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Tópico: GASTOS DE POSADA ... VINO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2006 Asunto: Re: GASTOS DE POSADA ... VINO
[size=18:72389d17a5]El concepto de "estrictamente indispensale" cae en la subjetividad[/size:72389d17a5], si estamos a que es estrictamente indispensable ( y valga la redundancia) entonces no es estrictamente indispensable que la empresa compre yo gaste: - plumas de colores, total con un solo color basta. - En la PC de $20,000 total hay unas de 15,000 con el rendimiento mas que indispensable. - Para que las tarjetas de presentación de tantas tintas. - Y si hacen una convivencia con los clientes y se renta musica, meseros, vino, etc. entrariamos en no es necesario tomar "vino" asi como tampoco "refresco" si existe el "agua". - Tampoco es estrictamente indispensable comprar post-it si hay papel para reciclar. - Y asi infinidad de casos. Yo considero que debemos de aplicar la "razonabilidad", considero que si cumple los requisitos de forma y en este caso para mi si es razonable un gasto en vino de $2,500 al año. Por lo tanto seri DEDUCIBLE. Y para mi es "irrazonable" el tener una reunion semanal. La Ley no habla, ni considera, ni discrimina si te vas a poner "borracho" o no Saludos PD Y que quede claro soy abstemio
Tópico: SALIDA DE VENEZUELA DEL G-3
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Junio 08, 2006 Asunto: SALIDA DE VENEZUELA DEL G-3
[b:11a8866190]Estimados (as): Espero se encuentren MUY BIEN Estoy realizando un trabajo de investigación sobre el TLC G-3 y sera BIENVENIDO cualquier informacion acerca de la salida de Venezuela. De antemano Muchas Gracias JHPP[/b:11a8866190]
Tópico: ACTIVIDAD EXENTA EN IVA ???..
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2006 Asunto:
Y que sucedria si una parte es utilizado como oficinas y no para casa - habitacion?
Tópico: Compras al extranjero art 31-XV
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2006 Asunto: Compras al extranjero art 31-XV
Anteriormente an la LISR en el art. 31 XV segundo parrafo hablaba de las compras en el extranjero que no entraban al pais (por lo tanto no se realizaba la importacion) y decia que se podia deducir hasta el momento en que se enajenaban o se importaban. Ahora con la modificacion del costo de ventas, cual seria mi fundamento legal para deducir esas compras si no las importo, ya que se envian a otro pais. Espero haberme explicado. Saludos
Tópico: Vales de Gasolina, no me queda claro
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2005 Asunto:
La realidad es que la Autoridad y nuestros legisladores no forman parte de la economia del país, no tienen idea de lo que es tener una empresa o formar parte de una. Las empresas para las que presto mis servicios, son empresas que "cargan" en la gasolinera de la "esquina" y no estan con el problema de utilizar gasolineras fuera de la ciudad. Obviamente existen miles de empresas que viajan y estan metidos en una complejidad mayor. Lo que optamos por hacer es comprar vales "suficientes" hasta enero y ver que que mas trabas tributarias ponen a las "empresas" para deducir un gasto estrictamente indispensable. Que no se hagan "tontos", "todos" sabemos que en cada ciudad de este país existe la economia informal, la piratería, el contrabando y es donde verdaderamente se deberían de poner "estrictos" y poner mano firme. Que impotencia y tristeza me da leer en el portal del SAT: ¡Mas seguro que en efectivo!, ¡¡¡por favor!!! PEMEX en lugar de gastar anuncios millonarios (¡¡¡Es un monopolio, lo aclaro por si llega a leer esto algun ilustre legislador!!!) deberían de ponerse a invertir y mejorar integralmente, a los mexicanos no nos beneficia en lo mas minimo ver anuncios "millonarios" y que nos digan: es que nos roban el combustible... Me gustaria decirle al empresario que mueve la economia del país, genera empleos, arriesga su patrimonio, entre otras cosas, Sr. Empresario: nuestros legisladores implementaron un esquema que nos hara ser mas competitivos... Imaginemonos al que deduce $2,000 al mes va y "compra" vales a la gasolinera y los utiliza para el par de camionetas modelo 90 y que se le diga: Tiene que comprar un monedero electronico, tiene que tener un estado de cuenta, pagar una comision de "x" %, etc. ya me imagino su respuesta: Oye contador y ¿tambien van a tener vigencia?. ¿De que sirve la tajeta tributaria?, ¿donde quedaron las etiquetas de codigo de barras?, ¿el impuesto suntuario?, el ¿monto equivalente al CAS?, Etc., Etc., Etc. Tanto dinero tirado a la basura... Lo único bueno de todo esto es leer todas las aportaciones de los colegas. Saludos "El que hace puede equivocarse, el que nada hace ya esta equivocado"
Tópico: Robo de mercancía
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2005 Asunto: Robo de mercancía
Estimados: Hoy en la madrugada sufrimos el robo de mercancia que estamos importando, dicho robo fue en trayecto. Me gustaria si pudieran comentarme "tips" respecto al manejo de una situación similar (que espero y no la hayan sufrido, pero desgraciadamente estamos en una epoca de inseguridad sin limites). Mañana miercoles iremos a levantar la denuncia correspondiente. De antemano, gracias. Saludos
Tópico: Vales de Gasolina, no me queda claro
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 22, 2005 Asunto:
La confusión la genero la autoridad y las empresas que venden los monederos electronicos. Si vas a la gasolinera con cheque nominativo, pide que te facturen gasolina (que es lo que estas pagando) y no que te facturen vales (que yo he visto que todas las gasolineras facturan el "combustible" y no vales. Lo que a partir del 1° de diciembre no se podra hacer es que compres "vales" a un tercero. Saludos
Tópico: Inscripcion de accionistas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: Inscripcion de accionistas
Perfecto, Gracias OISC Saludos
Tópico: Inscripcion de accionistas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Inscripcion de accionistas
Una persona fisica que esta registrado como socio/accionista desde 1990 y es socio/accionista de varias sociedades desde entonces, acaba de formar una nueva sociedad, mi duda es ¿es necesario registrarlo como socio/accionista de esta nueva sociedad? De ser asi que ¿debo de caer?, yo daba por hecho que no era necesario registrarlo o hacer algun movimento la P.F., que quien informa es el notario. Gracias Saludos JH
Tópico: Duda
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2004 Asunto: Re: Duda
Seria importante, analizar el articulo, ya que menciona que seran deudas los pasivos que sean o hayan sido deducibles. El articulo 31 de la LISR fracccion IX te habla cuando seran deducibles los pagos realizados a los contribuyentes mencionados en el articulo 18 ultimo parrafo de la fraccion I (S.C., A.C., entre otros), que dichos pagos seran deducibles siempre y cuando hayan sido efectivamente pagados en el ejercicio de que se trate. Por lo que mi opinion es que mientras no esten pagados, no son deducibles, por lo que no se consideran deudas. Saludos

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