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Tópico: RECIBOS POR PAGOS EN PARCIALIDADES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2012 10:55:37 Asunto: Re: RECIBOS POR PAGOS EN PARCIALIDADES
Les comparto lo que entiendo toda vez que tambien hice la consulta al SAT donde es correcto que emitas nuevamente la factura pero No hay duplicidad porque el nuevo CFD o CFDi tendra solo los requisitos de la fraccion I, II, III y IV mas los de la fraccion VII inciso b) en la que especificaras que es una parcialidad y el folio de la anterior factura cuya fraccion dice lo siguiente: 'b) Cuando la contraprestación se pague en parcialidades, se emitirá un comprobante fiscal por el valor total de la operación de que se trate en el que se indicará expresamente tal situación y [u]se expedirá un comprobante fiscal por cada parcialidad. Estos últimos comprobantes deberán contener los requisitos previstos en las fracciones I, II, III y IV de este artícul, además de señalar el número y fecha del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación[/u], el importe total de la operación, el monto de la parcialidad que ampara y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados,desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el inciso anterior' Espero te sirva de algo mi opinion.
Tópico: Enajenacion de casa habitacion, monto en escritura publica menor al precio de venta...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 23, 2011 11:04:04 Asunto: Re: Enajenacion de casa habitacion, monto en escritura publica menor al precio de venta...
yo tengo un caso similar y al parecer los notarios en general 'desconocen' o no les interesa cumplir con la ley en cuanto a eso. En mi caso ni le preguntaron al contribuyente, simplemente se firmo la compraventa por una cantidad casi a la mitad del valor real que pagaron por la casa aprovechandose de que es una persona de edad mayor, hasta el dia de la firma de la compra venta le mencionaron de la escritura y como 'asi le hacian antes' acepto sin pensar en la consecuencias fiscales que le atraeria. El notario solo entrego una carta donde dice que no es sujeto al impuesto sobra la renta, pero hay dos cheques de caja que fueron depositados en la cuenta del contribuyente obvio unos soportados por la escirtura y los otros sin soporte para hacerlos exentos del impuesto por ser casa habitacion. En mi caso hare la consulta directamente al SAT, ya luego te cuento. Saludos.
Tópico: Recargos en pago referenciado de un NO obligado a Dictaminar
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2011 13:35:44 Asunto: Re: Recargos en pago referenciado de un NO obligado a Dictaminar
Gracias a todos por sus comentarios, muy validos para ayudar a mi decision. Decidi presentar mis pagos por el esquema anterior y sin recargos, considero tener argumentos y si me multasen por no presentar por pago referenciado, puedo defenderme que es una obligacion para los OBLIGADOS A DICTAMINAR y la ley no aclara para los que optan por dictaminarse sin estar obligados a ello. Claro que la intencion para el proximo mes sera presentar mis declaraciones a mas tardar el 17 de cada mes y con la experiencia que tuve en este mes espero :green: poder pagar un dia antes y evitar la problematica del banco pero aun asi considero que si la obligatoriedad que me menciona en mis impuestos ya no podre adherirr al benedicio del decreto de los 4 dias adicionales segun mi digito verificador cosa que a veces si nos ayuda cuando el dinero no alcanza para el pago y mas cuando se junta con el bimestral del IMSS. Hago la aclaracion que ya me llego una cartas invitacion del SAT por presentar los pagos de esa manera fuera del 17 de cada mes, he hecho la aclaracion y no ha procedido que me multen o hagan alguna aclaracion o al menos a la fecha no me han informado que al no estar obligado a dictaminar y optar por ello, mis obligaciones son las mismas que los grandes contribuyentes. Seguiremos comentando y gracais a todos por sus comentarios, que tengan lindo inicio de semana.
Tópico: Recargos en pago referenciado de un NO obligado a Dictaminar
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2011 13:09:17 Asunto: Recargos en pago referenciado de un NO obligado a Dictaminar
Una persona física que Opta por dictaminarse pero no tiene la obligación, sin embargo está habilitado la opción para hacerlo, el día de ayer por problemas del banco me fue imposible realizar el pago y aunque llene fuera de línea la declaración y entre a mi portal para hacerlo pero sin enviar aun la declaración el banco me dedica que temporalmente estaba fuera de servicio. Estaba al mismo tiempo en las dos páginas, la del SAT y la del Banco para en cuanto el banco me permitiera pudiera enviar en ese momento la declaración y capturar la línea de captura. Hice eso porque este banco ha estado fallando últimamente de hecho el martes tampoco había servicio de su página y pensando que pudiera fallar el banco y así fue, toda la tarde el portal del banco me dio problemas para el pago referenciado aunado a sus problemas actuales y me imagino a lo saturado que tal vez estaba porque si podía accesar al sistema del Banco normal pero al pago referenciado no y el horario de servicio para este concepto al parecer es hasta las 20:30 horas y no les miento, pero hasta las 20:28 pude entrar pero cuando cargue el archivo fuera de línea me dio error y obvio tenía que cargar en línea cosa que y opte por no enviarla siendo que por ser Dictaminada que Opta por dictaminar decidí esperar y hacerlo hoy. Mi decisión esta en varias vertientes: * Pagar por medio de referenciado pero no pagar los recargos porque por mi digito verificador tengo 4 días adicionales lo cual siempre lo he hecho así pero observe que en mi portal dice que mis impuestos tienen vencimiento de pago al 17 de mayo y ayer era el último día. * Pagar por el esquema anterior y esperarme hasta el próximo mes por la misma razón que esta obligación es para los que ESTÁN OBLIGADOS A DICTAMINAR. * Pagar por referenciado pagando con recargos. !!Perdon por complciarme la ivda y complciarla a uestedes pero a veces el ser mas 'PAPISTA QUE EL PAPA' me atrae problemas jejeje Saludos a todos :mad::mad::mad::mad::mad::mad:
Tópico: aviso compensacion rechazado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2011 12:09:08 Asunto: Re: aviso compensacion rechazado
a mi me paso algo pareceido pero segui intentando hasta que me los aceptaron y eso porque para llevar el aviso tengo que ir a otra ciudad y pierde uno mas tiempo. Ensi es depende de quien atienda tu caso, presente en promedio 15 avisos de compensacion y tres de ellos me los rechazaron y era la misma persona. Segui presentandolos hasta que me los aceptaron porque yo sabia con certeza que estaba haciendo las cosas bien y porque otros si me los habian aceptado. Actualmente tengo 2 pendientes por confimar de recibido pero aun no han cerrado el folio simplemente dicen que lo han canalizado a la autoridad competente y la verdad no se a que se refiere :frown: ya estoy algo nerviosa jejeje pero bueno ojala puedas mencionar si ya solucionste tu problema y como. saluduos
Tópico: Estoy obligado al Pago Referenciado en 2011 ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2011 17:19:39 Asunto: Re: Estoy obligado al Pago Referenciado en 2011 ?
asi es JOEGON por este año no estas obligado a presentar por esta modalidad tus pagos Saludos.
Tópico: FACTURA ELECTRONICA ¿NOTA DE CREDITO O CANCELACION?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2011 17:17:33 Asunto: Re: FACTURA ELECTRONICA ¿NOTA DE CREDITO O CANCELACION?
muchas gracias a todos por sus comentarios que me sirven de mucho para toda esta nueva modalidad que a veces lo sencillo resulta complicado cuando mi mente piensa lo qu e el SAT pudiera o no pudiera hacer con la informacion. confused::green::twisted::confused::green::twisted: Gracias a todos que amables todos con sus comentarios.:
Tópico: FACTURA ELECTRONICA ¿NOTA DE CREDITO O CANCELACION?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2011 16:01:20 Asunto: Re: FACTURA ELECTRONICA ¿NOTA DE CREDITO O CANCELACION?
gracias por sus aportaciones, mi logica me ayuda a pensar que la complementaria es porque registre en enero que obtuve determinado ingreso en enero el cual pensando que algo hara el SAT con esos reportes, creo que por lo pronto se le ha olvidado el esquema de flujo de efectivo que tenemos las personas fisicas. Lo que menciona LC Gonzalez enviar complementarias ahora que recuerdo tendria que ser de todos los meses una vez que tenga que cancelar CFD cuando ya envie el reporte al SAT, he tratado de enviarlo unos dias antes de que venza el plazo para asi no tener tantos problemas porque de que he cancelado folios lo he hecho, pero si ahora analizando veo que la carga y costo de estudio a esta nueva modalidad a incrementado mucho porque hay muchisimas razones para cancelar una CFD por ejemplo: Que porque el nombre esta mal Que porque el RFC esta mal Que porque la direccion esta mal Que porque el nombre a facturar ya no quiere que sea ese y sea otro Y por lo que inicie este topico jejeje ETC... En fin, gracias por todos sus comentarios y ojala opinemos mas al respecto. Saludos.
Tópico: FACTURA ELECTRONICA ¿NOTA DE CREDITO O CANCELACION?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2011 15:30:07 Asunto: FACTURA ELECTRONICA ¿NOTA DE CREDITO O CANCELACION?
Una persona fisica que paga en base a flujo de efectivo emite un CFD por un importe de 8500 en el mes de enero del 2011 por ingresos contables del periodo y proceder a tramite de pago, es decir es un ingreso facturado por cobrar. El cliente que es Gobierno y como muchos sabemos son morosos para el pago, ahora en el mes de mayo informa que requieren que esa factura se les cambie por otra con fecha reciente o de lo contrario no me pagan. He buscado y estudiado la manera correcta del registro, una es que emitiera una nota de credito por el el importe de los 8500 en este mes de mayo y al mismo tiempo emitiera la factura con fecha de mayo pero obviamente los dos CFD los tiene que recibir el cliente y asi mismo registrar en su informacion que obtuvo un egreso (ingreso para mi) y un ingreso (egreso para mi). La otra opcion es que debo cancelar esa factura, la cual es integrante de los ingresos contables del periodo aunque no de los ingresos fiscales. En mi reporte de CDF enviado de mayo informaria la cancelacion de ese folio y en observaciones haria mencion que corresponde y sustituye a la nueva factura. Espero que puedan apoyar con ideas para dar luz a mi cabecita, de antemano gracias por sus aportaciones.
Tópico: Pago de impuestos referenciado sin habilitar
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2011 13:47:35 Asunto: Re: Pago de impuestos referenciado sin habilitar
se me paso mencionar que el SAT dio en mi ciudad el curso a niver regional y los que dieron el curso eran del SAT Mexico, fueron las personas que desarrollaron u operaron directamente el sistema y al parecer los vi muy capacitados, se las sabian de todas, todas, todas las dudas ya las traian bien aprendidas y como escuelita de primaria nos trataron. Algunos oyentes les reclamaron que hacen consultas a la autoridad y no los sacan del problema, que les dieran ese curso tambien a empleados del SAT, exaaaaaaaactamente estoy de acuerd jeje. Porque te comento este 'chisme', porque mencionaron que no mezclaras un sistema con otro, que te complicas la vida y tambien se la complicas al SAT ya que no estan preparados para simultaneamente manejar los dos sistemas asi es que si ya presentaste por el medio anterior, asi lo dejes y a partir del nuevo mes presentes tus pagos conforme a la nueva modalidad, OJO... NO presentes complementarias ni nada. Saludos.

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