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16/Abr/08 10:21
Puedo compensar IETU contra IETU?

Buenos dìas a todos , tengo un problema con un cliente , ya que en el mes de febrero pago màs IETU del que tenìa que pagar , en el sat me dijeron que tenìa que realizar una declaraciòn complementaria en la hoja de ayuda 19 manifestando el saldo a favor y presentar complementaria de la declaraciòn del listado de conceptos para el càlculo del IETU Y que podìa solicitar este dinero en devoluciòn o compensarlo, ahora que realicè el càlculo de marzo me resultò un saldo a cargo del IVA y de IETU que màs o menos es la cantidad que pago de màs puedo compensar este IETU PAGADO DE MÀS CONTRA IETU?
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felicidad
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16/Abr/08 10:47
Re: Puedo compensar IETU contra IETU?

Re: Puedo compensar IETU contra IETU?

El IETU se causa por un ejecicio anual (12 meses o ejercicio caledario, terminado el 31 de Diciembre de 200X). Por lo tanto NO SE PUEDE COMPENSAR EL PAGO PROVISIONAL DE X PERIODO CONTRA OTRO PAGO PROVISIONAL DISTINTO. Pues para que se pueda compensar, debe haber una causacion del impuesto de manera definitiva, inamovible.

Lo que si se puede hacer, es determinar un pago de lo indebido, es decir declarar que hubo un pago en exceso pagado de manera inapropiada y ahora si el exceden considerarse para las devoluciones o compensaciones que se consideren pertienente de efectuar.

En el caso del IVA si se puede, por que cada mes es un pago definitivo. No asi con el IETU e ISR. Son anticipos no son impuestos definitivos. Pero si se pago de mas entonces no es un impuesto seria un pago de lo indebido.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Abr/08 12:30
Re: Puedo compensar IETU contra IETU?

Enrique a ver si entendì :
1. tendrìa que presentar la hoja de ayuda general para presentar el pago complementario del IETU
2. Presentar la complementaria de la declaraciòn del listado de concepto del IETU.
3. Compensar la cantidad pagada indebidamente contra el ISR y el IETU a cargo de marzo.

Es correcto?
 
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felicidad
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16/Abr/08 12:40
Re: Puedo compensar IETU contra IETU?

[quote:6742f9b9e1="felicidad"]Enrique a ver si entendì :
1. tendrìa que presentar la hoja de ayuda general para presentar el pago complementario del IETU
2. Presentar la complementaria de la declaraciòn del listado de concepto del IETU.
3. [color=red:6742f9b9e1]Compensar la cantidad pagada indebidamente [/color:6742f9b9e1][color=red:6742f9b9e1]contra el [/color:6742f9b9e1]ISR y el [color=red:6742f9b9e1]IETU[/color:6742f9b9e1] a cargo de marzo.

Es correcto?[/quote:6742f9b9e1]


NO SOY ENRIQUE, PERO......

CONSIDERO QUE LO QUE DEBES REALIZAR ES UN "ACREDITAMIENTO".

AL ANOTAR EN EL RENGLÓN DE "PAGOS PROV. DE IETU PAGADOS CON ANT." LO REALMENTE PAGADO, AUTOMÁTICAMENTE SE ACREDITA EL MONTO PAGADO DE MÁS EN FEBRERO VS. EL PAGO DE MARZO.

SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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16/Abr/08 12:49

Como siempre la respuesta de CHAVALON, clara y precisa


NO es compensacion

ES ACREDITAMIENTO EN EL SIGUIENTE MES
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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16/Abr/08 13:11
Re: Puedo compensar IETU contra IETU?

Es cualquiera de las dos opciones:

1- Compensación (del pago indebido)
2- Acreditamiento

En mi caso analizaria que me da mas beneficios... si tengo un pago indebido de 500,000 en IETU, no la pienso en el caso de que la actualización sea una lanita... claro esta, existimos contadores flojones, que por no presentar un aviso de compensación, traemos (por ejemplo) un saldo a favor de IVA "jugoso"....(asi ando ahorita...jajaja....digo, con saldo a favor, no crean que jugoso)

NOTA: el autor del topico no menciono nunca montos....
 
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BR1
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16/Abr/08 15:16
Re: Puedo compensar IETU contra IETU?

Br1 yo pensaba hacer lo que me recomiendas el acreditamiento y lo consulte en el sat en el servicio del chat y me respondieron que tenìa que solicitar una devolución o compensaciòn por pago de lo indebido , que no me lo podìa acreditar y que podìa compensarlo contra el ISR y el IETU que me salè a cargo en marzo, pero la verdad no confìo mucho en esta opiniòn, es por eso que me recomendaban ustedes , tengo el temor que si acredito y no es lo correcto todos los pagos de marzo a diciembre `del 2008 estarian equivocados.

El acreditamiento serìa lo màs fàcil y beneficioso para el cliente, solo que no estoy segura si es lo correcto?

Agradezco sus comentarios
 
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felicidad
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16/Abr/08 15:47
Re: Puedo compensar IETU contra IETU?

LO MAS CONVENIENTE SERIA ACREDITARLO, PUESTO QUE EL IETU ES UN IMPUESTO DE CAUSACION ANUAL, POR LO TANTO NO PODRAS COMPENSAR SALDOS A FAVOR DE PAGOS PROVISIONALES...EN CASO DE HABER SIDO UN PAGO DE LO INDEBIDO, SERIA LO MISMO, TE LO ACREDITAS PARA EL MES DE MARZO Y SE SUPONE QUE PARA EL PAGO DE ABRIL DEBE DE SER EL CORRECTO.

SALUDOS.
 
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lcruizuscanga
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16/Abr/08 16:54
Re: Puedo compensar IETU contra IETU?

Primero habria de definirse:

Si el pago provisional "pagado de mas" procedio conforme a la mecanica de la LIETU. Que no fue un error por el contribuyente o su asistente mismo. (Disculpen el pleonasmos del doble pago).

En ese caso si procedería, como CHAVALON lo indica, conforme a un ACREDITAMIENTO.... aqui si estamos hablando de un impuesto anticipado de manera adecuada, por lo tanto aprovechable para el pago de impuestos a causarse posteriormente, bajo las limitaciones de las leyes fiscales.

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Pero si fue un pago en exceso, que no correspondia pagarse en el mes del pasado y luego en el nuevo acumulativo vuelve a salir a favor o a cargo dentro del mismo IETU del ejercicio... esto es otro boleto muy distinto.

Ese primer pago en exceso, es un pago de lo indebido. Entonces, el acreditamiento no debe proceder.

Entonces si serian factibles las devoluciones o las compensaciones que INICIALMENTE SUGERIA POR EL MISMO FORISTA QUE PROPUSO EL CUESTIONAMIENTO.

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Pero por lo que se explica en la pregunta del topico, compendo que seria un pago de lo indebido, por lo tanto no procederia acreditarse. Pero si se hace, tampoco veria la forma de que hacienda se dé cuenta. Excepto, si llegan a verificar las determinaciones de los pagos provisionales contra la contabilidad y a esta contra los hechos reales.

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[quote:2631258368]Buenos dìas a todos , tengo un problema con un cliente , ya que [color=green:2631258368]en el mes de febrero pago màs IETU del que tenìa que pagar [/color:2631258368][/b:2631258368], en el sat me dijeron que tenìa que realizar una declaraciòn complementaria en la hoja de ayuda 19 manifestando el saldo a favor y presentar complementaria de la declaraciòn del listado de conceptos para el càlculo del IETU Y [b:2631258368][color=green:2631258368]que podìa solicitar este dinero en devoluciòn o compensarlo[/color:2631258368], ahora que realicè el càlculo de marzo me resultò un saldo a cargo del IVA y de IETU que màs o menos es la cantidad que pago de màs puedo compensar este IETU PAGADO DE MÀS CONTRA IETU?
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enrique9727
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16/Abr/08 22:09
Re: Puedo compensar IETU contra IETU?

El IETU que se pagò de màs fue porque no se acumularon los gastos del mes de enero en el càlculo.
 
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felicidad
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