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14/Abr/14 16:48
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT


¡Holas!! Estimados:


Muchas gracias por sus comentarios y respuestas a GOrnelas y CP_Paco.

Coincido plenamente con ustedes, GOrnelas y CP_Paco y llegó a la misma conclusión: de que debe hacerse la inscripción de los trabajadores ante el SAT, conforme a la regla I.2.4.4 o I.2.4.7. de la RMF2014. No estamos exentos al hacer la inscripción con CURP. Como dice: Vabdo, es con el objeto de obtener un RFC oficial para el timbrado de nómina solamente.

El problema es que la ficha técnica 41/CFF Inscripción al RFC de Trabajadores, publicada en DOF de día, Martes, 7 de enero de 2014, página 14, Tercera Sección, dice: Personas físicas y morales en su carácter de empleador o patrón que realice la inscripción de 2 o más trabajadores.

Pero que pasa, cuando es 'uno solo trabajador', no puedo hacer el trámite.

Debería de haber una forma alterna y simplificada para su registro, ¿No creen?

¡Saludos a Todos!!!

Silvestre®

 
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Silvestre
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14/Abr/14 16:52
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT

Pero que pasa, cuando es 'uno solo trabajador', no puedo hacer el trámite.


De que se puede se puede.... formas hay, cuestion de 'buscarle el como'

Saludos
 
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GOrnelas
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14/Abr/14 17:17
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT

Silvestre: Espero te pueda servir lo siguiente...

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/programas/ru12/Guia_Inscripcion_Asalariados_expres_31012014.pdf
 
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CP_PACO
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14/Abr/14 17:32
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT

Pero que pasa, cuando es 'uno solo trabajador', no puedo hacer el trámite.

Debería de haber una forma alterna y simplificada para su registro, ¿No creen?


Ir directamente a la local a hacer el tramite correspondiente... o de la otra forma....

Saludos
 
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15/Abr/14 01:13
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT



¡Hola!!

Estimado, CP_Paco, me resulta muy útil, oportuna y actualizada la información proporciona 'Guía de Inscripción de Asalariados Express' de fecha 31 de Enero 2014, que mañana Dios mediante la pongo en práctica.


Muchas gracias por toda su valiosa ayuda.


Atte.Silvestre®



 
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Silvestre
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15/Abr/14 01:28
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT



¡Hola!!

Estimado: GOernelas

Eso de que vaya el trabajador directamente a la local a hacer el trámite, está en chino. Eso, tendría que ser antes de ser contratado. (Requisitos para contratación: 1) Constancia de Inscripción al RFC como Asalariado or Cédula de Identificacion Fiscal con idCIF del Empleado) Así que, empleadito nuevo quieres el trabajo dame tu idCIF ¡¡Cumplir nos benefica a todos!!


¡Saludos!!!

 
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15/Abr/14 09:09
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT

Enhorabuena Silvestre... Saludos.
 
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15/Abr/14 09:43
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT

Así que, empleadito nuevo quieres el trabajo dame tu idCIF ¡¡Cumplir nos benefica a todos!!


Buen dia estimado....

Como sabes que es su 'primer empleo' ???

Saludos
 
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GOrnelas
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03/Jun/14 19:08
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT

Hola, LOVS:

'...Todavía esta la obligación de dar de alta a los trabjadores ante el sat?'


Sì.
De acuerdo al art. 27 5to. pàrafo del CFF, el patròn debe solicitar la inscripciòn al RFC del trabajador:

CFF, Art. 27 5to. pàrrafo:

'Las personas que hagan los pagos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley de Impuesto sobre la Renta, deberán solicitar la inscripción de los contribuyentes a los que hagan dichos pagos, para tal efecto éstos deberán proporcionarles los datos necesarios...'


Por otro lado, el Art. 26 del RFCFF contempla, que si el trabajador ya se encuentra inscrito, èstos deberàn comprobarles esta circunstancia.


RCFF:
Artículo 26.-

Para los efectos del artículo 27, quinto párrafo del Código, las personas que obtengan ingresos de los mencionados en el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deberán proporcionar a sus empleadores los datos necesarios para su inscripción en el registro federal de contribuyentes y, en el caso de que ya se encuentren inscritas en dicho registro, deberán comprobarles esta circunstancia. Cuando el contribuyente no tenga el comprobante de su inscripción, éste o su empleador podrán solicitarlo ante la Autoridad Fiscal competente.
El empleador proporcionará a los contribuyentes el comprobante de inscripción y la copia de la solicitud que para tal efecto haya presentado por ellos, dentro de los siete días siguientes a aquél en que haya realizado su inscripción


Por lo que opino que, con independencia que el empleado tenga que realizar una actualizaciòn en su RFC, el patròn ya estarìa cumpliendo el requisito de inscribirlo, si es la primera vez, o, bien, si ya lo està, solicitarle le proporcionen entonces dicho RFC.


Ver tambièn: Art. 98 F-I , 99 F-V LISR.


Salu2!!
 
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03/Jun/14 20:57
Re: ALTA TRABAJADOR ANTE EL SAT


¡Hola!!!

Conforme a videos de youtube de amigos Contadores de otros páginas Web, la Aplicación del SAT para dar del Alta al RFC con CURP, sufrió una transformación y ahora Sí, se puede dar de Alta a un Asalariado o Asimilables a Sueldos y señalar su Régimen Fiscal. Es decir, ahora si queda con obligaciones. (Creo que no puedo darlos links)

¡Saludos!!!


Silvestre®


Editado: Junio 03, 2014 20:59:19
 
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Silvestre
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