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Tópico: CONSULTA EN DATALLE DE IVA EN FACTURA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2006 Asunto: Re: CONSULTA EN DATALLE DE IVA EN FACTURA
[color=darkblue:9dd4b306f6][/color:9dd4b306f6] Gracias por tu comentario Cheque, y si contabilizo la factura tal como esta, acreeditando el iva como lo detalla la factura, algun comentario al respecto, revizando la ley del iva en cuanto a acreeditamiento solo indica que esta expresamente y por separado, como la ven, habria algun problema si la contabiliza tal cual? porque la factura se pago por el total indicado en la misma C.P. O DE LOZA :wink:
Tópico: CONSULTA EN DATALLE DE IVA EN FACTURA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2006 Asunto: CONSULTA EN DATALLE DE IVA EN FACTURA
HOLA BUEN DIA, UNA CONSULTA, ESTABA REVIZANDO UNAS FACTURAS Y ME ENCONTRE EN UNA LA SIGUIENTES SITUACION IMPORTE $10,600.00 IVA 1,600.00 TOTAL 12,200.00 ES UN ERROR CALCULO Y ESCRITURA, PERO LA FACTURA ESTA PAGADA POR EL TOTAL QUE COMENTARIOS TENDRIAN AL RESPECTO, ESTAMOS HABLANDO DE IVA EN ZONA O REGION FRONTERIZA A TASA DEL 10% ESPERO COMENTARIOS GRACIAS C.P. O DE LOZA :wink:
Tópico: Pregunta
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 16, 2006 Asunto: Re: Pregunta
[color=blue:4f4e77a738][/color:4f4e77a738] REFERENTE A LA PRIMA DOMINICAL EXENTA SE CONSIDERA HASTA EL EQUIVALENTE A UN SALARIO MINIMO ARTICULO 109, RESPETO A LOS DIAS FESTIVOS EL MISMO ARTICULO 109 TE DA LA PAUTA A TOMAR COMO EXENSION, ESPERO TE SIRVAN MIS COMENTARIOS OK C.P.C. O DE LOZA :wink:
Tópico: Constancias de Retenciones
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 13, 2006 Asunto: Re: Constancias de Retenciones
[color=darkblue:fd451b78b7][/color:fd451b78b7] HOLA BUEN DIA, ME IMAGINO QUE TU DUDA ES EN RELACION AL ARTICULO 117 LISR FRACCION II ESPERO SEA RESUELTA TU DUDA AL RESPECTO C.P.C. O DE LOZA :wink:
Tópico: VACACIONES DEL SAT DICIEMBRE 2005
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2005 Asunto: Re: VACACIONES DEL SAT DICIEMBRE 2005
[color=darkblue:00e14b2720][/color:00e14b2720] HOLA BUEN DIA, ESTA INFORMACION VIENE AQUI MISMO EN LA PAGINA AHI TE LA TRANSCRIBO INTEGRA OK Días inhábiles en diciembre 2005 Diciembre es un mes de celebraciones navideñas y de fin de año, en donde muchas empresas y entidades suspenden operaciones, otorgan vacaciones o tienen asuetos, por lo que es importante conocer cuáles días de este mes son oficialmente hábiles o inhábiles, así como los efectos que la suspensión de labores de ciertas instituciones gubernamentales, puede tener en el cómputo de plazos para efectos fiscales. Por lo anterior, a continuación se analizan los efectos, fiscales de las celebraciones decembrinas. FISCAL El Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece los días que no se deben considerar en el cómputo de plazos fijados en días, entre los que menciona la fecha 25 de diciembre, por lo que ese día será considerado como día inhábil para efectos fiscales. Ahora bien, de acuerdo con lo establecido en la Regla Miscelánea 2005 2.1.14. modificada el 22 de noviembre de 2005, se establece como periodo de vacaciones generales del SAT, del 22 de diciembre de 2005 al 4 de enero de 2006. De acuerdo con el Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF), para computar los plazos fijados en días que establezcan las disposiciones fiscales, no se considerarán los días en que las autoridades fiscales federales tengan vacaciones generales, excepto para la presentación de declaraciones y pago de contribuciones. De igual forma, el día 1° de enero no se cuenta para efectos del cómputo de plazos, ya que así lo dispone expresamente el CFF en su Artículo 12. Por lo anterior, no deberán computarse dentro de los plazos fijados en días, aquellos comprendidos desde el 22 de diciembre hasta el 4 de enero, inclusive, excepto para el caso de presentación de declaraciones y pago de contribuciones, en que únicamente se considerarían días inhábiles el 25 de diciembre y 1° de enero, mismos que de cualquier manera son inhábiles por el hecho de caer en domingo. Cabe mencionar que es común que el último día de labores (miércoles 21 de diciembre, 2005), la autoridad trabaje únicamente medio día, ya que es una práctica que se ha adoptado en algunas de sus oficinas, por lo que se recomienda tomar las debidas previsiones. ESPERO T SIRVA LA INFORMACION TODAVIA C.P. O DE LOZA :wink:
Tópico: ¿Iva en las soc. coop. de consumo?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 14, 2005 Asunto: Re: ¿Iva en las soc. coop. de consumo?
[color=darkblue:263f3bf6ef][/color:263f3bf6ef]hola buenas noches, creo que encuadra en el articulo 15 F)XII LIVA Esperando mas comentarios C.P. O. DE LOZA :wink:
Tópico: póliza de seguro
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2005 Asunto: Re: póliza de seguro
[color=darkblue:f31a6a0f06][/color:f31a6a0f06]BUENAS NOCHES, SOLO UN COMENTARIO, TAMBIEN LOS MISMO SUCEDE CON LAS COMPRAS A PROVEEDORES EN EL EXTRANJERO Y SE HA SUBSANADO ESTE PROBLEMA UTILIZANDO UN RFC GLOBAL PARA PROVEEDORES EXTRANJERO, QUE HASTA HACIENDA TE LO PROPORCIONA O TE LO PROPORCIONABA, NO SERIA POSIBLE UTILIZARLO EN ESTE CASO TAMBIEN ESPERANDO MAS COMENTARIOS C.P. O DE LOZA :wink:
Tópico: De aguinaldos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2005 Asunto: Re: De aguinaldos
[color=darkblue:7911a14078][/color:7911a14078] [color=darkblue:7911a14078][/color:7911a14078]Buenas noches, coincido con el Lic. Pepesoto, pero no solo tiene que estar formalizado, una fuente del derecho es la costumbre, asi que mi opinion seria que lo negociaras con los trabajadores y lo acordaras con ellos, y a ver que pasa porque si no lo pagas como siempre te lo pueden demandar en la junta Esperando mas comentario C.P. O DE LOZA :cry:
Tópico: Devolución IVA rechazada por no generar ingresos suficientes
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2005 Asunto: Re: Devolución IVA rechazada por no generar ingresos suficie
[color=darkblue:84cf068920][/color:84cf068920]MMM YO TUVE UN CASO ALGO SIMILAR, AQUI SI LA EMPRESA NO TENIA INGRESOS PROPIOS ERAN POR CONCEPTO DE CONTRATO DE MAQUILA CON CORTES AL FIN DE CADA EJERCICIO Y EN EL PEOR DE LOS CASOS SE PRESENTO DECLARATORIA DE CONTADOR PUBLICO Y NI ASI SE LA AUTORIDAD HIZO LA DEVOLUCION DE, ASI QUE OPTAMOS POR COMPESAR, POR NO SER UN IMPORTE MUY SIGNIFICATIVO, C.P. O DE LOZA :wink:
Tópico: Duda en deduccion inmediata
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2005 Asunto: Re: Duda en deduccion inmediata
[color=darkblue:8b16355d76][/color:8b16355d76] CUMPLES CON TODOS LOS REQUISITOS, NO HAY OTRO INCISO QUE HABLE DE EQUIPOS DE COMPUTO Y PETIFERICOS, NO HAY OTRO INCISO APLICABLE ESPECIFICO A ESTE TIPO DE BIEN, ADELANTE C.P. O DE LOZA :wink:

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