIBLE PARA REALIZAR SU ACTIVIDAD. Creo que habla de considerarlos pagados con cheque independientemente del monto, no habla que solo sera deducible el 30 %, espero sus comentarios al respecto. que tengan un buen dia
Tópico: Donde encuentro las NIF y los Boletines en la WEB
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2010 10:04:03 Asunto: Re: Donde encuentro las NIF y los Boletines en la WEB
Hola reciban un cordial saludo. Yo tengo algunas NIF y de hecho tambien NAGA en word, no esta acomodadas en cuestion de margenes, solo estan copiadas y pegadas no he tenido oportunidad de acomodarla. denme su correo y se las envio. Que tengan buen dia [i]Editado: Octubre 08, 2010 10:10:02[/i]
Tópico: PTU GENERADA O PAGADA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 06, 2010 16:41:07 Asunto: Re: PTU GENERADA O PAGADA
Checate el art. 88 LISR parrafo 3 y art. 10 fraccion I
Tópico: 13 negocios bajo la lupa de Hacienda
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2010 10:18:17 Asunto: Re: 13 negocios bajo la lupa de Hacienda
Hola tenga un buen dia. Inetresante noticia, yo creo que despues dan lo lineamientos para la presentacion de esos reportes. En los centros cambiarios (casas de cambio pequeñas) estan reguladas por el SAT tienen que realizar de manera trimestral un informe de operaciones relevantes en el cual informan a la autoridad las operaciones realizadas con clientes en montos superiores a 5,000.00 dolares, antes eran 3,000.00, ese reporte se envia al SAT, en un programa como como el de las anuales. Habra que esperar mas noticias al respecto.
Tópico: Articulo 168 ingresos percibidos del extranjero?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2010 12:05:04 Asunto: Re: Articulo 168 ingresos percibidos del extranjero?
Hola buenas tardes. dale una checada a ese articulo, para que expreses tus dudas concretas y se puedan aclarar, ya lo habia comentado muy acertadamente lobozac participando estudias el tema y perfeccionas algun tema si es que lo conocias y aprendes si no lo conocias, hay muchos compañeros con mucha experiencia que te pueden ayudar. y el articulo citado regula el monto del interes acumulable. Que tengan buen dia
Tópico: BAJA DE UNA AC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2010 13:29:21 Asunto: Re: BAJA DE UNA AC
Buenas tardes, el fundamento y las recomendaciones ya te las dio lcruiz, coincido con el, si no es mucho el tiempo presenta declaraciones estadisticas.
Tópico: IDE de doctores y su tratamiento admvo-fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2010 16:38:31 Asunto: Re: IDE de doctores y su tratamiento admvo-fiscal
Gracias lobozac por tus comentarios, tienes mucha razon, lo enriquecedor del foro, son los puntos de vista de todos los integrantes. Estoy de acuerdo con emprendedor fiscal, si el doctor los acumula y paga los impuestos correspondientes, independientemente que los deposite o no, no le pueden cobrar IDE por no haberlo depositado. Si las personas lo deducen siendo en efectivo y es superior a 2,000.00 es otro punto.
Tópico: IDE de doctores y su tratamiento admvo-fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2010 15:10:49 Asunto: Re: IDE de doctores y su tratamiento admvo-fiscal
LEY DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO. Artículo 1. Las personas físicas y morales, están obligadas al pago del impuesto establecido en esta Ley respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero. Buenas tardes

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