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Tópico: DECLARACION ANUAL PF PROBLEMA CON LOS INGRESOS ACUMULABLES
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2018 09:08:54 Asunto: DECLARACION ANUAL PF PROBLEMA CON LOS INGRESOS ACUMULABLES
Hola compañeros muy buenos días Les comento que tengo un rechazo de una declaración anual con el siguiente error: Los Ingresos o utilidades acumulables tanto en mi declaración como en la revisión del SAT coincidimos. Pero en el Total de ingresos acumulables, en mi declaración como contribuyente aparece 0 'cero' y el SAT replica el importe de los ingresos acumulables. Como puedo solventarlo, en la declaración llenas los campos de total de ingresos, ingresos exentos e IRS retenido. Ya no tienes la opción de poder llenar cada campo de la declaración anual,. Es un problema del SAT, estoy llenándola mal, como puedo resolverlo, ya intente con una complementaria y sigue el mismo detalle.
Tópico: IMPUESTO SOBRE NOMINAS EDO MEX NO APARECE 2017
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 07, 2017 10:45:07 Asunto: IMPUESTO SOBRE NOMINAS EDO MEX NO APARECE 2017
colegas buenos días he estado intentado presentar mi declaración mensual de impuesto sobre nominas en el portal de Estado de México pero no aparece el año 2017, alguien ya la pudo presentar? En la línea de atención al contribuyente dicen que me espere pero ya el viernes es 10.
Tópico: ENVIO BALANZA: MENSAJE DE ERROR
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2016 19:04:50 Asunto: Re: ENVIO BALANZA: MENSAJE DE ERROR
Alguien ya pudo enviar su balanza mes 13, a mi me sigue apareciendo el error y ya estamos a 29 de abril
Tópico: Calculo de Indemnizaciones
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2015 13:11:58 Asunto: Calculo de Indemnizaciones
Hola buenas tardes Como bien marca la LFT son 90 días por indemnización y LISR entiendo que la indemnizaciones son exentas por 90 VSMGV por cada año de servicio Sin embargo el abogado laboral platica con los empleados, y dependiendo el tipo de caso por el cual se esta dando la baja algunos empleados se van con 2 meses de sueldo mas prima de antigüedad y finiquito. sin embargo el convenio que se presenta ante la junta de conciliación maneja ese importe como 'gratificación' cual seria el tratamiento correcto para la retención de ISR? Acumular los dos meses ya que se esta manejando como gratificación? Darle el mismo tratamiento que como indemnización? gracias y espero me puedan apoyar
Tópico: Ingresos provenientes de fuente de riqueza del extranjero, solo declaracion anual (ISR)?
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 02, 2014 17:18:29 Asunto: Re: Ingresos provenientes de fuente de riqueza del extranjero, solo declaracion anual (ISR)?
Tengo la misma duda que tu, Que definiste al final, hiciste pagos provisionales o solo la anual
Tópico: Debo presentar aviso ley antilavado ? ayuda
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 23, 2014 12:43:42 Asunto: Debo presentar aviso ley antilavado ? ayuda
Hola que tal Trabajo en una empresa la cual recibió aportaciones en el ultimo cuatrimestre de 2013 por uno de sus accionistas (persona moral) y a finales de año se capitalizaron dichas aportaciones. el art 17 fracc XI inciso d) dice La organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles, Serán objeto de Aviso ante la Secretaría cuando el prestador de dichos servicios lleve a cabo, en nombre y representación de un cliente, alguna operación financiera que esté relacionada con las operaciones señaladas en los incisos de esta fracción, con respeto al secreto profesional y garantía de defensa en términos de esta Ley Por lo que me surge la duda y no logro dilucidar si estoy obligado a presentar el aviso por esas aportaciones. Alguien que me pueda ayudar por favor.
Tópico: Debo presentar aviso ley antilavado ? ayuda
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 23, 2014 12:43:42 Asunto: Debo presentar aviso ley antilavado ? ayuda
Hola que tal Trabajo en una empresa la cual recibió aportaciones en el ultimo cuatrimestre de 2013 por uno de sus accionistas (persona moral) y a finales de año se capitalizaron dichas aportaciones. el art 17 fracc XI inciso d) dice La organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles, Serán objeto de Aviso ante la Secretaría cuando el prestador de dichos servicios lleve a cabo, en nombre y representación de un cliente, alguna operación financiera que esté relacionada con las operaciones señaladas en los incisos de esta fracción, con respeto al secreto profesional y garantía de defensa en términos de esta Ley Por lo que me surge la duda y no logro dilucidar si estoy obligado a presentar el aviso por esas aportaciones. Alguien que me pueda ayudar por favor.
Tópico: Debo presentar aviso ley antilavado ? ayuda
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 23, 2014 12:42:38 Asunto: Debo presentar aviso ley antilavado ? ayuda
Hola que tal Trabajo en una empresa la cual recibió aportaciones en el ultimo cuatrimestre de 2013 por uno de sus accionistas (persona moral) y a finales de año se capitalizaron dichas aportaciones. el art 17 fracc XI inciso d) dice La organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles, Serán objeto de Aviso ante la Secretaría cuando el prestador de dichos servicios lleve a cabo, en nombre y representación de un cliente, alguna operación financiera que esté relacionada con las operaciones señaladas en los incisos de esta fracción, con respeto al secreto profesional y garantía de defensa en términos de esta Ley Por lo que me surge la duda y no logro dilucidar si estoy obligado a presentar el aviso por esas aportaciones. Alguien que me pueda ayudar por favor.
Tópico: Topes para prevision social
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2013 14:15:02 Asunto: Topes para prevision social
Hola que tal estimados he aquí mi duda Pretendo implementar fondo de ahorro en la empresa en la cual laboro, pero me surge la siguiente duda en cuanto a la deducción para el patrón. El Art 31 LISR que dice 1-Ser general 2-El patrón aporte un monto igual al que ahorre el trabajador 3-No exceder del 13% del sueldo 4-No exceder de 1.3 VSMGV elevado al año Algunos de los empleados si exceden el 1.3 VSMGV elevado al año, sin embargo el reglamento de ISR señala que será deducible mientras el patrón cubra el impuesto sobre el excedente. Artículo 43-A. Cuando las prestaciones de previsión social a que se refiere el artículo 31, fracción XII de la Ley excedan de los límites establecidos en el artículo citado, la prestación excedente sólo será deducible cuando el contribuyente cubra por cuenta del trabajador el impuesto que corresponda a dicho excedente, considerándose el importe de dicho impuesto como ingreso para el trabajador por el mismo concepto y efectúe asimismo las retenciones correspondientes. Ahora bien el 109 LISR en su penúltimo párrafo vuelve a considerar topes para considerarse como ingreso gravado a los trabajadores por concepto de previsión social Penúltimo párrafo Art 109 La exención aplicable a los ingresos obtenidos por concepto de prestaciones de previsión social se limitará cuando la suma de los ingresos por la prestación de servicios personales subordinados o aquellos que reciban, por parte de las sociedades cooperativas, los socios o miembros de las mismas y el monto de la exención exceda de una cantidad equivalente a siete veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año; cuando dicha suma exceda de la cantidad citada, solamente se considerará como ingreso no sujeto al pago del impuesto un monto hasta de un salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año. Esta limitación en ningún caso deberá dar como resultado que la suma de los ingresos por la prestación de servicios personales subordinados o aquellos que reciban, por parte de las sociedades cooperativas, los socios o miembros de las mismas y el importe de la exención, sea inferior a siete veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año. Aquí entra mi problema, les comento que también tenemos la prestación de vales de despensa, por lo que al sumar la totalidad de ingresos más vales de despensa más la aportación que haría el patrón por fondo de ahorro, excede las 7 VSMGV elevado al año, por lo que les aplico la exención de 1 SMGV elevado al año, y mi previsión social por trabajador excede también el tope. Prteguntas Entiendo que el excedente debe ser gravado para efectos de ISR. Pero como patrón el excedente lo puedo deducir si pago el ISR por el excedente??? Porque la duda? porque el reglamento me da esa opción pero solo me indica los límites del 31 de LISR, no me menciona nada del 109. Que opinan ustedes? Puedo hacer todo deducible si pago las retenciones sobre el excedente del 109???
Tópico: Revision mismo ejercicio
Jos

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 25, 2012 13:15:32 Asunto: Revision mismo ejercicio
Que tal foro Les comento que la empresa donde trabajo el año pasado nos hicieron visita domiciliaria de pagos provisionales de enero a abril de 2011 por todos los impuestos Ayer nos informo el auditor que le llego revision de papeles de auditoria por el ejercicio de 2011 Por experiencia me ha tocado que la revision de papeles de auditoria ha sido mero tramite para despues revisarle directamente a la empresa, por lo menos ya me toco ver 2 casos asi. Por lo que la pregunta del millon es estamos en riesgo que nos llegue visita domiciliaria por el ejercicio de 2011? Estuve viendo el Art 46 del CFF y aparentemente no pueden revisarte 2 veces el mismo ejercicio, sin embargo la primer revision no fue al ejercicio completo sino de de un cuatrimestre. A parte por lo que entendi si pueden hacerlo simepre y cuando funden y motiven en la orden de visita que quieran revisar hechos diferente a los ya revisados. Es posible que despues que revisen al auditor nos llegue la revision directa? o estoy interpretando mal los articulos

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