28/Feb/12 18:31
Buen dia, les comento lo siguiente, de una empresa PM no se presento las dec. IETU ni DIOT desde 2010, ni 2011
Pregunte en el SAT y me dijeron que tengo que presentar las DIOT de forma mensual tanto 2010 como 2011
y de Listados de IETU tengo que presentar 2010 mensual y 2011 tengo hasta la fecha de la dec. anual para presentarlo.
Esto es correcto.
Mil gracias!!!
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Marilu0086
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28/Feb/12 19:46
Re: DIOT, IETU 2010 Y 2011
Buen día Marilú:
...presentar las DIOT de forma mensual tanto 2010 como 2011
Listados de IETU tengo que presentar 2010 mensual y 2011 tengo hasta la fecha de la dec. anual para presentarlo.
Esto es correcto.
Así es, es correcto
Saludos
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CHAVALON
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28/Feb/12 21:12
Re: DIOT, IETU 2010 Y 2011
La LIETU marca una obligacion mensual y tambien su anual.
Sin embargo, el SAT ha emitido facilidades para realizarse solamente en diciembre en una anual pero enviando los ceros estadisticos por los demas meses. Pero, estas facilidades el contribuyente debe adherirse a ellas y tan solo se tiene un tiempo limite para desarrollarlas.
Como se ha mencionado, no se ha presentado declaraciones, ya paso el tiempo para aplicar esas facilidades, ya no operan por lo que unicamente quedan las obligaciones tenerlas que cumplir conforme a la LIETU.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
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enrique9727
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28/Feb/12 22:52
Re: DIOT, IETU 2010 Y 2011
No entendi muy bien Enrique, quieres decir entonces que para 2011 debo presentar tambien la informacion mensual?
Me confundi un poco porque segun habia entendido para 2011 si tengo la opcion de presentar solo la informacion anual.
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Marilu0086
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29/Feb/12 09:29
Re: DIOT, IETU 2010 Y 2011
Hola Marilu0086
La respuesta correcta, Ya te la dio CHAVALON,
]...presentar las DIOT de forma mensual tanto 2010 como 2011
Listados de IETU tengo que presentar 2010 mensual y 2011 tengo hasta la fecha de la dec. anual para presentarlo.
Esto es correcto.
Así es, es correcto [/quote]
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vabdo
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01/Mar/12 13:26
Re: DIOT, IETU 2010 Y 2011
Otra vez y por favor atiende con atencion.
La ley marca una obligacion mensual y anual para declarar este impuesto.
Sin embargo, el SAT ofrece facilidades a ciertos contribuyente a solo hacer el pago de DIC y la ANUAL con estos listados, bajo ciertos requisitos y supuestos. Pero, el contribuyente debe tomarlos en su favor en una fecha determinada. Al no hacerlo. Entonces el contribuyente ya no puede tomar las facilidades que se habrian otorgado PRECLUYERON, ya no se pueden tomar por haberse excedido del tiempo.
Ahora no queda otra que cumplir conforme a lo que la ley viene exigiendo, bajo su forma, para proceder con un cumplimiento conforme a derecho, ya sea espontaneo o bajo coaccion.
En otras palabras las facilidades no operan para los contribuyentes MOROSOS, en castigo a su desatenciones por el cumplimiento de la ley.
PD
Investiga el termino PRECLUIR.
Editado: Marzo 01, 2012 13:26:31
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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01/Mar/12 15:23
Re: DIOT, IETU 2010 Y 2011
Buen día Marilú:
....
entonces que para 2011 debo presentar tambien la informacion mensual?
No, para efectos del IETU solamente debe presentarse la información del Listado de Conceptos Anual en el DEM 2012.
Puedes consultar en estos enlaces:
http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=44249&idCat=10
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_11035.html
....habia entendido para 2011 si tengo la opcion de presentar solo la informacion anual.
Entendiste bien, a medias, ya que la presentación en forma anual, es obligatoria, no opcional.
Fundamento:
LEY de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2011.
Artículo 21. Para los efectos de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única se estará a lo siguiente:
II. En materia de impuesto empresarial a tasa única:
Artículo 21. Para los efectos de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única se estará a lo siguiente:
II.En materia de impuesto empresarial a tasa única:
1.Para los efectos del artículo 8 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, los contribuyentes deberán presentar a las autoridades fiscales, en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio, la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio fiscal de 2011, en el formato que establezca para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. La información a que se refiere este inciso se deberá presentar incluso cuando en la declaración del ejercicio de 2011 no resulte impuesto a pagar.
En cuanto a la DIOT, si deben presentarse en forma mensual tanto el ejercicio 2010. como el 2011.
Saludos
Editado: Marzo 01, 2012 15:35:37
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CHAVALON
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01/Mar/12 18:00
Re: DIOT, IETU 2010 Y 2011
Me confundi un poco porque segun habia entendido para 2011 si tengo la opcion de presentar solo la informacion anual.
Pues si tuvo la opción. Ese Art 21 LIF, marca que el SAT debe expedir reglas de caracter general con las cuales otorgarn las facilidades a que nos estamos refiriendo. La de sólo presentar la anual y mes de diciembre de la manera de como se especifica como cumplir con esa facilidad emitida con los pagos provisionales mensuales 2011. De este modo, hubiere podido en SUSTITUIR la regla de la facilidad, por la de la LIETU. La LIF puso una facilidad o beneficio fiscal, regulado bajo los estatutos del SAT. La LIETU ya tenia previamente establecida una obligacion muy firme.
Pero, el tiempo pasó y el plazo precluyó, su opcion ya NO es posible tomarla. Ya no lo pueden estar esperándola, haber cuándo sería posible que se adhiera a las facilidades.
El plazo fue hasta cumplir o de que termine el plazo de presentar la declaracion de diciembre de 2011
Editado: Marzo 01, 2012 18:06:44
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01/Mar/12 18:00
Re: DIOT, IETU 2010 Y 2011
..
Editado: Marzo 01, 2012 18:01:46
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01/Mar/12 18:01
Re: DIOT, IETU 2010 Y 2011
1
Editado: Marzo 01, 2012 18:02:02
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