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Tópico: Pago de impuestos referenciado sin habilitar
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2011 13:30:30 Asunto: Re: Pago de impuestos referenciado sin habilitar
en el curso del SAT mencionaron de probablemente habria ese problema con algunos contribuyentes , la solucion que dieron es que les avises dentro de tu portal en la parte de 'aclaraciones' que estas obligado a dictaminar y que a la fecha no tienes habilitada la opcion para hacer el pago referenciado y que anexes la copia de la pantalla esto para que ellso tengan conocimiento y te la habiliten porque mientras ellos no la habiliten por ninguna manera podras presentar tus pagos. En cuanto a la presentacion de las declaraciones y pagos que lo hicieras mediante la modalidad anterior, es decir conforme venias presentando y asi evitas el pago de actualizaciones y recargos, o hasta multas. La autoridad no te puede multar por no haberlo presentado por ese medio si demuestras que ellos mismos no te habilitaron. Es mas un comentario que hicieron es que aunque la autoridad puede multar a contribuyentos que estando obligados a presentarla por este medio, no lo hicieran, debido a la nueva modalidad problablemntne no multaran sino que enviaran cartas invitaciones para que corrijas dicha anomalia como acostumbran pero bueno las promesas al aire solo son eso... Espero que te haya servido de algo mi humilde opinion. Saludos a todos.
Tópico: Problemas con Pagos Referenciados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2011 13:00:53 Asunto: Re: Problemas con Pagos Referenciados
lo que te comento pmrfiscal es correcto el SAT dio ese curso y de forma muy clara explicaron el precedimiento. en cuanto al aviso de compensacion mencionaron que solo se presenta el formato F3241 por lo de los anexos ya que el SAT necesita conocer la informacion de los importes compensados y que tal vez mas adelante cuando el SAT tenga toda la informacion o se refieran a pagos presentados ya por medio de este nueva modalidad podran dejar se presentarse. en cuanto a la DIOT es una delcaracion que se debe presetnar y el hecho de hacerlo por pagos referenciados no te quita la obligacion, asi es que a presentarla. Segun ellos en cuanto al Listado de IETU mencionaron que ya no se presentaba auqnue muhcos de nosotros la seguimos presentando porque 'l burra no era arisca sino la hicieron' pero siendo logicos yo ya no la presentare ya que en el sistema de pagos referenciados se llena toda la informacion que se declara en la informativa de los listados de IETU.
Tópico: DETERMINACION DE IVA SISTEMA DE DECLARACIONES Y PAGOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2011 13:45:02 Asunto: Re: DETERMINACION DE IVA SISTEMA DE DECLARACIONES Y PAGOS
anoto la misma respeusta de otro topico en la que deje mensaje por si te sirve colega y jrios tambien esta mencionando lo mismo pero en otras palabras. 'el viernes acudi al curso proporcionado por el SAT y la duda la resolvieron diciendo que en ese campo no debes anotar nada, simplemente llenando los campos de IVA trasladado a los que se refiere cada campo, ya tendras todo tu iva acreditable puesto que si tus actos o actividades son totalmente gravadas, el iva es totalmente acreditable. Espero haberte ayudado un poco,saludos a todos colegas y buen inicio de semana.'
Tópico: Formato de pago referenciado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 16, 2011 12:52:09 Asunto: Re: Formato de pago referenciado
el viernes acudi al curso proporcionado por el SAT y la duda la resolvieron diciendo que en ese campo no debes anotar nada, simplemente llenando los campos de IVA trasladado a los que se refiere cada campo, ya tendras todo tu iva acreditable puesto que si tus actos o actividades son totalmente gravadas, el iva es totalmente acreditable. Espero haberte ayudado un poco,saludos a todos colegas y buen inicio de semana.
Tópico: DEDUCIR GASTO FUNERARIO DE ascendiente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2011 14:29:14 Asunto: Re: DEDUCIR GASTO FUNERARIO DE ascendiente
gracias por tu comentario y 'podria haber' pero no lo hice y tambien tuve la misma percepcion de tu parte y toda vez que mi madre estuvo hopitalizada en terapia intensiva 4 meses antes pero finalmente a veces uno es mas Papa que el Papa y estuve tentada a hacer lo que muchos, lo mas que puedo perder es que el rechazo y el pago de recargos pero en fin lo pasado es pasado. Creo que es un arrticulo que tiene sus cosas a interpretacion logica del contribuyente porque la limitante esta clara pero la logica t dice que algo puedes hcer con eso. Gracias de cuaqlueir manera.
Tópico: PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 11, 2011 13:25:24 Asunto: Re: PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL
anteriormente (no recuerdo si antes del 2001 como dice JMAU) efectivamente se podia asimilar el salario de una persona fisica con actividad empresarial porque el calculo de sus impuestos era otro y podias dar un salario de mercado el cual era una deduccion si realizabas la retencion correspondiente y la enterabas. Hoy en dia el calculo que se hace de las personas fisicas es en base a flujo de efectivo y una vez que realizas el calculo y entero de los impuestos correspondientes el dinero que te queda se lo lleva a la bolsa el contribuyente puesto que ya pagaron sus impuestos. Haciendo lo que ahora haces finalmente es un ingreso que debes acumular a los ingresos anuales pero el sistema no te permite restar los enteros de la retenciones y estas trabajando doble. Esa estrategia es muy vieja y desactualizada tal vez puedas solicitar la devolucion de ese impuesto por pago de lo indebido pero tendras que realizar los pagos proivisionales de los otros impuestos donde dedujiste ese salario de mercado. Tuve hace años el caso similar al tuyo y al menos eso es lo estudie en su momento pero igual a ver que opinan los demas foristas con mas experiencia que tu humilde servidora. Espero que te sirva de algo mi comentario. Saludos
Tópico: Omision del pago de IETU en Anual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2011 18:08:37 Asunto: Omision del pago de IETU en Anual
que puedo para corregir un error de omision, el sabado envie la declaracion anual al SAT pero cuando tuve que entrar al banco para terminar el proceso omiti declarar el 'ietu' que puedo hacer para corregir ese error hoy lunes 2 de mayo, entro para enviarla con la misma fecha y el mismo folio que el sabado? o hago una complementaria y termino el proceso? a alguien le ha pasado esto? estoy haciendo la consulta al SAT pero esta saturado y no entra mi llamada ni mi consulta por el chat. Gracias a todos por su aportacion.
Tópico: LIMITE EN DEVOLUCIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2011 20:53:22 Asunto: Re: LIMITE EN DEVOLUCIONES
es una buena pregunta, la devolucion aplicara porque el patron solo anota que trabajo de 01 al 12 al menos y no declara ningun dato que diga lo contrario y me imagino que por la incapacidad no estuvo en condiicones de tener otro trabajo. A la fecha no se declaran incapacidades y la devolucion debera aplicar debido a que la tabla es anual y asi mismo el impuesto retenido es a cuenta del causado anualmente. A ver que nos opina lobozac que es el experto pero yo ya tuve un caso similar y devolvio la autoridad aunque no se que monto sea el que te refieres en mi caso eran menos de 3000. Sin embargo considero tendras que cuidar el monto de la deduccion personal no exceda a lo percibido por ingresos que en todo caso sera foco de atencion para la autoridad. Espero que este humilde comentario te ayude a tomar tu decision. saludos
Tópico: DEDUCIR GASTO FUNERARIO DE ascendiente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2011 20:43:06 Asunto: Re: DEDUCIR GASTO FUNERARIO DE ascendiente
ni hablar es muy claro y a respetar... saludos a todos.... sin palabras y a pagar
Tópico: DEDUCIR GASTO FUNERARIO DE ascendiente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2011 16:39:30 Asunto: DEDUCIR GASTO FUNERARIO DE ascendiente
es la primera vez que pretendia deducir gastos funerarios por el fallecimiento de mi mama y que pague en su totalidad debido a que no tenian mis hermanos y ahora leo que no son deducibles porque ella trabaja. Nada puedo hacer?? Sorry por la prgunta tan tonta pero estaba considerando esa deduccion porque como tengo dos patrones y aunque cada uno segun me retiene correctamente (segun ellos) ademas de que tengo otras deducciones personales como gastos medicos y de intereses reales por hipoteca desde hace 3 años aun con mis deducciones me da impuesto a pagar y en esta ocasion no se porque razon me dan cerca de 5000 pesos. Antes me devolvian por mis pocas deducciones y ahora siempre rento que pagar, pero bueno en lo psoible considero que todos debemospagar imptos pero auqneu soy contadora hasta hoy se me ha hecho injusto que los demas actividades puedan deducir ademas otros gastos disque por su actividad y todos sabemos que no siempre deducen gastos estrictamente indispensables pero bueno solo habla la chillona pero dejo el mensaje para conocer sus comentarios al respecto. Saludos a todos colegas.

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