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Tópico: Suma de ciertos valores en una base de datos coincida exactamente con un valor
alex2603

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 28, 2014 17:30:15 Asunto: Re: Suma de ciertos valores en una base de datos coincida exactamente con un valor
Muchas gracias vag, si lo utilice pero al parecer no busque correctamente.
Tópico: Suma de ciertos valores en una base de datos coincida exactamente con un valor
alex2603

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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 28, 2014 12:32:01 Asunto: Suma de ciertos valores en una base de datos coincida exactamente con un valor
Muy buenas tardes colegas y amigos del foro, quisiera saber si hay una fórmula en excel con la cual yo pueda hacer lo siguiente. Tengo 3 columnas con números que dan un total por 3`276,827.76, la cual pienso yo seria mi base de datos. También tengo el siguiente valor 1`258,676.89, el cual sería el valor que busco. Entonces mi duda es la siguiente: ¿Qué fórmula debo usar para saber si la suma de algunos valores que se encuentran en mi base de datos (3`276,827.76) dan exactamente la cantidad que busco 1`258,676.89? De antemano muchas gracias por su respuesta.
Tópico: cambio de actividad del rif
alex2603

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2014 17:00:18 Asunto: Re: cambio de actividad del rif
Perdón no vi, la segunda pregunta. Entras en la página del SAT, Trámites, RFC, Actualización, Aumento disminución de obligaciones, ingresas tu RFC y contraseña o FIEL y haces los moviemientos que necesites.
Tópico: cambio de actividad del rif
alex2603

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2014 16:57:10 Asunto: Re: cambio de actividad del rif
Hola, marifer En el último párrafo de la regla I.2.5.8 de la resolución miscelanea fiscal, esta escrito así: No obstante lo anterior, los contribuyentes citados, cuyos ingresos durante el ejercicio de 2013, no hayan excedido la cantidad de dos millones de pesos, que además no se actualicen en los supuestos de las fracciones I a VI del artículo 111 de la Ley del ISR, podrán optar a más tardar el [b][u]31 de enero de 2014[/u][/b], por tributar en la Sección II del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, siempre que presenten el aviso de actualización de actividades a través de la página de Internet del SAT, en la aplicación “Mi portal”. Pero en el SAT emitieron un comunicado en el cual la fecha límite para cambiar de actividades empresariales capítulo I a Capítulo II ( es decir RIF) era hasta el 13 de abril 2014. Pero si tu cliente no estab dado de alta en actividad empresarial puedes darlo de alta en el rif y el sistema si te permite darlo de alta desde el 01/01/2014.
Tópico: Proveedor Gasolina IVA e IEPS
alex2603

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2014 15:30:41 Asunto: Re: Proveedor Gasolina IVA e IEPS
Hola EHHS Yo dudo que te requieran por algo así, pero si quieres que tu DIOT cuadre hasras bien en separar el ieps. Pero si quieres desglosar el ieps, elaboro el siguiente ejemplo: Importe: 2,046.77 IVA: 315.23 TOTAL: 2,362 a)El IVA lo divides entre .16 315.23/.16= 1970.19 b)El resultado del IEPS se obtiene de restar el importe menos el resultado del inciso a. 2,046.77-1,970.16= 76.61 Quedaría así: Gasolina= 1,970.19 IEPS= 76.61 IVA= 315.23 TOTAL= 2,362 Espero haber resuelto tu duda.
Tópico: COEFICIENTE DE UTILIDAD PM
alex2603

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2014 15:17:22 Asunto: Re: COEFICIENTE DE UTILIDAD PM
Los pagos provisionales, en ningún caso disminuyen a las perdidas fiscales. Tú pregunta no sería mas bien, si para el cálculo de pagos provisionales las perdidas disminuyen la base del ISR, y si ese es el caso la respuesta sería SI.
Tópico: obligacion de iva en dulces de frutas y hortalizas
alex2603

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2014 13:20:19 Asunto: Re: obligacion de iva en dulces de frutas y hortalizas
Que tal roselen29 En mi humilde opinión en relación a tu duda sobre si debes manejar la tasa del 0% o 16%, deberías manejar la tasa del 0%, a menos que tu cliente en el mismo lugar que prepara dichos alimentos los venda, por ejemplo, tiene un restaurante donde prepara dichos dulces y los vende como postre, en ese caso, si gravarían a la tasa del 16%.
Tópico: Regimen de actividades agricolas (capitulo VIII, titulo II LISR)
alex2603

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 14, 2014 18:28:23 Asunto: Re: Regimen de actividades agricolas (capitulo VIII, titulo II LISR)
OK, lo que pasa en este caso es que no estas dado de alta como RIF, si no como Capítulo VIII del Título II LISR, por eso no te aparece ninguna obligación, ya que según los del SAT me dijeron que al no rebasar la exencion que en tu caso al ser persona física seria de 40 smgdf elevados al año, no debes presentar declaraciones mensuales incluso ni siquiera la anual ( no encontre el fundamento, pero al no tener obligaciones en tu CIF, pienso no debe haber ningun problema), pero si rebasas la exencion si deberas hacer dichas declaraciones conforme a la LISR.
Tópico: ANTICIPO DE DIVIDENDOS Y ASIMILADOS A SALARIOS ¿CUAL ES LA RAZÓN PARA USAR UNO U OTRO?
alex2603

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 14, 2014 18:23:27 Asunto: Re: ANTICIPO DE DIVIDENDOS Y ASIMILADOS A SALARIOS ¿CUAL ES LA RAZÓN PARA USAR UNO U OTRO?
Buenas tardes Hrubio En las AC o SC se conoce como remanente distribuible y no como dividendos, esos son los que reparten las sociedades con fines del lucro. Tu te refieres a anticipos de remanente distribuible, que para aspectos fiscales, son asimilados a salarios y debes aplicar la tabla del articulo 96 de la LISR y también tienes la obligación de expedir un CFDI al igual que por cualquier asimilado a salario que tengas, lo que yo hago en casos de que se pague en un mismo mes dos pagos de asimilados a salarios, como no sabes si vas a tener mas pagos en lo que va del mes, yo lo que hago es en el primer pago realizar la retencion con la tarifa mensual y en caso de haber un segundo pago sumo el primero y segundo ingreso y aplico la tarifa mensual pero resto al isr retenido resultante lo que ya había retenido anteriormente, ojo: este cálculo solo va en papeles de trabajo y no en contabilidad. Dale una leída al artículo 14 y al 90 fracción II LISR, para que cheques como puedes utilizar los anticipos de remanente distribuible
Tópico: Regimen de actividades agricolas (capitulo VIII, titulo II LISR)
alex2603

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 14, 2014 17:57:33 Asunto: Re: Regimen de actividades agricolas (capitulo VIII, titulo II LISR)
Buenas tardes SR_SNAD Me parece raro que el capítulo VIII aparezca como subdivisión del RIF en la alta de obligaciones, el artículo 74 te habla que sólo podrán tributar en el capítulo VIII las personas físicas o morales que se dediquen exclusivamente a realizar las actividades agricolas, ganaderas, silvicolas o pesqueras.Sin embargo el artículo séptimo del mismo artículo te dice que se consideran contribuyentes que realizan exclusivamente las actividades mencionadas con anterioridad, cuando los ingresos por dichas actividades representaen por lo menos el 90% de tus ingresos totales, sin incluir los ingresos de enajenacoón de activos fijos y terrenos, en tu caso si quieres dar de alta a los agricultores en el capítulo VIII de la LISR y los ingresos totales correspondientes a dicho capítulo son mayores al 90% no veo por que no puedas tener la obligación del RIF para realizar otras actividades.

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