'Conforme a videos de youtube de amigos Contadores de otros páginas Web, la Aplicación del SAT para dar del Alta al RFC con CURP, sufrió una transformación y ahora Sí, se puede dar de Alta a un Asalariado o Asimilables a Sueldos y señalar su Régimen Fiscal. Es decir, ahora si queda con obligaciones....'
Asì es, sòlo cuando el trabajador nunca ha sido sido registrado al RFC ante el SAT. Es decir, cuando se va a inscribir por primera ocasiòn, ahì sì le arroja un 'acuse de inscripciòn al RFC' con la actividad Econòmica: 'Asalariado' y el règimen aludido....
Pero, cuando el trabajador ya ha sido inscrito con anterioridad, ahì si ya no le arroja un acuse de inscripciòn con 'obligaciones', sòlo un 'comunicado' donde consta que dicho trabajador ya existe en el padròn de contribuyentes con la CURP proporcionada...
Luego entonces, en el mismo comunicado indica:
'Si desea modificar o corregir sus datos personales, puede acudir a cualquier mòdulo de Servicios Tributarios y/o a travès de la direcciòn.....'