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20/Dic/05 19:54
VACACIONES DEL SAT DICIEMBRE 2005

Buenas noches colegas, alguien conoce el periodo vacacional del SAT, para estas fechas se los agredecere bastante, muchas gracias.
 
LUIS C. CAMPOS SANCHEZ CONTADOR
 
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LUISCAMPOSS
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21/Dic/05 12:25
Re: VACACIONES DEL SAT DICIEMBRE 2005

[color=darkblue:00e14b2720][/color:00e14b2720] HOLA BUEN DIA, ESTA INFORMACION VIENE AQUI MISMO EN LA PAGINA AHI TE LA TRANSCRIBO INTEGRA OK

Días inhábiles en diciembre 2005

Diciembre es un mes de celebraciones navideñas y de fin de año, en donde muchas empresas y entidades suspenden operaciones, otorgan vacaciones o tienen asuetos, por lo que es importante conocer cuáles días de este mes son oficialmente hábiles o inhábiles, así como los efectos que la suspensión de labores de ciertas instituciones gubernamentales, puede tener en el cómputo de plazos para efectos fiscales.

Por lo anterior, a continuación se analizan los efectos, fiscales de las celebraciones decembrinas.

FISCAL
El Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece los días que no se deben considerar en el cómputo de plazos fijados en días, entre los que menciona la fecha 25 de diciembre, por lo que ese día será considerado como día inhábil para efectos fiscales.
Ahora bien, de acuerdo con lo establecido en la Regla Miscelánea 2005 2.1.14. modificada el 22 de noviembre de 2005, se establece como periodo de vacaciones generales del SAT, del 22 de diciembre de 2005 al 4 de enero de 2006.

De acuerdo con el Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación (CFF), para computar los plazos fijados en días que establezcan las disposiciones fiscales, no se considerarán los días en que las autoridades fiscales federales tengan vacaciones generales, excepto para la presentación de declaraciones y pago de contribuciones.

De igual forma, el día 1° de enero no se cuenta para efectos del cómputo de plazos, ya que así lo dispone expresamente el CFF en su Artículo 12.

Por lo anterior, no deberán computarse dentro de los plazos fijados en días, aquellos comprendidos desde el 22 de diciembre hasta el 4 de enero, inclusive, excepto para el caso de presentación de declaraciones y pago de contribuciones, en que únicamente se considerarían días inhábiles el 25 de diciembre y 1° de enero, mismos que de cualquier manera son inhábiles por el hecho de caer en domingo.

Cabe mencionar que es común que el último día de labores (miércoles 21 de diciembre, 2005), la autoridad trabaje únicamente medio día, ya que es una práctica que se ha adoptado en algunas de sus oficinas, por lo que se recomienda tomar las debidas previsiones.

ESPERO T SIRVA LA INFORMACION TODAVIA

C.P. O DE LOZA :wink:
 
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DeLoza
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21/Dic/05 12:42

las vacaciones son de 22 dic 05 al 4 ene 06
 
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marcoacoello
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