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Tópico: UIF: préstamos entre grupos empresariales sí son vulnerables - ¿Aviso de exentos?
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2021 10:29:12 Asunto: UIF: préstamos entre grupos empresariales sí son vulnerables - ¿Aviso de exentos?
Bueno dias colegas, El 18 de enero de 2021 la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó una de sus preguntas frecuentes en materia de operaciones vulnerables para efectos de las obligaciones de Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley Antilavado). La pregunta planteada es la siguiente: ¿[b]Se entenderán como Actividades Vulnerables a las operaciones de tesorería centralizada y/o préstamos otorgados entre compañías del mismo Grupo Empresarial?[/b] A lo que la autoridad responde: El inciso a) de la fracción I del artículo 27 Bis de las Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley, establece que las operaciones de préstamo, crédito o mutuo celebrados entre empresas que forman parte de un mismo Grupo Empresarial,[b] son Actividades Vulnerables pero están exentas de presentar los Avisos[/b] a que se refiere la fracción IV del artículo 17 de la misma Ley, ya que [u][b]únicamente tendrán que presentar un Informe mensual en el que señalen que las operaciones realizadas están exentas de presentar Avisos conforme al 27 Bis de las Reglas.[/b][/u] Por lo anterior, el otorgamiento de créditos, préstamos o mutuos, entre empresas del mismo Grupo Empresarial se entenderán como Actividades Vulnerables, sujetas a cumplir con todas las obligaciones establecidas en la Ley, [b]salvo a presentar Avisos siempre y cuando el importe total de la operación haya sido ministrado por conducto de Instituciones del Sistema Financiero y las empresas integren un Grupo Empresarial en términos de la fracción X del artículo 3 de las Reglas.[/b] Por lo que me nace la siguiente duda: ¿Si estamos exentos de presentar avisos, porque pide el envió de un aviso mensual de exención ? ¿Donde se presenta el aviso, tengo que dar de alta la actividad vulnerable para que habilite el envió de dicho aviso? ¿Lo tengo que enviar cada mes tenga o no tenga la actividad realizada en ese mes, o en algún mes seria en '0's? ¿Esto también es igual si mi empresa tiene unificada la tesorería o es otro aviso independiente, cabe mencionar que ya presento aviso por tema de arrendamiento? agradezco mucho el tiempo brindado para apoyarme con esta duda. Saludos!
Tópico: tipo de cambio DOF o el de OBLIGACIONES
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 28, 2021 10:05:11 Asunto: Re: tipo de cambio DOF o el de OBLIGACIONES
Hola, Existen tres momentos para obtener el TC que solventara las obligaciones 1. determinacion y calculo del TC 2. Publicacion en el DOF del TC determinado un dia anterior (Momento en que es oficial) 3.Tipo de cambio que se utiliza para realizar pagos. (Publicado un dia anterior por el DOF) Si entras al siguiente enlace que es la pagina de BANXICO donde publica el listado historico de TC, podras observar que el que utilizamos hoy para efectos de operaciones en moneda extranjera USD es el que se determino el dia 26/01/2021 pero se publico el dia 27/01/2021 y se utiliza hasta hoy 28/01/2021 y corresponde a 20.0152 https://www.banxico.org.mx/tipcamb/tipCamIHAction.do Saludos!
Tópico: BAJA DE MEJORAS A LOCALES ARRENDADOS POR TERMINO DE CONTRATO
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2021 19:02:51 Asunto: Re: BAJA DE MEJORAS A LOCALES ARRENDADOS POR TERMINO DE CONTRATO
Capitán primero: Estamos hablando de un importe alto +- $2,000,000 son varias mejoras en diferentes años , ya que somos una sala de exhibición se edifican paredes falsas, pisos falsos altos para crear desniveles. el contrato indica que todas las mejoras o adiciones al inmueble correrán a cargo del cliente y no del arrendador. Y tenia un plazo indeterminado ya llevábamos muchos años ahí. Gracias :)
Tópico: BAJA DE MEJORAS A LOCALES ARRENDADOS POR TERMINO DE CONTRATO
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2021 18:58:30 Asunto: Re: BAJA DE MEJORAS A LOCALES ARRENDADOS POR TERMINO DE CONTRATO
Muchas gracias por sus comentarios CP_PACO linda tarde :)
Tópico: BAJA DE MEJORAS A LOCALES ARRENDADOS POR TERMINO DE CONTRATO
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 19, 2021 12:56:10 Asunto: BAJA DE MEJORAS A LOCALES ARRENDADOS POR TERMINO DE CONTRATO
Buenas tardes colegas, Recurriendo a sus opiniones, me permito plantearles una duda que tengo. En la empresa en donde laboro tenemos una sucursal en otra ciudad en la que arrendamos el local, y para llevar a cabo la actividad se realizaron unas mejoras que el arrendador no quiso cubrir dado que para el no son necesarias y por lo que nosotros lo reconocimos como mejoras a locales, pero el arrendador cancelo el contrato antes del tiempo definido por lo que tuvimos que cerrar la sucursal y esas mejoras pues se convirtieron en perdida dado que ya no son funcionales para ponerlas en una nueva sucursal, por lo que procedimos a dar de baja el total del saldo por redimir de los libros contables, sin embargo la duda es ¿ si ese importe que entiendo es deducible según el art 36 fracción VI de LISR, pero se tendria que actualizar fiscalmente como si fuera depreciacion contable o que tratamiento se le debe dar en el resultado fiscal? 'Las construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en activos fijos tangibles, propiedad de terceros, que de conformidad con los contratos de arrendamiento o de concesión respectivos queden a beneficio del propietario y se hayan efectuado a partir de la fecha de celebración de los contratos mencionados,[b] se deducirán en los términos de esta Sección. Cuando la terminación del contrato ocurra sin que las inversiones deducibles hayan sido fiscalmente redimidas, el valor por redimir podrá deducirse en la declaración del ejercicio respectivo.'[/b] agradezco mucho su tiempo brindado a mi duda , saludos!
Tópico: TRATAMIENTO DE NOTAS DE CREDITO PARA ISR EN UNA S.C.
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2020 17:00:30 Asunto: TRATAMIENTO DE NOTAS DE CREDITO PARA ISR EN UNA S.C.
Estimados colegas, Alguien que me pudiera apoyar con sus comentarios respecto al tratamiento de las notas de crédito en una SC donde la acumulación del ingreso es con base en el flujo de efectivo, por lo que la base para IVA es la misma para ISR, pero tengo una peculiaridad ya que al hacer mi amarre de CDFI vs ingresos acumulables encuentro que tengo una diferencia del mismo importe a las notas de crédito expedidas y aplicables a CFDI de ingresos, entiendo que estas son una deducción anual, pero al aplicarlas y formar parte ' del la cobranza' se netea el efecto y mi base gravable de IVA disminuye, generando dicha diferencia. A alguno le ha pasado este efecto?..... ¿Qué acciones tomaron? me ayudarían muchísimo sus comentarios y les agradezco el tiempo a esta consulta. Saludos
Tópico: CARTAS INVITACION POR DIFERENCIA EN INGRESOS
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 23, 2020 09:33:32 Asunto: Re: CARTAS INVITACION POR DIFERENCIA EN INGRESOS
Gracias por sus comentarios, solo por complementar si me llego notificacion e invitacion para cita ante la autoridad, me dieron las diferencias (una hojita muy informal por cierto) y la respuesta la ingrese por mi portal, creen que seria lo mismo? Tu respuesta me hace pensar lo mismo que todo estuvo bien y ya hay quedo pero tengo sosobra porque no se que paso.
Tópico: DECLARACION ANUAL - FALLAS EN LA APLICACION
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2020 17:44:47 Asunto: DECLARACION ANUAL - FALLAS EN LA APLICACION
Buenas tardes Colegas, Voy a presentar una declaración complementaria, pero tengo el caso de que en la Normal, no me apareció en ningún apartado para indicar si opto por no por dictaminar y se fue asi. En la complementaria tampoco me aparece el apartado pero en el borrador si me aparece que yo opto por dictaminar, pero la cuestión es que no nos dictaminamos....... A alguno de ustedes les ha sucedido que no les aparece el apartado en la anual para indicar si se opta o no por dictaminarse? Que acción llevaron a cabo? Agradecería mucho contar con sus opiniones. Saludos!
Tópico: CARTAS INVITACION POR DIFERENCIA EN INGRESOS
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 22, 2020 17:38:03 Asunto: CARTAS INVITACION POR DIFERENCIA EN INGRESOS
Buenas tardes estimados colegas; Una duda, a alguno de ustedes les ha llegado CARTAS INVITACION por parte del SAT respecto a diferencias en los ingresos , retenciones y/o diferencias anuales de 5 años atrás. A la empresa nos llego una notificacion e invitacion a acudir a las oficinas del SAT en la cual no dieron una hoja de diferencias (bastante informal) la cual respondimos mediante MI PORTAL pero solo recibimos el acuse de respuesta de que se había canalizado al área correspondiente pero ya paso cerca de 2 meses y no ha sucedido mas.... creen que ya con ello quedo cerrado o debería esperar un cierre formal? si ya les paso ya obtuvieron respuesta? , Que documento recibieron, o solo el acuse de Mi portal? Les agradezco la atención si alguien pudiera darme sus comentarios por favor, Gracias!! [i]Editado: Septiembre 23, 2020 13:49:46[/i]
Tópico: CFDI DE TRASLADADO, ¿OPCIONAL U OBLIGATORIO?
annie19

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 10, 2020 08:51:44 Asunto: CFDI DE TRASLADADO, ¿OPCIONAL U OBLIGATORIO?
Buenos días estimados colegas: Quisiera saber sus alimentaciones con base en su experiencia, sobre la emisión o no de los CFDI de traslado.. Soy una persona moral y me dedico a la venta de mobiliario de oficina de importación por lo que en ocaciones la mercancía de frontera llega directamente al cliente, pero en otras ocaciones llega a nuestras bodegas y de ahí comienza la distribución de los productos para con el cliente, sin embargo me encuentro en la disyuntiba ya que realice una constulta en el chat del SAT y me indicaron lo siguiente: -[i][b]SAT[/b] Bienvenido al SAT, le atiende xxxxxxxxx, dígame, ¿Cómo puedo ayudarle? -[b]Contribuyente [/b]: Hola buenos días, soy persona moral y tengo la siguiente duda respecto al CFDI de traslado, en la Guía de llenado indica que se debe emitir cuando los propietarios de mercancías las transporten ellos mismos, ¿esto aplica cuando llevo la mercancía a mis clientes únicamente? o ¿también si traslado mercancía de un centro de distribución propio a otro?, o ¿esto solo aplica para empresas transportistas? [b]SAT[/b]: Es un medio de formalidad, que ampara solo el traslado de mercancía, lo realiza tanto el propietario o transportista, es decir, puede o no generarlo, ya que como le comento, es un medio de formalidad, que ampara solo el traslado de mercancía. [b]Contribuyente[/b]: De acuerdo, entonces si yo no lo realizo ¿no tendría ningunas sanción por parte de la autoridad? [b]SAT[/b]: No, como le comento, es un medio de formalidad solo para amparar el transporte de mercancías. [b]Contribuyente[/b]: De acuerdo, gracias![/i] Dado lo anterior y sabiendo que esos chat no generan derechos ni obligaciones y atendiendo lo que indica la guia de llenado, que opinan? ¿Debo emitir el CFDI cuando propiamente yo traslado mercancia entre mis bodegas internas o para el cliente? [b]Emisión de CFDI de traslado por el propietario de las mercancías cuando las transporte el mismo[/b]. Los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar únicamente el transporte de dichas mercancías mediante un CFDI o la representación impresa de dicho CFDI expedido por ellos mismos, con valor cero y la clave genérica del receptor a que hace referencia la regla 2.7.1.26. especificando en clase de bienes o mercancías el objeto de la transportación de las mercancías. Agradecere contar mucho con sus comentarios, Saludos

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