30/Jun/10 18:17
Aparentemente se liberaria de una obligacion de contratacion de auditor para emitir dictamen, pero que pasa si al ya no estar obligados al dictamen. los plazos en cuanto a la devolucion de ide se alargarian ya que actualmente esta de 25 dias habiles para los obligados a dictaminarse .Todo tiene ventajas y desventajas.
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emorales
Soldado
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30/Jun/10 18:22
Re: dictamen fiscal
HOLA TODOS
CON ESTE DECRETO DEBEMOS SER CREATIVOS HAY MUCHOS
CAMPOS DE ACTUACION PARA CONTADORES CON EXPERIENCIA
EMPEZANDO POR LOS MICRO TODO.
SALUDOS
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verinitis
Teniente
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30/Jun/10 18:29
Re: dictamen fiscal
a muchas empresas si le representa un gasto los dictamenes.
Hay despachos que les piden las los contadores de las empresas que le llenen el sipred, los cuestionarios y demas trabajo que ellos deben de hacer y en esto van las GRANDES FIRMAS, de lo contrario sus honorarios aumentan, eso es lo que en realidad pasa, ahora con esto los contadres de la empresa que lo hacian, no le va a afectar, simpremente la información estará mas rapido en las base de datos del SAT.
De otra parte muchos contadores certificados que estan preparados van a andar buscando trabajo en las empresas, ante la falta de trabajo como independientes, esto va a hacer que LAS EMPRESAS SE ALLEGUEN DE GENTE MAS PREPARADA.
El fisco va a tener que fiscalizar mas, pues si así con dictamen se pasaban muchas cosas, ahora sin vigilancia esto va a ser un paraiso fiscal, pero ahí de aquel al que le caigan AUMENTARA LA CORRUPCION.
Eso les paso a los dictaminadres por andarle NEGOCIANDO EL SIPRED al SAT, por quererle quitar anexos, ahora se los quito de tajo todo.
Pues si que esté gobierno nos ha dado sorpresas, cuandos años preparando el SIPRED, cuantos amarres informaticos hechos, cuanto costo a la profesión certificarse, cuanto costo el prestigio de las firmas de contadores publicos.
Si de por si es muy dificil que un contador recien egresado encuentre trabajo, la mayoria entreaba a las firmas de auditores a conocer y agarrar experiencia, para despues brincar a una empresa, ahora no quiero pensar como se va a encareser el trabajo.
Como quiera el SAT era el que nos pasaba chamba complicando la situación fiscal y obligando al empresario a contratarnos.
BUSCAR NUEVOS NICHOS de mercado para la profesion jajajajaja me da risa, si para que te paguen una planeación fiscal les andas rogando a los contribuyentes, ahora ruegales para que te acepten una auditoria administrativa.
PERO NO QUICIMOS AL OTRO CANDIDATO, POR QUE ERA DE LOS POBRES ahora nos amolamos con el NICE del PAN
''CANEK DIJO: - CUANDO VINO LA PALABRA, NO VINO SOLA; VINO ACOMPAÑADA DE SU ECO''
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arturoherrera77
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30/Jun/10 23:08
Re: dictamen fiscal
Buenas noches
Si de por si es muy dificil que un contador recien egresado encuentre trabajo, la mayoria entreaba a las firmas de auditores a conocer y agarrar experiencia, para despues brincar a una empresa, ahora no quiero pensar como se va a encareser el trabajo.
De entrada coincido en esta parte que comenta arturo..
Pero, que se nos quite la mala costumbre de que el contador solo sirve para llenar papeles y pagar impuestos, pensemos de manera distinta, hagamos que los empresarios vean al contador como una parte indispensable y necesaria en la entidad, que no lo miren como un gasto innecesario, recordemos que el nuevo modelo del contador publico, es el de ser un asesor de negocios que ayude a la toma de decisiones y no el paga impuestos, ni el llena papeles, que todos piensan, es hora de demostrar lo contrario...
O ustedes que piensan?????
Saludos
www.jrdelacruz.com
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rdelacruz
Capitán Segundo
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01/Jul/10 08:19
Re: dictamen fiscal
rdelacruz:
Totalmente de acuerdo con tu último comentario.
Diagnóstico Fiscal en línea
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FISCALDICT
Capitán Segundo
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01/Jul/10 12:22
Re: dictamen fiscal
Da fisco facilidad; dudan expertos
Por
Ma. Dolores Ortega
(01-Jul-2010).-
Para reducir la complejidad del sistema fiscal mexicano, la Secretaría de Hacienda decretó ayer facilidades administrativas en cinco aspectos: elimina la obligatoriedad de dictámenes fiscales, de cumplimiento ante el IMSS y para devolución de IDE, aminora la información sobre el IETU y el IVA, y extiende la vigencia de la Firma Electrónica Avanzada.
Pero fiscalistas advirtieron que aunque los beneficios entran en vigor hoy (jueves), tres días antes de elecciones en 12 Estados del País, el condicionamiento de algunos a reglas que aún está por emitir la autoridad fiscal, genera dudas sobre su aplicación.
El decreto publicado por Hacienda en el Diario Oficial de la Federación establece que los contribuyentes obligados a dictaminar por contador autorizado sus estados financieros o el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS podrán optar por ya no presentarlos para el ejercicio 2010 y posteriores.
Pero esa facilidad está condicionada a que dichos causantes presenten ellos mismos la información de sus estados financieros y del IMSS en los plazos y medios que, mediante reglas de carácter general, establezca la autoridad.
Otra medida es que las personas físicas y morales ya no estarán obligadas a presentar mensualmente el listado de los conceptos con que determinaron el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) en cada pago mensual, y ahora podrán hacerlo sólo de forma anual los meses de enero.
Además, a partir del 1 de septiembre, los causantes que soliciten devoluciones del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), ahora podrán optar por no presentar el dictamen requerido.
Para estas últimas dos medidas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) también tiene pendiente emitir las reglas.
Adicionalmente, a los contribuyentes del IVA y de actividades con tasa cero del mismo gravamen, el decreto quita la obligación de presentar en la declaración anual la información con que determinaron ese impuesto cada mes, siempre que cumplan con presentarla mensualmente.
Hacienda también amplió de dos a cuatro años la vigencia de los certificados de Firma Electrónica Avanzada de personas físicas que se expidan a partir de hoy.
Mmmm...bueno vienen elecciones......
Y el dictamen para efecto INFONAVIT ?
' Donde todos piensan igual, nadie piensa mucho '
Walter Lipmann
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lwyzgtz
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01/Jul/10 12:41
Re: dictamen fiscal
Solo un comentario...
Recomiendo mesura, paciencia en lo publicado por el SAT , ya que aún falta CONOCER REALMENTE LAS FORMAS Y LINEAMIENTOS, para poder emitir una opinión más certera.
Colegas, NO debemos fincar nuestras opiniones en disposiciones que aún NO han sido expresamente señaladas por la autoridad con tal precisión.
Debemos esperar.............a que se publiquen.......entonces..veremos..
saludos
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet
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CPhugoocejo
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01/Jul/10 17:55
Re: dictamen fiscal
Serenidad y Paciencia.... Hasta no ver, no creer!!!
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
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CP_PACO
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01/Jul/10 18:02
Re: dictamen fiscal
Esta muy raro el asunto, se trataba de tener 'fiscalizadores externos que ayudasen al sat' entiendase los auditores, pero ahora o les perdio la confianza o se quito la venda de los ojos (por que hay despachos que soy juez y parte) y las planeaciones fiscales las quiere complicar (fiscalista planea y socio auditor apoya 'donde he visto esto?').
Yo la verdad no alcanzo a establecer una logica congruente, quiero pensar que la autoridad quiere revisar de forma directa al contribuyente, por los argumentos antes mencionados, con el fin de descubrir o analizar el efecto de la implementacion del dictamen fiscal obligatorio. O bien, felipito le esta haciendo el paro al empresario para que presione a los despachos y bajen sus honorarios (oferta y demanda).
En lo que son peras o manzanas, al final seguimos igual, es una verdadera complejidad cada vez mas al determinar y pagar nuestros impuestos. Y siguen los miles y miles de evasores.
saludos.
PD Los dolares en mexico se usan para comprar pedazera de oro que posteriormente se vende en pesos. Alguien ya le entro al negocio por aqui jiiji.
cj
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cjlopezasesoria
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02/Jul/10 18:25
Re: dictamen fiscal
Neonato:
'...O ¿¿¿solo se referirá a dictamen por escisión, fusión y de entidades paraestatales????'
Exposición de motivos:
'....Que no se otorga la facilidad relacionada con la presentación del dictamen antes señalada en los casos de fusión o escisión de sociedades o tratándose de entidades de la Administración Pública Paraestatal, ya que, en el primer caso, no se trata de una obligación recurrente de los contribuyentes, pues el dictamen se presenta en las operaciones propias de fusión o escisión, además de que se trata de operaciones en las que la presentación del dictamen permite que las mismas no tengan efectos fiscales para el contribuyente y, en el caso de entidades paraestatales, el dictamen también sirve como un mecanismo de control previo en el manejo de los recursos de este sector de la administración pública...'
Salu2!!!!
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memoli
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