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10/Jul/20 08:51
CFDI DE TRASLADADO, ¿OPCIONAL U OBLIGATORIO?

Buenos días estimados colegas:

Quisiera saber sus alimentaciones con base en su experiencia, sobre la emisión o no de los CFDI de traslado..


Soy una persona moral y me dedico a la venta de mobiliario de oficina de importación por lo que en ocaciones la mercancía de frontera llega directamente al cliente, pero en otras ocaciones llega a nuestras bodegas y de ahí comienza la distribución de los productos para con el cliente, sin embargo me encuentro en la disyuntiba ya que realice una constulta en el chat del SAT y me indicaron lo siguiente:


-SAT Bienvenido al SAT, le atiende xxxxxxxxx, dígame, ¿Cómo puedo ayudarle?
-Contribuyente : Hola buenos días, soy persona moral y tengo la siguiente duda respecto al CFDI de traslado, en la Guía de llenado indica que se debe emitir cuando los propietarios de mercancías las transporten ellos mismos, ¿esto aplica cuando llevo la mercancía a mis clientes únicamente? o ¿también si traslado mercancía de un centro de distribución propio a otro?, o ¿esto solo aplica para empresas transportistas?
SAT: Es un medio de formalidad, que ampara solo el traslado de mercancía, lo realiza tanto el propietario o transportista, es decir, puede o no generarlo, ya que como le comento, es un medio de formalidad, que ampara solo el traslado de mercancía.
Contribuyente: De acuerdo, entonces si yo no lo realizo ¿no tendría ningunas sanción por parte de la autoridad?
SAT: No, como le comento, es un medio de formalidad solo para amparar el transporte de mercancías.
Contribuyente: De acuerdo, gracias!



Dado lo anterior y sabiendo que esos chat no generan derechos ni obligaciones y atendiendo lo que indica la guia de llenado, que opinan? ¿Debo emitir el CFDI cuando propiamente yo traslado mercancia entre mis bodegas internas o para el cliente?

Emisión de CFDI de traslado por el propietario de las mercancías cuando las transporte el mismo.
Los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar únicamente el transporte de dichas mercancías mediante un CFDI o la representación impresa de dicho CFDI expedido por ellos mismos, con valor cero y la clave genérica del receptor a que hace referencia la regla 2.7.1.26. especificando en clase de bienes o mercancías el objeto de la transportación de las mercancías.



Agradecere contar mucho con sus comentarios,
Saludos
 
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annie19
Cabo

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10/Jul/20 09:10
Re: CFDI DE TRASLADADO, ¿OPCIONAL U OBLIGATORIO?

El CFI de Traslado, más que obligatorio, es conveniente cuando realices traslado de mercancía, sobre todo si es importada, entre establecimientos del mismo contribuyente.

Si te llegan a pagar en la calle y no hay factura ni CFDI de traslado corres riesgo de embargo, para mi es un riesgo innecesario, sugiero ampliamente que si la mercancía anda en la calle entre establecimientos de mi misma empresa, lo haga con un CFDI de Traslado.

Puedes si, meterte a la parte técnica si sí debieras, sino, pero en el inter ya tienes problemas innecesarios con la mercancía, que le vas a decir a la empresa?, que prefieres pelear un argumento técnico o ser práctico y evitarle problemas a la empresa?
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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10/Jul/20 16:01
Re: CFDI DE TRASLADADO, ¿OPCIONAL U OBLIGATORIO?

Buenas tardes, por experiencia, nos ha tocado que cuando hay alguna revisión en carretera te solicitan que demuestres la propiedad de la mercancía, por eso la importancia que bien comentan del CFDI de Traslado o bien, si ya vendiste el producto o mercancía, el CFDI de Ingreso.

Salu2
 
'La imaginación es más importante que el conocimiento.', Albert Einstein.
 
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Zanzke
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10/Jul/20 16:11
Re: CFDI DE TRASLADADO, ¿OPCIONAL U OBLIGATORIO?

Cabe mencionar que la emisión de un CFDI de Traslado no es un documento obligado, ya que, en este caso, el encargado de la transportación no debe de acreditar la propiedad de la mercancía sino solo da la autoridad para comprobar el traslado legal.

Conforme al Anexo 20, el CFDI de Traslado sirve para acreditar la posesión legal o tenencia de las mercancías objeto del transporte durante el trayecto de las mismas, por lo cual se presentan 3 diferentes escenarios para su emisión: 1) Emisión del CFDI de Traslado por el propietario de las mercancías cuando las transporte utilizando equipo propio; 2) Emisión del CFDI por el transportista o fletero cuando el propietario de las mercancías contrate el servicio de transporte y 3) cuando el CFDI es utilizado para documentar operaciones de transporte de mercancías al extranjero.
 
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CP_PACO
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